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La Manada

La libertad de La Manada: un fallo coherente con la trayectoria del tribunal que vuelve a causar indignación

Manifestación en Valladolid en protesta por la puesta en libertad bajo fianza de los cinco miembros de La Manada.

Los cinco miembros de La Manada, condenados por abuso sexual, siguen libres. Así lo determinó este jueves la Audiencia Provincial de Navarra, tras haber estudiado la solicitud de ingreso en prisión efectuada por la Fiscalía, el Ayuntamiento de Pamplona, el Gobierno de Navarra y la víctima. La decisión del tribunal viene a ratificar la tomada ya en junio del pasado año, cuando los cinco condenados pisaron las calles después de dos años en prisión provisional.

"Acato pero no respeto. Qué barato sale la violación en grupo: fianza de 6.000 euros y libertad provisional. Mientras su abogado en los platós de TV, pero sin la réplica de una jurista experta". Son las palabras de Soledad Murillo, secretaria de Estado de Igualdad, a través de las redes sociales. A esta primera reacción le han seguido otras muchas que, en líneas similares, expresan una indignación continua y latente en todo lo que respecta al delito cometido durante los Sanfermines de 2016 y su andadura judicial.

No sólo el Gobierno ha criticado la decisión de los tribunales, sino también en partidos como Podemos o IU ha brotado la rabia. Irene Montero ha recalcado que "otra vez la decisión sobre La Manada indigna a la España feminista que no quiere que nos maten ni nos violen por ser mujeres. La ONU insiste: con justicia patriarcal no hay igualdad. Frente a todas las violencias machistas, lo que no hagan los jueces lo haremos las mujeres". Alberto Garzón, por su parte, ha recordado el primer asesinato del año por violencia machista en Laredo, Cantabria, y ha señalado que "mientras, la Audiencia de Navarra mantiene la libertad provisional a los violadores de La Manada. Cuánto queda por recorrer en este país para eliminar el machismo de las leyes, las instituciones y de la vida", ha añadido.

De nuevo la Audiencia de Navarra ha acordado la suelta de los cinco hombres con el voto favorable de dos magistrados y el discrepante de uno de ellos, José Francisco Cobo Sáenz, presidente de la Sección Segunda. Juristas consultadas por infoLibre analizan los argumentos que defienden los magistrados y el panorama que se dibuja a partir de ahora. "El auto es coherente con lo que ya habían decidido". Es la primera conclusión a la que llegan las juristas y con estas palabras lo reproduce Margarita Bonet, profesora titular de Derecho Penal en la Universitat Autónoma de Barcelona (UAB). "Era lo esperable·, continúa y sugiere hacer balance de lo que ha ocurrido desde el pasado mes de junio. "Se ha reafirmado la condena, pero aún no es firme porque tiene que ir al Tribunal Supremo", comenta. Además, uno de los miembros ha sido condenado por un delito leve de hurto y lesiones. En este escenario, observa, entran en juego "la gravedad del delito y otros factores ponderables, como son la reiteración delictiva y el riesgo de fuga".

Riesgo de fuga

Los magistrados rechazan, en primer lugar, un posible riesgo de fuga. Subrayan de hecho que desde su excarcelación los condenados "han cumplido, puntualmente, las condiciones que les fueron impuestas", de manera que han acreditado "su intención de no eludir la acción de la justicia".

La penalista Carla Vallejo, socia fundadora de la Asociación de Mujeres Juezas, coincide en que se trata de "una decisión que no sorprende", pero entiende que "los hechos posteriores a su primera decisión de ponerlos en libertad parecen abundar más en la idea de que la prisión provisional se puede considerar aquí una medida perfectamente proporcionada a las circunstancias del caso". Para Vallejo, la escena tras la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra –que confirmó la pena de nueve años por abuso sexual– "incrementa el riesgo de fuga porque hemos pasado a un escenario en que lo mínimo que se ha valorado es que exista una condena por abuso sexual", frente a dos votos particulares "que consideran que la pena debería aumentar a agresión". En ese sentido, "cuanto mayor es la probabilidad de imposición de una pena y cuanto más grave pueda ser esa pena, mayor es el riesgo de fuga". Con la sentencia que pesa sobre los miembros de La Manada, agrega la jurista, "que apuntala una condena y sugiere incluso la posibilidad de elevarla, se puede entender perfectamente que el riesgo de fuga se incremente".

Carla Vall, abogada penalista y responsable del área de violencia de género en la asociación Dones Juristes, reconoce que "si cumples las medidas alternativas al ingreso, la lógica es que esas medidas son suficientes, siendo menos gravosas" que el ingreso en prisión. Pero la cuestión, reflexiona, es que en este punto "el debate jurídico se focaliza en torno al riesgo de fuga", de manera que "nos quedamos a medio camino". En ese sentido, resulta fundamental atender a la cuestión de la reiteración delictiva y establecer "una perfilación del sujeto".

