La sentencia del 'Prestige'

Nueve errores del 'Prestige' que admite la sentencia

Accidente Prestige

La sentencia dictada por la sección 1º de la Audiencia de A Coruña, que preside Juan Luis Pía y de la que forman parte los magistrados Salvador Sanz y Mª Dolores Fernández, revela algunos errores previos al accidente, ocurridos durante la catástrofe y cometidos cuando se estaba realizando la instrucción del sumario, aunque el fallo judicial sostiene en varios casos que no afectan a las cuestiones de fondo, por lo que absuelve a todos los acusados (salvo un delito de desobediencia que atribuye al capitán Apostolos Mangouras). Los nueve errores que enumera la sentencia son los siguientes:

1. El fallo estructural

El fallo estructural del barco fue debido a un mantenimiento y conservación deficientes pero inadvertidos por y ocultos para quienes navegaban en el buque. La sentencia afirma que no se puede señalar la causa del accidente, pero sí considera probadas deficiencias en el petrolero que no fueron señaladas documentalmente por ABS, la compañía norteamericana que se encarga de certificar su navegabilidad.

2. Coordinación difusa y confusa

Arsenio Fernández de Mesa, entonces delegado del Gobierno en Galicia, desempeñó una tarea de coordinación difusa y confusa y, cuando declaró ante el tribunal, sólo aportó una confusa negación de toda responsabilidad y se limitó a reiterar que no ejerció ninguna labor o tarea decisiva. Fernández de Mesa es hoy director general de la Guardia Civil.

3. Trivialización de los vertidos

Las autoridades españolas trivializaron sobre los vertidos y no calibraron debidamente las consecuencias del hundimiento. Esta apreciación de la sentencia hace referencia a la descripción de los vertidos como “hilillos de plastilina”, que llevó a cabo el entonces vicepresidente y hoy presidente del Gobierno, Mariano Rajoy.

4. Negligencias e infracciones

Se han demostrado "negligencias, incurias y modus operandi inaceptables", así como infracciones administrativas y reglamentarias explicables pero a veces muy llamativas de las que no se infiere responsabilidad penal.

5. Incautación discutible de documentos

Los funcionarios que abordaron el Prestige se incautaron de documentos en circunstancias discutibles, una peculiar conducta que no cabe excusar. El tiempo transcurrido desde que se ocuparon esos documentos hasta que se entregaron a la autoridad judicial impide darles valor probatorio.

6. Una pista que no se investigó

Debió investigarse en su día el testimonio aislado y de escaso valor probatorio de los tripulantes que, según uno de los pilotos de rescate que acudió en auxilio de los marineros, estaban enojados porque el capitán no había solucionado una vía de agua que afectaba al buque y a su navegación, un extremo que no ha sido comprobado ni contrastado.

7. Investigación sin las debidas cautelas 

Se deberían investigar en detalles algunos extremos, lo que no se ha hecho. Por razones discutibles la intervención de las partes en el pecio y el parcial éxito de recuperar la carga fueron actividades que "se realizaron sin las cautelas imprescindibles para garantizar la integridad probatoria de su resultado", pese a los esfuerzos del juzgado instructor. Serán operaciones técnicas complejas pero existen posibilidades de control y presencia indirectos y, sobre todo, de señalar en la práctica de ciertas comprobaciones, más allá del grosor de placas de acero o mera apariencia de los destrozos. Pero la Audiencia señala que es posible que el coste de un análisis pericial integral del pecio sea inasumible.

8. Fallos administrativos

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Se aplicó el Plan de Emergencia, aunque el número de miembros fue superior al previsto y no se constituyó formalmente el comité técnico asesor. Pero, según el tribunal, ello "no puede identificarse como falta de rigor en la gestión administrativa y formal de la crisis".

9. Falta de adecuación a las reacciones en emergencias

El núcleo duro de las decisiones se trasladó a muy pocas personas, lo cual desdice de la exigible adecuación de las reacciones oficiales en casos de emergencia. Pero tampoco eso influyó negativamente en las decisiones adoptadas, sostiene la Audiencia coruñesa.

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