Los ERE y la judicialización de la política

Gaspar Llamazares Trigo

La mayoría del Tribunal Supremo ha respaldado la sentencia sobre los ERE de la Audiencia Provincial de Sevilla. Los argumentos de la sentencia ante el recurso de casación y los votos particulares se conocerán en el próximo mes de septiembre.

Lo más llamativo y que ha provocado la mayor controversia es la condena de Griñán, exconsejero de Economía y expresidente de Andalucía, a la pena de seis años de cárcel por prevaricación y malversación de fondos públicos.

Los hechos tienen que ver con una partida presupuestaria de más de seiscientos millones de euros destinada a una subvención a las prejubilaciones de empresas en crisis, que aún hoy está en marcha y que ha servido para proteger más de seis mil empleos. De esta se distrajeron una parte (de en torno a cien millones de euros) para otros fines diferentes a los previstos que beneficiaron de forma arbitraria y delictiva a más de un centenar de desempleados, a empresas interpuestas y a administraciones locales afines. De todo esto existen piezas separadas que ni siquiera han sido juzgadas... Por eso, apurando los términos, estamos ante el juicio de los autores intelectuales y quedan por juzgar los delitos de autor.

Las reacciones no se han hecho esperar y han ido desde la expresión de total desacuerdo de sus propios compañeros de partido y la consiguiente reivindicación de su honorabilidad, hasta el apoyo a la sentencia, incluida también la pena de cárcel, por parte de los adversarios de la derecha, considerándolo como incluso como el mayor caso de corrupción de la democracia. Hasta aquí, nada que se salga del guión de la polarización política que se ha venido repitiendo en cada una de las etapas del largo proceso judicial, que va ya para una década.

Quizá hubiera sido mejor combinar las lógicas expresiones de solidaridad con el reconocimiento de los errores cometidos como partido en la dirección política y en el control presupuestario de la subvención que facilitaron la comisión de los delitos. Como también se ha echado de menos algo de prudencia en una derecha inmersa aún en casos de corrupción, que en este caso sí que han servido para beneficiar directamente sus finanzas como partido y a una parte de sus principales dirigentes.

Está claro que no soy jurista, y sin los argumentos de la mayoría del tribunal y de los votos particulares, me limitaré por tanto a unas primeras impresiones desde el ámbito concreto de mi experiencia como político y en particular como parlamentario ante la confirmación de la sentencia.

El beneficio fue de los que metieron la mano, de los intrusos entre las prejubilaciones [...] al mantenimiento de la hegemonía electoral del Partido Socialista, que finalmente se quebró para dejar paso a la lógica alternancia política

Comienzo por decir que no son de los míos, en el sentido de que no he pertenecido ni pertenezco al PSOE y como consecuencia he tenido con los dirigentes afectados una relación de respeto, en la distancia y la mayor parte del tiempo desde la oposición. Lo digo para que los abanderados de una supuesta neutralidad técnica no me encasillen entre las posiciones previstas por parte de los socialcomunistas. Como si ellos mismos no estuvieran sujetos a algo tan humano como es la mirada exigente a los ajenos y la más amable para con los propios. Les invito por el contrario a que me incluyan entre los defensores del gremio de la política y del parlamento, aunque ninguno de los dos se encuentren en su mejor momento.

No me detendré por tanto en uno de los aspectos más destacados por sus amigos y compañeros como es su honestidad probada ni tampoco en el sentido contrario por parte de sus enconados adversarios. Sin embargo, hay que destacar que tanto la propia sentencia como sus compañeros y hasta sus adversarios coinciden en que ninguno de los presidentes y consejeros se benefició personalmente de un solo euro de los más de cien millones finalmente distraídos.

El beneficio fue de los que metieron la mano, de los intrusos entre las prejubilaciones y en su caso algo más difuso como fue su supuesta contribución al mantenimiento de la hegemonía electoral del Partido Socialista, que finalmente se quebró para dejar paso a la lógica alternancia política. Todo ello podría configurar un tipo muy rebuscado de malversación. 

Me interesa sobre todo lo que tiene que ver con una sentencia que afecta a la responsabilidad penal in vigilando de unos hechos sin duda reprobables, pero cuya exigencia judicial no tiene precedentes. Que tampoco al parecer cuenta con más pruebas que expresiones tan subjetivas como que Griñán y Chaves no pudieron dejar de conocerlo y por tanto consintieron el delito. De extenderse esta impresión, en los gobiernos de la Comunidad de Madrid y de alguna otra no hubiera quedado títere con cabeza.

Hasta ahora tal responsabilidad de vigilar a los cargos públicos nombrados ha sido estrictamente política y exigible por los cauces parlamentarios. En este caso sin embargo se ha extendido la responsabilidad del gobierno y de su presidente al conjunto de las actividades de la administración andaluza.

Me inclino por considerar que lo ocurrido se debe a la urgencia de poner en marcha un mecanismo ágil y sin controles para salvar el mayor número de empleos en una situación crítica, que finalmente favoreció la arbitrariedad y el delito, más que al cálculo y a la organización de una trama que incluiría a centenares de cargos públicos, funcionarios y parlamentarios para poner en marcha una subvención fraudulenta como un fondo de reptiles.

Uno se pregunta si con motivo de la emergencia de la pandemia no se habrán puesto en marcha procedimientos de urgencia en las compras de productos sanitarios o en las medidas de protección de las empresas y de los empleos que hayan podido suponer la relajación de determinados controles que puedan haber sido aprovechados por los oportunistas y los corruptos.

Un segundo aspecto, más importante en mi opinión, es el relativo a la injerencia de la justicia en la actividad parlamentaria, uno de los poderes esenciales del Estado en la democracia parlamentaria, y en concreto en una materia exclusiva como es la aprobación y el control del presupuesto y de cada una de las partidas que lo componen. Se trata de una de sus principales competencias y por tanto indeclinables de cualquier parlamento. Algo que en el caso de esta sentencia se ha judicializado.

Pero además, dado que el presupuesto y la partida concreta para la subvención objeto de la sentencia contaron con una aprobación parlamentaria repetida a lo largo de los años, solo cabe pensar que el tribunal lo considera incapaz de ejercer su competencia de aprobación y control presupuestario, porque si no debería haber incorporado a los parlamentarios como cómplices de lo que se considera como una trama para amparar el delito. En resumen, el tribunal no solo se ha injerido en la autonomía parlamentaria sino que se erige por tanto en un poder superior.

Esta dinámica invasiva del poder judicial en el parlamento no es nueva, pero con la aparición de la ultraderecha en la vida política se ha convertido en una estrategia política que afecta a la calidad del sistema. No creo que sea necesario recordar la restricción impuesta por la justicia a los temas susceptibles de debate en los parlamentos autonómicos, como más recientemente la presión del presidente del Tribunal Supremo a la Presidencia del Congreso con respecto a la interpretación para la aplicación de una sentencia de inhabilitación de uno de sus parlamentarios que corre el riesgo de ser declarada inconstitucional. 

Y es que el único órgano previsto para el control legal del Parlamento no es otro que el Tribunal Constitucional. Porque en definitiva tan mala es la politización de la justicia como la judicialización de la política y ambas se retroalimentan.

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Gaspar Llamazares Trigo es médico y autor, junto a la psicóloga Gema González López, del libro 'Salud: ¿derecho o negocio? Una defensa de la sanidad pública'.

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