MACRODECRETO DE FIN DE AÑO

El Gobierno aplaza seis meses la derogación del índice para subir las pensiones creado en la reforma de 2013

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, tras el último Consejo de Ministros del año.

El Gobierno aprobó este viernes subir en 2019 las pensiones contributivas un 1,6%, y un 3% las mínimas y no contributivas. Además, los pensionistas recibirán antes del 1 de abril una paga por la décima en que ha superado la media del IPC de los últimos 12 meses –un 1,7%– el alza del 1,6% concedida para este año. Sin embargo, el Ejecutivo no ha derogado el Índice de Revalorización de las Pensiones (IRP), creado en la reforma de 2013 y que limitaba el aumento de las pensiones al 0,25% anual siempre que la Seguridad Social cierre con déficit, como ha sido el caso desde 2012. Ese índice ha dejado de aplicarse este año, por iniciativa del Gobierno del PP tras las multitudinarias protestas de los pensionistas, y tampoco se aplicará el próximo, tal y como acaba de ser aprobado por el Consejo de Ministros.

Pese a que el borrador del macrodecreto de medidas sociales y laborales establecía como nuevo mecanismo para revalorizar las pensiones contributivas la media del aumento interanual del IPC entre diciembre de un año y noviembre del siguiente y para las no contributivas, la propuesta que hiciera el Ministerio de Trabajo según evolucionaran el IPC, los salarios, la economía y “las posibilidades económicas de la Seguridad Social”, en la versión final del documento han desaparecido ambas fórmulas. La subida de las pensiones según evolucionara la media del IPC interanual de los últimos 12 meses fue, de hecho, la propuesta que el secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, dijo haber enviado a la Mesa de Diálogo Social el pasado día 20.

Fuentes del departamento niegan que el Gobierno haya “renunciado” a derogar el IRP, sino que se ha dado un plazo de seis meses para diseñar un nuevo sistema de revalorización de las pensiones “en el marco del Diálogo Social y de acuerdo con las recomendaciones de la Comisión del Pacto de Toledo”. El IRP queda suspendido, pero el nuevo mecanismo se basará siempre, recalcan, en el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas.

La semana pasada los sindicatos pidieron al Gobierno que les presentara “expresamente” en la mesa de Diálogo Social la derogación de la reforma de las pensiones de 2013, que incluiría la supresión definitiva no sólo del IRP sino también del factor de sostenibilidad –un coeficiente reductor de la prestación según la esperanza de vida de cada generación–, cuya entrada en vigor se ha retrasado hasta 2023. El Ejecutivo, según indicaron fuentes sindicales, se comprometió a informarles de su propuesta en un plazo de 48 horas. Finalmente, el último real decreto-ley del año ha dejado en el aire el futuro de ambos mecanismos.

En cualquier caso, la Comisión del Pacto de Toledo alcanzó en septiembre un principio de acuerdo, con un texto de mínimos, para que las pensiones se actualicen de acuerdo con el IPC real –es decir, si al final de año la inflación se desvía de la previsión del Gobierno, ese desajuste deberá ser compensado–. Esa subida deberá garantizar tanto el equilibrio financiero del sistema público de pensiones como su “equilibrio social”. Lo que no está claro es si el IPC se modulará o no con otros indicadores como los salarios o el PIB. Los grupos de la izquierda se oponen a que se toque el IPC, mientras que PP, Ciudadanos y PDeCAT lo consideran necesario para garantizar la sostenibilidad del sistema. En resumen, habrá que esperar aún unos meses más para saber cuál va a ser la fórmula definitiva que revalorizará las pensiones públicas.

Pensión contributiva mínima: 633,7 euros al mes

De momento, la subida de las pensiones tendrá un coste de 2.591,65 millones de euros por el 1,6% y de otros 244,66 millones por la décima adicional que se abonará en la paguilla antes de abril de 2019.

La pensión contributiva mínima de jubilación queda en 633,7 euros mensuales y la no contributiva en 392 euros. La contributiva máxima sube hasta 2.659,41 euros al mes. También aumentan las pensiones de viudedad, de forma que ya se calculan aplicando el 60% de la base reguladora, tal y como obligaba al Gobierno la reforma de las pensiones de 2011. Así, la pensión mínima de viudedad se iguala a la mínima contributiva.

