Justicia

Jurisdicción voluntaria y diligencias fiscales, las vías para fijar la 'verdad' de los crímenes franquistas

Decenas de personas durante una concentración por la colocación de una placa en memoria de las víctimas del franquismo, en la Puerta del Sol, a 3 de julio de 2024.

Vox está dispuesto a insuflar oxígeno a un Carlos Mazón, al que la nefasta gestión de la dana convirtió en una suerte de cadáver político. Y por eso le ha tendido la mano para la aprobación de las cuentas autonómicas. Pero como la extrema derecha nunca da puntada sin hilo, este miércoles ha esbozado el posible peaje a ese apoyo. Y lo ha hecho en forma de enmiendas. En total, más de un centenar de propuestas de modificación basadas en la agenda ultra. Se contemplan recortes en partidas destinadas a la lucha contra la violencia machista, el valenciano o los sindicatos. Y se dispara contra la memoria, delimitando las ayudas para homenajes al periodo comprendido entre 1931 y 1939, lo que deja fuera de las mismas toda la represión posterior a la Guerra Civil.

El colectivo de víctimas del franquismo siempre ha sido uno de los más castigados a nivel institucional. Tan solo hay que recordar al Gobierno de Mariano Rajoy regocijándose de haberles cortado el acceso a fondos públicos. Algo que ni siquiera la ley de Memoria Democrática, que ha llevado aparejados importantes avances en la materia, ha conseguido corregir por completo. Sobre todo, en lo que tiene que ver con el acceso de las víctimas a la justicia. Cada querella que se presenta en los tribunales españoles por torturas, muertes o desapariciones forzadas acaba siempre en un cajón. Sin que apenas haya una investigación a fondo. Y sin que se suela escuchar a la víctima.

La normativa memorialista se presentaba como un foco de esperanza para las víctimas. Fundamentalmente, por la inclusión del párrafo que recoge que todas las leyes deben interpretarse y aplicarse "de conformidad con el derecho internacional", de forma que "los crímenes de guerra, de lesa humanidad, genocidio y tortura" tienen la consideración de "imprescriptibles y no amnistiables". Pero ese precepto no ha supuesto ningún cambio a nivel práctico. Los jueces se han seguido negando a investigar apoyándose en los mismos argumentos que ya sustentaron en el pasado para el archivo de querellas –amnistía y prescripción–. Una doctrina que el Tribunal Constitucional se ha encargado de confirmar.

Sin justicia penal

El cerrojazo judicial ha metido en un cajón el caso de Xosé Ramón Reboiras, uno de los dirigentes políticos más significativos del nacionalista Unión do Povo Galego (UPG), que murió por disparos de la policía en agosto de 1975. O los de María Concepción Edo, Vicent Alminyana, Julio Pacheco o Carles Vallejo, militantes antifranquistas torturados por las Fuerzas de Seguridad durante sus detenciones en los años setenta. En el último caso, la Audiencia de Barcelona confirmó el archivo. Pero lo hizo a través de un auto en el que, no obstante, acogía la "necesidad" de llevar a cabo una "actividad reparadora de las víctimas" que colme su "derecho a la verdad". Eso sí, siempre fuera de la vía penal.

El Ministerio Público juega un papel fundamental en la utilización de fórmulas alternativas con las que investigar y dejar constancia en documento oficial –ante la imposibilidad de llegar a una sentencia penal firme con unos hechos que se declaren probados– de los crímenes cometidos durante la Guerra Civil o la dictadura. "Tenemos un papel protagonista a la hora de dar efectivo cumplimiento a la obligación legal de impulsar una investigación efectiva desde los espacios de justicia", explican a infoLibre desde la Fiscalía Coordinadora de Derechos Humanos y Memoria Democrática, que dirige desde hace casi dos años la exministra y ex fiscal general Dolores Delgado.

Una "investigación exhaustiva"

Una vía para colmar el derecho a la verdad de las víctimas pasa por la apertura de diligencias fiscales de investigación. Es lo que acaba de hacer el Ministerio Público con la muerte de españoles en los campos de concentración nazis de Mauthausen y Gusen. O hace un mes con las supuestas torturas perpetradas por miembros de la Brigada Político-Social en dependencias de la Jefatura Superior de Policía de Vía Laietana, en Barcelona. En el primer caso, las pesquisas fueron autorizadas por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, tras la recepción de documentación que se guardaba en el Registro Civil Central. En el segundo, se iniciaron tras la denuncia interpuesta en Fiscalía por una víctima.

Estas diligencias, que también se abren cuando se tiene constancia de la aparición de restos en fosas comunes, solo pueden iniciarse cuando no existe un proceso judicial en marcha o los hechos no han sido ya archivados. Y permiten desarrollar una "investigación exhaustiva" en la que se practiquen testificales –tanto de víctimas como de testigos– o se indague en archivos y registros. Unas pesquisas que permitirán fijar en un decreto oficial del Ministerio Público un "relato de hechos" probados, sin importar el resultado final del proceso. Un buen ejemplo para entenderlo es el del rey emérito: aunque no se le llevó ante la justicia, los decretos de archivo de la Fiscalía dejan constancia de que Juan Carlos de Borbón ocultó durante años dinero al fisco.

Y luego está la llamada jurisdicción voluntaria. Se trata de una herramienta que tiene por objeto "la obtención de una declaración judicial sobre la realidad y las circunstancias de hechos pasados determinados". Este tipo de expedientes pueden iniciarse en el juzgado de primera instancia del lugar donde ocurrieron los hechos a instancia del Ministerio Fiscal o la persona interesada. Durante el procedimiento, pueden ser citadas personas en calidad de testigos o peritos. Si al final el juez accede, dejará reflejado en su auto la declaración de hechos pasados interesada por su promotor.

Esta es una vía que ya ha sido explorada en distintas ocasiones. La justicia, por ejemplo, reconoció bajo esta fórmula como víctima del franquismo al obrero Amador Rey, asesinado a comienzos de los setenta en Ferrol por disparos de la policía mientras participaba en una protesta pacífica. O declaró por esta vía el carácter ilegal y nulo de la condena y sanciones de un militar represaliado por la dictadura. Y lo mismo ocurrió con una condena a cadena perpetua impuesta a una víctima de la dictadura en Santander. A diferencia de los dos primeros, este último caso se inició a instancias del Ministerio Fiscal tras recabar toda la información posible.

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