Trabajo

Las plataformas de 'riders' tienen hasta el jueves para contratar a sus trabajadores

Imagen de un rider de Glovo con mascarilla.

infoLibre

Las plataformas digitales de reparto tienen de plazo hasta este jueves, 12 de agosto, para contratar a sus trabajadores como asalariados debido a la entrada en vigor de la llamada Ley rider.

La norma se publicó el pasado 12 de mayo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), estableciéndose su entrada en vigor a los tres meses, es decir, el próximo 12 de agosto, ha informado Europa Press.

Esta ley es fruto del acuerdo que alcanzaron el pasado mes de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía Social, CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme y afecta a las relaciones laborales entre las plataformas dedicadas al reparto o distribución de cualquier producto o mercancía y sus trabajadores, es decir, que no afecta sólo a las empresas de reparto de comida a domicilio como Glovo, Uber Eats y Deliveroo.

La ley reconoce la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios retribuidos de reparto a través de empresas que gestionan esta labor mediante una plataforma digital, en línea con la sentencia que dictó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, en la que establecía que los repartidores son trabajadores por cuenta ajena y no autónomos.

Asimismo, el decreto contempla que la representación legal de los trabajadores deberá ser informada de las reglas que encierran los algoritmos y los sistemas de inteligencia artificial que pueden incidir en las condiciones laborales por las que se rigen las plataformas, incluyendo el acceso y mantenimiento del empleo y la elaboración de perfiles.

En concreto, se recoge en el Estatuto de los Trabajadores que todas las empresas (no sólo las plataformas de reparto) deben informar de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y el mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.

Deliveroo planea cesar su actividad en España

A finales del mes de julio, a pocos días de la entrada en vigor de la ley, la plataforma de reparto de comida a domicilio Deliveroo anunció que planea el cese de sus operaciones en España. En concreto, la plataforma comunicó su intención de realizar una consulta entre sus empleados sobre el fin de su actividad en el mercado español.

La consulta de Deliveroo sobre el cese de sus operaciones en España estará condicionada al resultado de un proceso consultivo con los empleados afectados y con los riders. Deliveroo prevé que el proceso de consulta colectiva comience a principios de septiembre y la empresa trabajará con todas las partes interesadas y preparará toda la documentación necesaria para ello.

En caso de que la empresa decida poner fin a sus operaciones tras la conclusión del proceso de consulta, que durará aproximadamente un mes, la empresa ha afirmado que se asegurará de que los riders y los empleados dispongan de un adecuado paquete de compensación que cumpla con todas las normativas y la legislación local.

Just Eat negocia un convenio con los sindicatos

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Por su parte, la plataforma de reparto de comida a domicilio Just Eat se encuentra negociando con UGT y CCOO para fijar las bases del que será el primer convenio colectivo del sector del delivery en España.

En concreto, este convenio será el primero a nivel nacional que ayude a organizar las relaciones laborales de la economía de plataformas en el reparto de comida a domicilio y estará totalmente alineado con la Ley rider.

Por su lado, Glovo ha anunciado que lanzará un nuevo modelo de autónomo "inédito en España" y la contratación de 2.000 trabajadores en España antes de que acabe 2021 para adaptarse a la normativa.

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