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De qué se acusa a Mónica Oltra, las claves de un caso impulsado por la ultraderecha

Mónica Oltra, en su escaño durante la sesión de control en Les Corts Valencianes.

La justicia pone en una situación complicada a la número dos del Ejecutivo valenciano. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) acaba de citar a declarar como investigada a la vicepresidenta de la Generalitat y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, por la gestión que su departamento hizo del caso de abusos a una menor tutelada por el que fue condenado su exmarido. La causa trata de aclarar si existió un "concierto" entre la dirigente de Compromís y diversos funcionarios para intentar tapar el asunto. Y se apoya, en buena medida, en una investigación puesta en marcha por su departamento tras los hechos que terminó derivando en un informe interno que restaba credibilidad al testimonio de la víctima. Una "instrucción parajudicial" –en palabras de la Audiencia– a la que se ha agarrado la ultraderecha para iniciar su ofensiva judicial contra la vicepresidenta de la Generalitat.

Para entender bien el caso es necesario remontarse más de un lustro. En concreto, a finales de 2016 y principios de 2017. Por aquel entonces, Luis Ramírez, marido de Oltra –si bien en ese momento ya se encontraban separados–, ejercía como educador en el centro de menores Niño Jesús de València, una residencia privada con plazas concertadas con la Generalitat. Fue allí donde se produjeron los abusos de este trabajador a una menor que se encontraba tutelada desde que fuera declarada en situación de desamparo. Unos hechos que la justicia, a la espera aún del Supremo, ha considerado probados. "Una vez creía que se hallaba dormida, cogía la mano de la niña y se masturbaba con ella, fingiendo la menor dormir ante la vergüenza que le producía dicha situación", recogía entonces la sentencia.

La menor denunció en febrero de 2017 lo sucedido. Y volvió a hacerlo ante la Policía cuatro meses después. Fue entonces cuando se abrió una investigación. Dos años más tarde, el exmarido de la vicepresidenta fue condenado a un lustro de cárcel por un delito de abusos a una menor de 16 años. Sin embargo, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana decidió, tras la primera ola de la pandemia, anular el fallo y volver a repetir parte de la vista. La decisión se adoptó después de que apareciesen dos informes que restaban credibilidad al testimonio de la denunciante. El primero de ellos había sido elaborado por el Instituto Espill, especializado en evaluar a menores en procesos judiciales. El otro, que se basaba en buena parte en el anterior, por la Dirección Territorial de la Conselleria de Igualdad dirigida por Oltra.

Una "investigación parajudicial"

La Audiencia volvió a imponer la misma pena al educador. Se daba credibilidad a la declaración de la joven por encima de las nuevas pruebas exculpatorias. De hecho, el tribunal llamaba la atención sobre el "marcado sesgo" del que adolecían los informes: "Podrían estar animados por un interés de exculpar o aminorar una eventual responsabilidad de la Generalitat al haberse producido los abusos en un centro dependiente de la Conselleria por un educador". Y criticaba lo que calificaba como "instrucción parajudicial" por parte del departamento dirigido por Oltra. Con estas palabras, el tribunal se refería al expediente informativo –o información reservada– que fue abierto por Igualdad meses después de producirse y denunciarse los abusos. En concreto, a comienzos de agosto de 2017, cuando ya se estaba investigando lo sucedido.

Una vez concluido el proceso contra el exmarido, se inició la ofensiva judicial contra los cargos institucionales por una supuesta omisión del deber de custodia y protección y para determinar si en el marco de los informes internos que se derivaron de dicha investigación interna se había producido algún tipo de actividad delictiva. El asunto acabó en el Juzgado de Instrucción 15 de València. Durante los últimos meses se ha tomado declaración como investigadas a trece personas que tuvieron algún tipo de responsabilidad con la menor: la funcionaria que instruyó la información reservada, psicólogas, la directora del centro donde se produjeron los hechos o la directora y subdirectora general de Infancia y Adolescencia, entre otras. La encargada de la investigación interna negó haber recibido presión alguna.

