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Luxemburgo, el paraíso europeo de las sociedades pantalla que no tributan por sus dividendos, intereses ni plusvalías

El expresidente de la Comisión Europea, Jean-Claude Juncker, con su sucesora en el cargo, Ursula von der Leyen, en julio de 2019 en Bruselas.
  • Al Gran Ducado han acudido hasta 1.558 ciudadanos españoles que poseen o gestionan sociedades en ese paraíso de baja fiscalidad. Ellos son el objeto de OpenLux, la investigación de infoLibre en colaboración con la organización internacional OCCRP iniciada esta semana para aportar transparencia sobre su identidad, intereses y operaciones.

Basta con darse un paseo por algunos de los despachos que ofrecen en internet sus servicios para hacer negocios en Luxemburgo. El Gran Ducado es una “excelente plaza financiera” y el “paraíso ideal para las grandes fortunas”, cuya “beneficiosa fiscalidad” a la par que “extraordinaria reputación en confidencialidad y privacidad” venden los gestores de alta gama. “Una magnífica elección para disfrutar de una baja o nula tributación”, no lo dude. “Luxemburgo nunca había sido más atractivo [que ahora] para domiciliar fondos y holdings intermedios”, un anuncio irresistible. Gracias a la “actitud liberal” de sus autoridades hacia los inversores extranjeros, tal y como la glosan los profesionales de la consultoría internacional, el 90% de las empresas registradas en Luxemburgo están controladas por ciudadanos foráneos. Tanto capital atrae el pequeño país que la inversión extranjera directa entrante multiplica por 58 su PIB y la inversión extranjera saliente por 67, según destaca el informe Mejorar la política contra el blanqueo de capitales, elaborado por el Parlamento Europeo en 2020.

Al Gran Ducado han acudido hasta 1.558 ciudadanos españoles que poseen o gestionan sociedades en ese paraíso de baja fiscalidad. Ellos son el objeto de OpenLux, la investigación de infoLibre en colaboración con la organización internacional OCCRP iniciada esta semana para aportar transparencia sobre su identidad, intereses y operaciones. 

El secreto del éxito del pequeño país se basa en una combinación de factores que lo convierten en un caso único en el mundo. Luxemburgo es miembro de la Unión Europea y, al mismo tiempo, la sexta jurisdicción financiera más secreta del mundo, además del sexto paraíso fiscal corporativo del planeta, de acuerdo con la clasificación de Tax Justice Network, una organización de investigadores y activistas contra la evasión de impuestos. El Parlamento Europeo considera al Gran Ducado el peor territorio, por delante de Países Bajos y Suiza, en lo que a blanqueo de dinero se refiere. Y sin dramatismos: la culpa no es tanto de la corrupción o las drogas como del secreto financiero y los bajos impuestos. Esa fórmula proporciona a las empresas extranjeras una rentabilidad 11,5 veces superior a la de las empresas locales. Sólo que estas sociedades también son peculiares: el 91% de los flujos de capital foráneo antes citados –5.000 millones de dólares en 2019, la segunda mayor entrada de inversión tras Estados Unidos– no se explican por que detrás exista una actividad económica real, destaca el informe del Parlamento Europeo.

Con una extensión un poco menor que Vizcaya pero la mitad de su población, cada uno de sus 626.000 habitantes habría sido así capaz de captar casi ocho millones de dólares anuales.

Impuesto de sociedades, IVA, rendimientos de capital

¿Qué ofrece Luxemburgo a inversores, empresarios y millonarios de todo el mundo para haberlo convertido en un paraíso fiscal en plena UE?

Obviamente, bajos impuestos. Ser miembro –fundador– del club comunitario no impide al Gran Ducado disfrutar de uno de los tipos impositivos más bajos del mundo, sumando impuestos sobre beneficios y cotizaciones sociales, que el informe del Banco Mundial y PwC Paying taxes 2020 cifra en el 20,4%, muy lejos del 47% de España, el 48,8% de Alemania, el 59,1% de Italia o el 60,7% de Francia.

Así, Luxemburgo grava con sólo un 15% los beneficios de las empresas con ingresos por debajo de los 175.000 euros, mientras que las que facturan entre esa cantidad y 200.000 euros pagan un fijo de 26.250 euros más un plus del 31% sobre la base imponible que supere los 175.000 euros. Por encima de 200.000 euros de volumen de negocio, el tipo es del 17%. El tipo máximo es del 24,94% –en España es del 25%–, en el que se incluyen un 7% de tasa de solidaridad –fondo para el empleo– y un 6,75% de tasa municipal en la capital del Gran Ducado. Estos tipos pueden, además, reducirse en gran medida si se hace uso de las exenciones de hasta el 25% durante ocho años que se ofrece a las nuevas empresas extranjeras. Sin olvidar que Luxemburgo también tiene el tipo máximo de IVA más bajo de toda la UE, el 17% –un 21% en España–.