En 2019 la subida prevista de las pensiones contributivas volverá a ser del 1,6%. En la rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, cifró en seis décimas la ganancia en poder adquisitivo que esa mejora iba a suponer para los pensionistas. Es decir, preveía una inflación para el próximo año de sólo el 1%, cuando el Banco de España, Funcas y BBVA Research, entre otros analistas e instituciones, la sitúan muy por encima, hasta el 1,6%. A preguntas de los periodistas, Sánchez aseguró que la previsión del Gobierno es que el IPC termine en 2019 por debajo del 1,2% en que ha cerrado este mes de diciembre.

El Iprem, sin subida de momento

También ha dejado en suspenso el Gobierno el alza del Iprem, el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, que se creó en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional (SMI) como referencia en el cálculo de las rentas necesarias para obtener subsidios o ayudas. En el borrador del macrodecreto se incluía una “posible” subida del 2%, hasta situarlo en 548,6 euros mensuales. Finalmente, sin embargo, la mejora del indicador se ha dejado para los Presupuestos de 2019, según han indicado fuentes del Ministerio de Trabajo.

El Iprem permaneció congelado siete años, desde 2010 hasta 2016, subió un 1% en 2017 y ha vuelto a quedar congelado este año.

El macrodecreto incluye la subida de las bases mínimas y máximas de cotización. Las primeras, obligadas por el alza del salario mínimo en un 22,3%, hasta 900 euros mensuales. Las segundas aumentarán un 7%, hasta 4.070,1 euros. De forma que la recaudación de la Seguridad Social crecerá unos 2.350 millones de euros el próximo año, si se cumplen las previsiones del Ejecutivo. Subirá igualmente la base mínima de cotización de los autónomos, un 1,25%, hasta los 944,4 euros. El aumento será, no obstante, provisional, hasta que los trabajadores por cuenta propia comiencen a cotizar por sus ingresos reales. A cambio, los autónomos quedarán cubiertos en los casos de enfermedad común, accidente laboral, formación y cese de actividad –equivalente a la prestación de desempleo de los asalariados, que podrá durar hasta dos años–.

Otro cambio afectará a los becarios y contratados en prácticas, que a partir de ahora cotizarán a la Seguridad Social aunque no cobren un sueldo. Tanto los universitarios como los estudiantes de Formación Profesional. El Gobierno se compromete a detallar antes de tres meses en el correspondiente reglamento cómo se asimilarán los becarios a cualquier otro trabajador asalariado.

Prórroga del Subsidio Extraordinario de Desempleo

Entre las medidas de carácter laboral aprobadas en el macrodecreto figura la supresión del contrato indefinido de apoyo a los emprendedores, la creación estrella de la reforma laboral de 2012, así como la ampliación a los 30 años –vuelven a estar restringidos a los jóvenes de hasta 25 años– de los contratos de formación y aprendizaje. Ambas iniciativas tenían una vigencia limitada: hasta que la tasa de paro fuera inferior al 15%. En el tercer trimestre la Encuesta de Población Activa (EPA) ya la situó en el 14,55%. Por el mismo motivo han sido eliminados los incentivos de que gozaban los contratos de formación a tiempo parcial, los contratos indefinidos de jóvenes en microempresas y los contratos del primer empleo joven.

Igualmente ha sido derogada la ayuda de acompañamiento al salario –430 euros– de los jóvenes inscritos en el Sistema de Garantía Juvenil, que el Gobierno critica por su “escasa eficacia” y porque creaba distorsiones: en algunos casos los tutores cobraban menos los trabajadores a los que formaban.

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Además, para intentar frenar el aumento de los contratos hiperbreves, cuyo número se ha duplicado durante la crisis, el Gobierno ha elevado del 36% al 40% el recargo en las cuotas que las empresas pagan por cada uno de estos trabajadores cuando el contrato tenga una duración igual o inferior a cinco días. En principio, la idea era que afectara a todos los que no duran más de siete días.

También se ha incluido la jubilación forzosa por edad, que podrá incorporarse a los convenios colectivos siempre que esté vinculada a planes para el relevo generacional en las empresas y el trabajador haya cotizado el tiempo necesario para tener derecho a la pensión completa. El Gobierno ha prorrogado el Subsidio Extraordinario de Desempleado (SED), creado en julio en principio con carácter temporal, mientras el Gobierno prepara el diseño de una nueva ayuda que sustituya tanto al SED como al Plan Prepara y el Programa de Activación para el Empleo (PAE), todos ellos destinados a dar cobertura a los parados de larga duración escasamente cualificados y sin otras rentas o subsidios.

Por último, el real decreto-ley excluye la aplicación de la subida del SMI a conceptos no salariales incluidos tanto en normas municipales y autonómicas como en convenios colectivos y contratos privados.

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