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'Maternidades S.A.'

'Maternidades S.A.', de Laura Nuño.

Laura Nuño

infoLibre publica un extracto de Maternidad S. A. El negocio de los vientres de alquiler, de Laura Nuño, editado por Catarata y en librerías desde el 9 de marzo. En este ensayo, la politóloga y profesora de la Universidad Rey Juan Carlos analiza el debate de los vientres de alquiler, fenómeno que describe como "neocolonialismo reproductivo", y desmonta los argumentos a favor de su legalización. Aquí recogemos la introducción al volumen.  

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La legalización de los vientres de alquiler, el contrato que permite que mujeres fértiles gesten hijos/as para terceras personas, ha irrumpido con inusitada premura en el debate público. Según los datos del Ministerio de Asuntos Exteriores, solo el 0,03% de los niños/as inscritos en nuestro país, desde el año 2010 hasta el 2016, fueron gestados mediante esta práctica. Dicha urgencia no representa, por tanto, una demanda social de primer orden ni tampoco es una reivindicación promovida por españolas jóvenes y fértiles que desean una regulación más permisiva.

Ante el apremio de aquellas posiciones que reclaman una modificación legislativa, quizás convenga analizar las implicaciones que tendría en lo relativo a aspectos tan relevantes como la justicia social, la igualdad de género, la brecha genética en sociedades fuertemente jerarquizadas, el interés superior del menor o los límites del mercado, si es que se pretende que estos tengan límite alguno. Y reflexionar por qué la lucrativa industria gestacional tiene tanto afán de que se apruebe, al menos, una modalidad supuestamente altruista.

A lo largo de la historia encontramos algunos míticos casos históricos, como los relatos bíblicos de Sara y Raquel, la licencia recogida en el Código Hammurabi o la práctica en los regímenes esclavistas (entre otros, el sureño norteamericano) de violar y fecundar a las esclavas fértiles a efectos de incrementar la mano de obra gratuita. Más recientemente, tenemos la versión eugenésica practicada por el régimen nacionalsocialista alemán de los años treinta que, con objeto de proveer a los oficiales de las SS de descendencia aria, puso en marcha una experiencia piloto de maternidad subrogada.

El Proyecto Lebensborn, o “fuente de vida”, como de forma sugerente se denominó, centró su atención en mujeres arias con rasgos muy específicos: cabello rubio, ojos azules y requisitos físicos determinados respecto a la altura y el peso. Inicialmente se reclutó a mujeres que, por su estado civil (solteras) o su situación económica (casadas sin recursos), tuvieran embarazos no deseados para que cedieran el fruto de los mismos. Pero el número de aquellas que optó por hacerlo se mostró francamente insuficiente. Por ello, pronto cambió su método de funcionamiento y el proyecto terminó convirtiéndose en una granja reproductiva para inseminar a mujeres arias que trajeran al mundo descendencia “pura”. Con tal finalidad, a partir de 1940, iniciaron una campaña encaminada a captar voluntarias arias afines a los propósitos del régimen.

Pero, pese a las presiones de un totalitarismo como el alemán, la idea suscitó poco entusiasmo entre las alemanas y el número de las voluntarias no alcanzó las expectativas previstas. Finalmente, con objeto de suplir la escasez de niños/as provocada por la ausencia de vientres, terminaron solicitando bebés procedentes de Checoslovaquia, Rusia, Polonia y Ucrania. Si bien es cierto que el rechazo de las jóvenes arias impidió que pudieran atender las expectativas raciales inicialmente previstas, cubrieron la demanda con niños y niñas que, no siendo arios, al menos portaban el denominado “elemento nórdico”.

Los avances tecnológicos en materia de reproducción asistida durante las últimas décadas y el crecimiento de la denominada industria gestacional hicieron posible el sueño alemán, introduciendo una posibilidad entonces inexistente, su comercialización. En la actualidad, existe la opción de elegir la carga genética, el sexo y hasta las características físicas de las donantes. Sugerentes catálogos a todo color muestran sus fotos, su edad y hasta su nivel de estudios, permitiendo seleccionar a aquella que más se ajuste a los requerimientos estéticos, culturales o raciales demandados. La remuneración prevista para las gestantes en un contexto de feminización de la pobreza permite que ahora ya exista disponibilidad suficiente de mujeres para llevar a término un embarazo.

Al margen de posibles antecedentes históricos o bíblicos, la gestación subrogada ya adquirió protagonismo hace medio siglo cuando, en 1976, se conoció el primer caso de un niño concebido mediante vientres de alquiler. Sin embargo, el debate sobre su legitimidad no se hizo público hasta los mediáticos conflictos judiciales del caso Kane (1980) y Baby M (1987). Desde entonces, el baby business ha tenido una notable expansión, con una presencia, en la actualidad, prácticamente planetaria. En cualquier parte del mundo se puede acceder a una amplia diversidad de ofertas que garantizan ilimitadas criaturas, con la carga genética deseada, adaptadas a la cartera de cada cual.

En concreto, en nuestro país, las opciones preferidas son Ucrania, Rusia, Grecia y, para aquellos con mayor capacidad económica, Canadá o California se ofrecen como destinos preferentes del pujante turismo reproductivo. La nulidad del contrato y la ilegalidad del procedimiento, lógicamente, provoca que la información se oculte o, al menos, se trate con opacidad. Por ello, se han recogido y contrastado los pocos datos oficiales disponibles, así como aquellos que son producto de investigaciones periodísticas.

