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Educación

La Justicia declara nulo el decreto de lenguas de Baleares

La cuarta reunión para poner fin a la huelga en Baleares acaba sin acuerdo

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha declarado nulo el Decreto para el Tratamiento Integrado de Lenguas (TIL) en los centros docentes no universitarios, aprobado en abril de 2013 por el Consejo de Gobierno. La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha estimado de esta forma, mediante tres sentencias, los recursos interpuestos contra el Decreto por los sindicatos CCOO, UGT y STEI-i. Las sentencias no son firmes y ante ellas caben recursos ante el Tribunal Supremo. Esta norma fue fuertemente contestada por la comunidad educativa y provocó que los docentes secundaran tres semanas de huelga consecutivas. 

La Sala de lo Contencioso-Administrativo cree que el Ejecutivo incumplió el trámite obligado de informar a la Universitat de les Illes Balears. "Si el Estatuto contempla para la Universidad una función asesora del Govern en todo lo relativo a la lengua catalana, no puede obviarse su intervención en esa materia y por lo tanto sus informes son preceptivos", señala una de las sentencias. Asimismo, la Sala concluye que el decreto ahora anulado infringe la ley de buena administración y de buen gobierno, que, en relación a los anteproyectos de ley, exige una evaluación previa, concretada en la memoria del análisis del impacto normativo, que considera "insuficiente".

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Sentencia de TSJIB sobre el TIL ante el recurso de CCOO [PDF]

De esta forma, el TSJIB anula el segundo intento de poner en marcha del TIL después de que el Ejecutivo balear aprobara el 6 de septiembre de 2013 un nuevo Decreto Ley para aplicar esta modificación en el sistema educativo de la islas a partir del curso pasado horas después de que este mismo tribunal suspendiera cautelarmente la aplicación de su anexo y las instrucciones por un error procedimental. Lo que hizo el Govern entonces fue anular ambas partes y aprobar uno nuevo similar que es el que ahora ha anulado la justicia. 

Uno de los puntos del TIL establece que, como parte del proyecto educativo de cada centro, debe tener como objetivo fundamental el conseguir que todos los alumnos del mismo alcancen, al finalizar el periodo de escolarización obligatoria, la competencia lingüística en las lenguas oficiales y al menos en una extranjera, preferentemente la inglesa. Los sindicatos, que promovieron tres semanas de huelga en el inicio del curso pasado, lo llevaron ante los tribunales al considerar que pretendía acabar con el modelo de inmersión lingüística e iba "en contra" del catalán. Asimismo, estiman que acababa con la autonomía de los centros, que hasta el momento definían su proyecto lingüístico a través del consejo escolar. 

Los sindicatos impugnaron el decreto aduciendo que se incurrió en varios errores en el procedimiento. Entre ellos citaba en su reecurso que no fue sometido al trámite de información pública, que en su elaboración se obvió el informe preceptivo de la Universitat de les Illes Balears, que la memoria económica que lo acompañaba era "imprecisa" y "superficial" o que se incumplió la ley de buen gobierno al no contar esta norma con un informe que justificara los cambios que proponía. Asimismo, su recurso recogía hasta seis defectos de carácter sustantivo como rebajar la cantidad y calidad de enseñanza en catalán como lengua vehicular en contraposición a lo establecido por la Ley Balear de normalización lingüística de 1986 u otros preceptos del decreto que, a juicio de esta organización, iban en contra de la LOE, la ley de educación que estaba en vigor en el momento del recurso. 

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