Pero el mayor atractivo para el capital extranjero es otro: Luxemburgo no practica retención alguna ni en los intereses ni en los royalties de los pagos que las filiales creadas en el Gran Ducado hacen a sus matrices en terceros países, y ofrece exenciones a los dividendos si las sociedades cumplen determinadas condiciones. Lo mismo ocurre con las plusvalías, las ganancias de capital obtenidas por la venta o transferencia de activos. En España, los rendimientos del capital tienen un gravamen del 19% si se dirigen a otro país comunitario, y del 24% si se trata de terceros países.

La Comisión Europea no deja de incluir en sus recomendaciones semestrales a Luxemburgo que la ausencia de retención y las exenciones antes citadas se traducen en una elusión “total” del pago de impuestos si el país receptor tampoco los grava. Por lo que apremia al país del que procedía su presidente entre 2014 y 2019, Jean-Claude Juncker, a combatir la planificación fiscal abusiva que las leyes tributarias luxemburguesas permiten utilizar a las empresas. En la última recomendación de 2020, sin embargo, la Comisión admite que el Gran Ducado “no ha anunciado todavía reformas concretas para combatir la planificación fiscal agresiva”. Aunque sí ha elaborado un proyecto de ley para eliminar el blindaje fiscal de los intereses y royalties enviados a los países incluidos en la lista negra de paraísos de la UE, que sólo incluye a una docena de territorios.

Un modelo societario para cada necesidad

Bruselas también destaca en sus tirones de orejas a Luxemburgo que es el país del mundo que más inversión directa recibe a través de entidades de propósito especial, o sociedades instrumentales. Según las cifras aportadas por el informe del Parlamento Europeo, el 38% de las entradas de capital extranjero en el Gran Ducado y el 32% de las salidas se producen a través de estas entidades, creadas para alcanzar un objetivo concreto y definido de antemano. Están diseñadas para evitar que el riesgo se transfiera a los propietarios de la entidad. Sólo se dedican a comprar y financiar activos muy específicos, y pueden adoptar muy diferentes formas societarias: desde sociedades anónimas o limitadas hasta fideicomisos, o fundaciones como las stichting holandesas. También en Reino Unido o la isla de Jersey, por ejemplo, se pueden constituir este tipo de sociedades.

En España acaba de cerrarse el plazo de audiencia pública del anteproyecto de Ley del Mercado de Valores que regulará las sociedades cotizadas con propósito especial para la adquisición o SPAC, cuyo único objetivo inicial es obtener fondos mediante una oferta pública de acciones, para encontrar después, en un plazo de dos años, una empresa donde invertirlos. Así, esta segunda sociedad termina siendo una empresa cotizada que sirve a la primera para salir a bolsa sin pasar por los trámites requeridos para una oferta pública de acciones. En Estados Unidos se han puesto de moda entre deportistas millonarios y cantantes. El anteproyecto vende las SPAC como “un mecanismo alternativo a la salida a Bolsa tradicional”, pensado sobre todo para “empresas en desarrollo” y como manera de diversificar las fuentes de financiación. También existen las ETVE (Entidades de Tenencia de Valores Extranjeros), que disfrutan de un régimen fiscal especial, con exenciones en dividendos y plusvalías.

Luxemburgo ha creado un abanico propio de sociedades con sus propios regímenes fiscales, que se adaptan a las necesidades de inversores extranjeros ávidos por rebajar sus facturas fiscales y por ocultar cualquier vínculo con sus activos. La sopa de letras es amplia. Las soparfis (Sociedad de Participación Financiera) pueden quedar exoneradas de tributar por los dividendos pagados si poseen al menos el 10% del capital de una filial en Luxemburgo o una participación de 1,2 millones de euros durante un año. Lo mismo ocurre con los dividendos recibidos de su matriz. Tampoco tributan por las plusvalías si venden acciones –y poseen un 10% del capital o seis millones de euros en acciones de la filial durante un año–. Estas sociedades se utilizan para gestionar participaciones de filiales.

Para gestionar el patrimonio de los más ricos se crearon en 2007 las SPF (Sociedad de Gestión de Patrimonio Familiar), que no pueden realizar actividades comerciales ni poseer bienes inmuebles o propiedad intelectual, pero sí comprar y vender desde acciones y metales preciosos hasta dinero en efectivo o divisas o fondos de inversión. Están exentas del impuesto de sociedades y de patrimonio. Tampoco se les retiene nada por dividendos ni por plusvalías.

