Sucesos

¿Puede haber responsabilidades penales en el 'caso Julen'?

Comienza la cuenta atrás en las labores de rescate del pequeño Julen, el niño de dos años que hace once días cayó a un profundo pozo en la localidad malagueña de Totalán. Después de los numerosos imprevistos que han provocado importantes retrasos en los trabajos de extracción, este jueves los equipos de rescate han comenzado a excavar la galería horizontal que conectará el túnel vertical perforado durante los últimos días con la zona del pozo en la que se cree que se encuentra Julen. Mientras tanto, la Justicia continúa estudiando las circunstancias exactas en las que el pequeño se precipitó por el agujero de 25 centímetros de diámetro y 110 metros de profundidad. Porque a la espera de los resultados de las pesquisas, lo que tienen claro algunos juristas en base a los datos que se conocen hasta el momento es que del caso podrían depurarse responsabilidades tanto penales –un delito de lesiones por imprudencia u homicidio por imprudencia– como civiles.

Desde que Julen Rosello cayera al estrecho pozo excavado en una finca propiedad de su tío, los complejos trabajos de rescate no han cesado. A primera hora de este jueves, el operativo desplegado en la zona concluyó finalmente el entubado del túnel paralelo, después de que dificultades de última hora obligasen a reperfilarlo. Con los trabajos de acondicionamiento de la galería de 60 metros de profundidad finiquitados, el rescate ha entrado en su última, y más delicada, fase: conectar ambos pozos a través de un túnel. De ello se encargarán los efectivos de la Brigada de Salvamento Minero de Hunosa, que tendrán que excavar manualmente la galería, unas labores que podrán prolongarse durante las próximas veinticuatro horas si no se encuentran nuevos imprevistos. Los ocho mineros trabajarán de dos en dos en turnos de cuarenta minutos y sólo contarán con la ayuda de palas y martillos neumáticos de aire comprimido.

En paralelo, la Justicia analiza los hechos. El Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga abrió un día después de la desaparición del pequeño diligencias a partir de un atestado presentado por la Guardia Civil tras haber tomado declaración a los padres del niño, el dueño de la finca y el pocero que ejecutó a finales de diciembre la prospección por la que se precipitó el niño el pasado 13 de enero. Sin embargo, fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía explican a este diario que es el procedimiento “habitual” en este tipo de sucesos y aclaran que ahora lo que está haciendo el juez es recabar toda la documentación de la Guardia Civil, apuntando a renglón seguido que “judicialmente” todavía no ha prestado nadie declaración. Otras fuentes jurídicas consultadas también insisten en lo mismo y señalan que de la apertura de diligencias no puede hacerse “una lectura de búsqueda de culpabilidad o incriminación sobre ninguna persona”.

Lesiones por imprudencia u homicidio imprudente

Varios juristas expertos en Derecho Penal consultados por infoLibre coinciden en señalar que de los datos conocidos hasta la fecha pueden desprenderse responsabilidades penales. En concreto, entienden que se produjeron “negligencias” y ven “más que claro” que los hechos pudiesen ser constitutivos de un delito de lesiones por imprudencia, en caso de que se rescate al pequeño con vida, o uno de homicidio imprudente si el menor ha fallecido. En el primer caso, la pena varía entre los tres meses y los tres años de prisión en función de las lesiones producidas por la imprudencia, según se recoge en el artículo 152 del Código Penal. En el segundo, según especifica el artículo 142, el castigo oscila entre uno y cuatro años de cárcel. Además, si las lesiones o el homicidio se produjeran por la comisión de una imprudencia profesional, la ley contempla también la inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión.

“El caso se puede llevar al homicidio imprudente o a las lesiones por imprudencia con toda tranquilidad”, sostienen los juristas pulsados, que ven una “negligencia grave” en el hecho de que en la finca hubiera un pozo sin las correspondientes medidas de seguridad, algo que supone “una puesta en peligro para las personas”. “La clave es si el pozo era seguro o no”, explican los penalistas consultados, que ponen el foco tanto en el titular del terreno en el que se excavó como en el profesional que se encargó de realizarlo. En este sentido, consideran insuficiente el hecho de que la prospección fuera sellada con una piedra. “Si lo sellas sólo con una roca, el pozo sigue sin ser seguro”, apostillan los expertos, que apuntan que los reglamentos “exigen” mayor protección a la hora de asegurar una obra de estas características y critican la “inacción absoluta” de las administraciones públicas con este tipo de construcciones.

Estos agujeros deben sellarse de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad Minera, que establece que “toda excavación peligrosa abandonada” deberá estar “eficazmente” señalizada o separada de las propiedades vecinas “de manera que nadie, inadvertidamente, pueda entrar en ellas”. Además, las bocas de los pozos “que existan en superficie y no estén en servicio” deberán “taparse convenientemente” a fin de imposibilitar el acceso y la caída de las personas. La Ley de Aguas de Andalucía, por otra parte, establece en su artículo 53 que “la persona titular de los terrenos en donde existan pozos en desuso estará obligada a su sellado”. En el caso de Totalán, la prospección habría sido tapada en su día por el pocero que la ejecutó con una piedra que fue retirada posteriormente para la realización de unas obras en la finca.

Responsabilidad civil

Los juristas, por otra parte, también ponen sobre la mesa la responsabilidad civil económica. En este caso, discrepan en si recaería sólo sobre el titular del terreno o si también sobre el profesional que hizo el agujero. Y no se olvidan de las posibles sanciones administrativas derivadas de la realización de un sondeo que carecía de los permisos necesarios. A la Junta de Andalucía tampoco le consta, ni en el caso del departamento de Minas ni en el de Aguas, que se hubiera pedido ninguna autorización para la realización de una prospección en ese terreno. La excavación, tal y como acreditó el Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Guardia Civil, era ilegal. Del mismo modo, el informe del Instituto Armado también recogía que las obras que se realizaron en los días previos a la caída del pequeño Julen y que llevaron a la retirada de la piedra que taponaba el orificio tampoco contaban con los permisos necesarios.

“El que no se contara con los permisos correspondientes también podría ser utilizado para poner de manifiesto la gravedad de la imprudencia”, sostiene un catedrático de Derecho Penal consultado por este diario. Mientras tanto, en sus declaraciones ante los agentes de la Guardia Civil, el pocero y el dueño de la finca se culparon mutuamente de las irregularidades detectadas. Ahora, todas las declaraciones, informes y atestados que elabore el Instituto Armado seran remitidas al titular del Juzgado de Instrucción número 9 de Málaga para que analice si de los hechos ocurridos pueden derivarse estas u otras responsabilidades adicionales. A la par, los servicios de rescate siguen trabajando sin descanso para intentar sacar, esperemos que con vida, al pequeño Julen del pozo al que se cayó hace once días.

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