Hecha esta advertencia, en España las inscripciones de concebidos mediante esta práctica proceden de doce países diferentes, pero, insistimos, Estados Unidos y Ucrania son los destinos estrella. Según los datos facilitados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, a los que se hacía mención con anterioridad, más de la mitad (56%) provienen de Estados Unidos y una cuarta parte (24%), de Ucrania. Sin embargo, la tendencia está cambiando y el abaratamiento de los costes en Ucrania está acabando con el liderazgo previo de la industria estadounidense. Ya no es infrecuente que, incluso los propios norteamericanos, acudan a Ucrania atraídos por sus competitivos precios.

Por ello, aunque el sometimiento sexual y reproductivo de las mujeres ha sido siempre un mandato patriarcal, en la actualidad nos encontramos con una nueva cláusula del conocido contrato sexual, tematizado por Pateman, cuya pretensión es diversificar las formas y maneras de incrementar el rendimiento de su histórica explotación. Como alerta Pateman, “el contrato de subrogación indica también que puede estar gestándose la transformación del patriarcado moderno. El derecho paterno está reapareciendo en una forma contractual nueva […] una nueva forma de acceso y de uso de los cuerpos de las mujeres por parte de los varones”.

De hecho, los vientres de alquiler permiten que a la consabida plusvalía genérica se sumen los beneficios económicos, ya no solo de su explotación sexual (a través del sistema prostitucional), sino también de la reproductiva. Un escenario en el que confluyen la racionalidad del patriarcado y los intereses del neoliberalismo, en el que es preciso generar las condiciones necesarias para garantizar tanto el derecho sexual patriarcal de acceder al cuerpo de las mujeres como el neoliberal de lucrarse con su mercantilización.

Por ello, la expansión del mercado gestacional no es neutral en términos territoriales o de clase social. El turismo reproductivo es más frecuente en países con estados débiles o con una deficiente protección de los derechos de las mujeres, en los que es más probable encontrar jóvenes fértiles que se sometan (o sean sometidas) a la práctica por precios más asequibles. Respecto a su perfil socioeconómico, las gestantes son, en su mayoría, mujeres sin recursos, especialmente vulnerables o socialmente excluidas. Muchas carecen de formación, más del 40% están desempleadas o reciben ayudas sociales y solo un 4% tiene estudios superiores. Por el contrario, las donantes de óvulos proceden de estados más consolidados; se busca en ellas la existencia de determinadas características fenotípicas, raciales o, incluso, formativas, premiando la formación superior. Lo que explica que las universidades, bajo el sugerente eslogan de “Dona vida”, se hayan convertido en un auténtico caladero para el mercado de óvulos.

No existe normativa internacional específica sobre el tema. Nada está previsto ni respecto a la contraprestación económica de la gestante, que varían sustancialmente según el contexto territorial, ni en lo relativo a las condiciones que puede imponer el contrato. Entre sus exigencias pueden llegar a contemplar un estado de semiesclavitud allí donde las mujeres soportan una mayor opresión y vulnerabilidad, siendo, además, allí donde suele ser menor la remuneración.

Núria González: "La base del negocio de los vientres de alquiler es aprovecharse de la necesidad de las mujeres en riesgo de exclusión"

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Pero pese a la oferta existente, la inseguridad jurídica que provoca la prohibición o la indefinición legal de la práctica en los países donde se pretende filiar a las/os menores está planteando reiterados conflictos a la hora de garantizar la inscripción del recién nacido en los respectivos registros civiles nacionales. Un contexto en el que puede no operar ni el ius soli ni el ius sanguini (ni el derecho del suelo ni el de la sangre) y en el que la criatura concebida corre el riesgo de no tener tutela parental o ser apátrida. A efectos de ofrecer cierta seguridad jurídica respecto a la situación del menor o la menor, algunos estados donde la práctica es legal están exigiendo que el contrato de gestación cuente con el beneplácito de las disposiciones normativas vigentes en el país de destino. Y de ahí la urgente necesidad de su legalización.

Con objeto de disponer con rapidez de dicho marco legal y de reducir la previsible oposición que pudiera generar la mercantilización del embarazo o de seres humanos, que evidencia la gestación comercial, el lobby provientres de alquiler está presionando para legalizar —al menos— la gestación de carácter altruista entre personas desconocidas. Según su discurso, en la medida que la remuneración no media en el acuerdo, se evita una posible explotación de la situación de necesidad de las gestantes en lo que se permite, a su vez, que los padres y madres intencionales cumplan su deseo.

El problema no son los deseos o los anhelos, que forman parte de la naturaleza humana; la cuestión es hasta qué punto y grado colisionan y se anteponen a los derechos y libertades. Si resulta éticamente sostenible que el “capitalismo emocional” determine no solo los comportamientos económicos individuales, sino también las reglas comunes de convivencia. Por ello, antes de enarbolar la bandera de su legalización, parece prudente, al menos, analizar las implicaciones políticas que supone permitir el intercambio comercial de bebes por encargo, las consecuencias que pudieran derivarse para mujeres con menos recursos económicos, el sincretismo cultural al que da lugar conciliar el mandato patriarcal de la maternidad como esencia y el mandato neoliberal como función mercantilizable, y examinar, asimismo, en qué medida, ello no representa una sofisticación de la plusvalía genérica. La envergadura de la cuestión invita, cuando menos, a plantear un debate sosegado y una reflexión que huya de retóricas emocionales vinculadas al “lenguaje del yo”.

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