Ventajas fiscales tienen igualmente las sicavs, las sociedades de inversión colectiva, allí conocidas como ucits, que también sirven para albergar grandes patrimonios empresariales o familiares. Para constituirse, necesitan un capital social de 1,25 millones de euros, mientras que en España hacen falta 2,4 millones. Si se trata de un SIF (Fondo de Inversión Especializado) basta con un solo inversor; en España son necesarios 100 para crear una sicav.

Finalmente, las sicar son sociedades de inversión de capital riesgo, para las que es necesario un capital mínimo de un millón de euros. Están exentas del impuesto de patrimonio, pero tributan por sus beneficios, aunque con exenciones por dividendos, plusvalías e intereses.

Esta colección de beneficios fiscales ha levantado las protestas del resto de los Estados miembros de la UE, que en algunos casos requieren, a través de sus respectivas normas contra la evasión, que las sociedades registradas en Luxemburgo proporcionen pruebas de que no son entidades vacías, meras empresas buzón. Para ello deben poseer lo que se llama sustancia fiscal. Los despachos dedicados a crear y gestionar estas estructuras recomiendan a sus clientes abrir una oficina real, contratar empleados e incluso obtener ingresos de actividades distintas a las de holding. “Estas medidas tienen un coste; sin embargo, una de las razones más importantes para crear una entidad de propósito especial es beneficiarse de ciertas ventajas fiscales, que superan con creces los costes de creación de la sustancia fiscal”, explican con absoluta franqueza.

De hecho, la oferta corporativa luxemburguesa también puede presumir de otras comodidades más prosaicas, como una gran simplificación de trámites, por ejemplo. Los gestores prometen completar en sólo 10 días la constitución de una sociedad en el Gran Ducado.

El resto de los miembros de la UE, cómplices

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Luxemburgo también acaparó la atención mundial cuando se hicieron públicos los denominados tax rulings, acuerdos fiscales que su gobierno había firmado entre 2002 y 2010 con 343 empresas, entre ellas algunas de las principales multinacionales del planeta, desde Amazon y Apple hasta Ikea o Vodafone. Como desvelaron los Luxleaks en 2014, los intermediarios entre las autoridades del Gran Ducado y las compañías habían sido los cuatro gigantes de la consultoría internacional: PwC, KPMG, Ernst & Young y Deloitte. Gracias a esos acuerdos, las multinacionales no pagaban ni un 1% de sus beneficios en impuestos. Tras el escándalo, los tax rulings siguen siendo legales, pero los Estados miembros tienen que informar sobre los que firman.

Se trata, pues, de un primer ejercicio de transparencia en un país que se ha convertido en un centro financiero mundial gracias a la opacidad, vendida al inversor extranjero como discreción y confidencialidad. Tras la crisis financiera de 2008, la mayor presión sobre los paraísos fiscales más descarados forzó a muchos capitales a trasladarse a una plaza un poco más regulada como Luxemburgo. Según la OCDE, el principal inversor en el Gran Ducado son las Bermudas, con un 13,5% del capital, por delante incluso del Reino Unido, con un 13,1%, Irlanda –12,1%– y Países Bajos –9,3%–. Otro centro offshore puro, las Islas Caimán, es el sexto país con más filiales en el pequeño país europeo.

La publicación en febrero de las revelaciones de OpenLux sobre el Registro de Luxemburgo dio lugar a un debate en el Parlamento Europeo donde el presidente de la subcomisión de Asuntos Fiscales, el holandés Paul Tang, tachó de “vergonzoso” que entre los 10 principales paraísos fiscales figuren dos países europeos: Luxemburgo y Países Bajos. En el pleno también se repitieron los llamamientos a romper el “tabú” y señalar claramente a ambos como paraísos fiscales dentro de la Unión Europeaseñalar claramente a ambos como paraísos fiscales dentro de la Unión Europea. “Todo el mundo apunta a Luxemburgo, pero ¿realmente debemos creer que un pequeño Estado puede convertirse en el segundo centro financiero del mundo tras EEUU sin la complicidad de los demás Estados miembros de la UE?”, preguntó al pleno el italiano Piernicola Pedicini. Otros eurodiputados pidieron a la Comisión que abriera un procedimiento de infracción para garantizar que Luxemburgo cumple con las leyes contra el blanqueo y la evasión fiscal. “La UE tiene un problema grave con Luxemburgo y, seis años después de LuxLeaks, el país sigue sin dar pasos suficientes para acabar con prácticas propias de un paraíso fiscal”, resumió el español Ernest Urtasun, tras recordar que en el Gran Ducado “esconden su riqueza” oligarcas, élites corruptas, traficantes de armas, organizaciones mafiosas y criminales ambientales”.

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