Abengoa
La Fiscalía pide 5 años de cárcel para el expresidente de Abengoa por las indemnizaciones millonarias
La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicita cinco años de cárcel y una multa de 90.000 euros para el expresidente de Abengoa, Felipe Benjumea, y cuatro años y tres meses más una multa de 72.000 euros para su exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega por los delitos de administración desleal que cometieron al adjudicarse una indemnización millonaria poco antes de que la compañía presentara el preconcurso de acreedores, según ha informado Europa Press.
La causa fue concluida de instruir el pasado 13 de enero por la juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela, que también sienta en el banquillo a otros tres exconsejeros de la compañía, Mercedes Gracia, Alicia Velarde y Antonio Fornielles, que integraban la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, para cada uno de los cuales el fiscal José Perals pide tres años y medio de cárcel y el pago de una multa de 36.000 euros.
En su escrito de conclusiones provisional, el fiscal solicita también que por vía de responsabilidad civil Manuel Sánchez deberá indemnizar a Benjumea, en caso de ser condenado, en la cantidad de 4,4 millones de euros, mientras que el resto deberán hacerlo conjuta y solidariamente en otros 11,4 millones. La Fiscalía solicita igualmente la citación de 13 testigos, entre los que se encuentra el exconsejero de Benjumea y ex dirigente socialista Josep Borrell.
Según concluyó la investigación judicial, en el año 2015, cuando se formalizó la salida a bolsa se aprobaron unos pagos por cese anticipado de 4.48 millones, en el caso de Sánchez Ortega y de 11.4 millones para Benjumea. Esta indemnización no estaba contemplada "en contratos anteriores y tampoco era preceptivo que se incluyeran en los nuevos contratos mercantiles".
El escrito de la Fiscalía reproduce las cláusulas de los contratos firmados por ambos el 23 de febrero de 2015, cuyas cláusulas incluían una bonificación por permanencia de 7 millones de euros y otras indemnizaciones por otros conceptos como "obligación de no competencia postcontractual", "por cese anticipado" hasta los 11.848.000 euros. Idéntico contrato firmó Sánchez Ortega, aunque con una cantidad algo inferior en lo referido a la bonificación por permanencia.
El fiscal añade que ninguno de los dos reunía los requisitos para recibir dicha bonificación por permanencia, que era de 7 millones de euros, puesto que el cese de Felipe Benjumea como consejero "se debió a su exclusiva voluntad" pese a que se tratara de aparentar que era una condición impuesta por los bancos.
Salida voluntaria de Benjumea
"Las sucesivas y precipitadas reuniones del Consejo de Administración y de la Comisión Nombramientos y Retribuciones, así como la carta de renuncia de Felipe Bejumea, únicamente alcanzan sentido desde el entendimiento de que a través de ellas se encubrió lo que realmente fue una salida voluntaria de Felipe Benjumea", señala el fiscal en su escrito.
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Añade además que éste no quedó desvinculado de la compañía, ya que en la misma sesión del Consejo de Administración fue nombrado "consejero dominical y presidente no ejecutivo" y por ello se propuso la firma de un contrato de asesoramiento con una retribución de 1.086.000 brutos anuales.
El fiscal Perals cuestiona igualmente las indemnizaciones por confidencialidad contractual, ya que ninguno de los directivos precisaba asegurarse una estabililidad económica tras la extinción del contrato "evitando la necesidad urgente de encontrar un nuevo puesto de trabajo, ya que en ambos casos se acordó que los dos mantendrían la parte fija de su remuneración bruta anual".
Añade que ambos cobraron las cantidades señaladas cuando la compañía "ya atravesaba una grave crisis y se estaba a punto de negociar o se había negociado con los bancos financiadores y aseguradores de la ampliación de capital de la sociedad". Todas estas circunstancias eran conocidas por los miembros de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones, que han sido también sentados en el banquillo.