Una "directriz de actuación" para "disminuir la importancia y ocultar los abusos"

Tras escucharles, el juez instructor pidió al Tribunal Superior de Justicia la imputación de la consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas. Básicamente, por su condición de aforada. En su auto, consideró que el expediente informativo que se abrió entonces era "una investigación paralela a la judicial carente de todo sentido". "Nos hallamos ante un expediente administrativo o una 'información reservada' indiciariamente ordenado por Oltra, no orientado sino a desacreditar a la menor e interferir en un procedimiento penal en curso en el que su marido era el investigado", apuntaba el magistrado. Una petición a la que se sumó la Fiscalía: "Se deduce, a nivel indiciario, la existencia de una directriz de actuación por parte de todos (autoridades, funcionarios y personas intervinientes) de disminuir la importancia y ocultar los abusos".

La fiscal superior de la Comunitat Valenciana, que considera que la vicepresidenta pudo cometer tres delitos –prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delitos–, mostraba en su escrito incredulidad por el hecho de que la número dos del Ejecutivo valenciano no tuviera conocimiento del caso cuando media docena de personas conocían el relato de la muchacha y cuando su marido había sido "suspendido temporalmente".

Sin "prueba directa" pero con "indicios plurales"

Ahora, el tribunal superior autonómico ha decidido abrir una investigación contra Oltra, a la que ha citado a declarar a comienzos de julio. En su auto, los magistrados reconocen que "los diferentes trámites y expedientes" llevados a cabo en el seno del departamento de Igualdad no pueden entenderse "ilegales e incluso irregulares" cuando se consideran "en abstracto y de forma aislada". Sin embargo, si se valoran "en su conjunto" y poniéndolos en relación "con su contenido y su oportunidad" puede llevar a pensar que "han sido elaborados con un propósito muy concreto, completamente alejados de la finalidad para los que fueron concebidos". ¿Cuál? "Beneficiar la situación procesal del marido de la señora Oltra o bien sencillamente tratar de proteger la carrera política de esta, aun cuando ello se hiciera en perjuicio de una menor tutelada por la Conselleria de Igualdad", apuntan.

Es cierto, deja claro el tribunal, que hasta el momento "no existe prueba directa" que vincule "esos singulares trámites con la aforada". "Pero sí que concurren unos indicios plurales, que en principio hacen pensar que fueron orquestados precisamente con ese fin, tanto por la persona a quien directamente beneficiarían como por la propia relación que presentan con la evolución del proceso penal que trataron de obstaculizar", culminan los magistrados.

En su valoración, los magistrados ponen de relieve que sobre la sentencia por la que se condena al exmarido "pende actualmente" un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Y esto "quizá" impida hablar en estos momentos "de un delito de encubrimiento", algo que "podría valorarse en un futuro" en caso de "adquirir firmeza" la resolución. En cambio, completan, eso no les impide entrar a valorar los delitos que imputa el Ministerio Público, ya que en definitiva se refieren "sencillamente" a "impedir una investigación" o "no dar a la menor la debida protección que su particular posición les imponía", infracción que igualmente podría concurrir aunque resultara absuelto el exmarido. "Lo trascendente es la pantalla dispuesta con el fin de evitar contribuir a la debida investigación de los hechos y proteger como era su deber a la menor", recoge el auto del tribunal.

Una "cacería" de la extrema derecha

La vicepresidenta defiende que nadie "recibió orden, sugerencia, indicación o consigna" por parte de ella para que "aperturase un expediente informativo" o para que "ocultase datos de la investigación o perjudicase de alguna forma a la menor". "Estas elucubraciones no pueden sostener ningún indicio, toda vez que lo relevante es que existiera algún hecho concreto y acreditado de donde se derive la participación de la señora Oltra y que, además, este hecho tuviera naturaleza delictiva", sostenían sus abogados en el escrito de alegaciones remitido hace unos días al TSJCV, en el que también sostiene que alguna de las denuncias que terminaron derivando en este caso simplemente pretenden "extraer réditos políticos". De hecho, la número dos del Ejecutivo autonómico siempre ha mantenido que todo este asunto no es más que "una cacería de la extrema derecha".

La primera denuncia contra Oltra fue presentada por la propia víctima, cuya defensa ejerce el líder del partido de extrema derecha España 2000, José Luis Roberto, que precisamente fue uno de los ultras que acosaron a la vicepresidenta y a su familia hace cinco años a las puertas de su casa. Luego, fue la asociación Gobiernate, cuya presidenta es la cofundadora de Vox Cristina Seguí, la que acudió a los tribunales. De hecho, la formación liderada por Santiago Abascal completa, dejando de lado a la propia Fiscalía, el listado de acusaciones que actualmente están en la causa.

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