  Reincidencia

Los magistrados que componen la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra tienen en cuenta la posibilidad de reincidencia, pero se inclinan por descartarla. Lo cierto es que, consideran, el delito de hurto cometido posteriormente por uno de los miembros tiene que ver con "hechos que afectan a bienes jurídicos muy diferentes y más livianos que los que han determinado su condena por un delito de abusos sexuales", de modo que "no justifica la sustancial alteración pretendida" por la acusación. En cuanto al caso de Pozoblanco, una segunda imputación por otro delito sexual que pesa sobre cuatro de los condenados, los magistrados indican que "no se ha celebrado todavía el juicio, y por tanto no ha recaído sentencia, ni tampoco se ha acordado la prisión preventiva por tales hechos".

Para Carla Vallejo, el riesgo de reincidencia no requiere, para ser apreciado, que existan sentencias condenatorias. "Si existieran no estaríamos hablando de riesgo de reincidencia, sino de antecedentes", opina. A su entender, "hay elementos más que sobrados para considerar que en este caso estas personas tienen un proceder delictivo variado" que a su vez "tiene mucho que ver con los delitos contra la libertad sexual y contra el patrimonio".

A este argumento suma Carla Vall el "riesgo sobre las potenciales víctimas". Cuando los magistrados mencionan el caso de Pozoblanco, "obvian que hay un patrón claro a nivel criminológico", sostiene la letrada. "No se está teniendo en cuenta cómo es el agresor y se están tratando de modo aislado ambos hechos, que no tienen conexión y no se pueden comunicar a nivel jurídico, pero sí a nivel de perfilación criminal", añade. Esta óptica revela que no se trata "de un caso aislado y que estamos ante un perfil muy concreto de agresores, un grupo de hombres que premeditadamente organiza violaciones colectivas y ha generado un efecto réplica", defiende. Esto último, además, aunque "no puede ser tenido en cuenta a nivel de consecuencias para ellos", sí debe tener relevancia a nivel preventivo, uno de los "principios básicos del derecho".  

Decisión coherente

Pese a los argumentos de las juristas contra esta decisión, todas ellas coinciden en que el actual fallo resulta coherente respecto al primero. También lo es con la tendencia habitual. "Normalmente para los delitos de violencia sexual no se decreta prisión preventiva a no ser que se trate de agresores sexuales seriales, con múltiples víctimas conocidas que hayan denunciado y exista ese riesgo de reiteración delictiva o un riesgo de fuga muy evidente", observa Carla Vall.

Los miembros de La Manada seguirán en libertad provisional al desestimarse los recursos de las acusaciones

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En cuanto al caso concreto de los cinco condenados, aunque "las acusaciones dicen que hay ahora más riesgo de fuga" porque existe una reafirmación de la condena, lo cierto es que la situación no cambia sustancialmente porque "con la primera condena ya estaba muy claro que el asunto era serio". Así lo razona Margarita Bonet, quien, aunque reitera su desacuerdo con aquel primer auto, no cree que el escenario haya experimentado alteraciones de peso como para que los magistrados muden de opinión de forma tan radical. En cuanto a la reiteración delictiva, dice, "ellos hablan del delito de hurto como delito leve que no tiene nada que ver con los delitos sexuales". En consecuencia, la decisión "tiene su lógica en la línea de las decisiones previas y al revisar los hechos tal y como los presentan ellos".

Ignacio González, portavoz de Jueces y Juezas para la Democracia, también entiende el fallo como "una decisión coherente con la adoptada" anteriormente porque "las circunstancias no han variado". En cuanto al riesgo de fuga, dice, "hasta ahora tanto la situación laboral y familiar permanece estable", una cuestión clave para determinar la posibilidad de abandonar el país, pero además los condenados "cumplen puntualmente con sus obligaciones". De nuevo, opina González, los delitos de leves "no tienen que ver con el bien jurídico ni la gravedad de los delitos sexuales", mientras que en Pozoblanco "el juez que instruye no ha decretado ninguna medida restrictiva". El portavoz reconoce estar más de acuerdo "con el auto de la mayoría" y añade, además, que otros aspectos que anteriormente sí tenían peso, como una posible ocultación de pruebas, "no son ahora apreciables".

Queda ahora recorrer el último tramo del camino. El recurso de casación ante el Tribunal Supremo, la tercera y última instancia, veta la posibilidad de modificar los hechos probados, que deben respetarse, a no ser que se haya producido una vulneración clara de las garantías procesales. "El debate aquí no es tanto si los hechos se produjeron o no de la manera que se narra en la sentencia, sino si esos hechos jurídicamente deben encajar en un delito de abuso o de agresión", aclara Vallejo. Un debate que se abrió con la primera sentencia, en abril del pasado año, y que ha entrado de lleno en la calle –a través de manifestaciones masivas– y en las instituciones –mediante reformas e iniciativas legales como la comisión que revisa los delitos sexuales en el Código Penal–. 

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