Investigación
La otra cara de la Cruz Roja: despidos ilegales recurrentes y trabajadores en el limbo
“El terremoto de Vicente es la falta de empleo digno”. Así arranca la última campaña publicitaria de Cruz Roja Española, Catástrofes del día a día, que recuerda que también existen desastres invisibles como la soledad, la precariedad o la falta de oportunidades. Según el vídeo, la entidad ayudó a 274.579 personas a encontrar trabajo en el último año.
Para Alberto —nombre ficticio— el terremoto no fue una metáfora. Llegó en diciembre de 2023, cuando Cruz Roja le despidió tras más de veinte años en la institución. Recibió la comunicación de despido una mañana cualquiera, y en cuestión de minutos su usuario corporativo fue desactivado. “Ni siquiera pude llegar a enviar el documento en el que estaba trabajando ni despedirme de mis compañeros”, recuerda.
Como él, otros catorce trabajadores de la oficina central en Madrid se vieron fuera de una organización que muchos de ellos conocían como su casa. Lo que ninguno imaginaba entonces era que ese despido sería el primer eslabón de una cadena. En los dos años siguientes, ellos y decenas de empleados más serían despedidos (de momento) dos veces, readmitidos (que no reincorporados) otras dos, y vivirían un conflicto judicial cuya solución aún no se ve cercana.
El primer temblor de este terremoto tuvo lugar cuando la organización se negó a aplicar la subida del 8,5% pactada en el convenio de su oficina central, pese a haber cerrado el ejercicio anterior con más de 25 millones de euros de excedente. En lugar de cumplir lo firmado, advirtió a su plantilla de que, si debía asumir ese coste, habría “ajustes” de personal. Y los hubo: quince trabajadores de la oficina central, algunos con décadas de antigüedad, fueron despedidos en diciembre de 2023, a los que se sumaron más de un centenar en otras sedes provinciales.
Los sindicatos denunciaron y la justicia ratificó que, a pesar de tratarse de centros de trabajo diferentes, no eran despidos aislados, como defendía la organización, sino un despido colectivo encubierto. La Audiencia Nacional anuló los despidos y ordenó la readmisión de todos los afectados, pero el conflicto no había hecho más que empezar.
El limbo de la readmisión
La organización recurrió la sentencia, para unos meses más tarde retirar el recurso y readmitir a los afectados. Sin embargo, esa readmisión nunca fue completa: los trabajadores volvieron a estar en nómina, pero no regresaron a sus puestos, sino que se les obligó a coger sus vacaciones, y una vez terminadas, pasaron a situación de permiso retribuido.
En febrero de 2025, cuando aún seguían en ese limbo, la entidad volvió a despedirlos, esta vez sí, mediante un expediente de regulación formal. La Audiencia Nacional volvió a tumbar el proceso y a ordenar la readmisión, al concluir que la organización había dificultado la negociación entregando documentación incompleta, desordenada y en algunos casos incongruente, lo que impidió a los representantes de los trabajadores conocer las causas reales de los despidos.
Cruz Roja aseguró entonces por escrito a los trabajadores que acataría la sentencia y que no recurriría, pero solo cumplió la mitad: convocó una reunión formal de readmisión, les dio de alta de nuevo y les citó para firmar la documentación —sin permitirles volver a sus puestos ni devolverles sus funciones—, pero el último día del plazo, y contraviniendo lo anunciado, presentó otro recurso ante el Tribunal Supremo.
Ahora, los trabajadores readmitidos cobran mensualmente sus nóminas, aunque no pueden consultarlas porque no tienen acceso a las plataformas internas, ni al edificio —en la reunión de readmisión se les facilitaron tarjetas de visitante—, ni tareas asignadas. El sentir general del grupo de la oficina central es de profunda decepción con la institución: “Hemos tenido que hacer un proceso de duelo respecto a nuestras carreras y nuestra vinculación con la entidad”, señalan. Todos hacen el esfuerzo de separar la Cruz Roja y su labor humanitaria de sus actuales dirigentes y modo de operar, pero la “disonancia de valores” entre los promovidos y los puestos en práctica es imposible de ignorar para ellos.
Tras la segunda “reincorporación en falso” han interpuesto una denuncia ante la Inspección de Trabajo por lo que consideran un incumplimiento de la sentencia que obliga a Cruz Roja a devolverles sus empleos. La organización, por su parte, traslada que sus puestos están amortizados y ya no existen, a pesar de que, según señalan los trabajadores, en la mayoría de los casos simplemente los están ocupando otras personas.
Ante la pregunta de si la entidad planea un tercer proceso de despidos, la respuesta de Cruz Roja en la última reunión con los trabajadores fue que no lo sabe, pero “el que quiere leer entre líneas, que lea”. Los trabajadores dan por hecho que habrá un tercer intento, y algunas fuentes apuntan a que la dirección ya habría iniciado los preparativos.
El origen del conflicto
El enfrentamiento entre Cruz Roja Española y la plantilla de su oficina central comenzó con un incumplimiento por parte de la organización. El artículo 40 de su convenio colectivo, firmado en 2014, establece que los sueldos deben subir cada año el mismo porcentaje que las pensiones públicas, en lugar de ir ligados a la inflación. Durante años, esa fórmula jugó a favor de la organización: las pensiones crecían —si lo hacían— menos que el IPC y la medida permitía contener los costes salariales.
Pero en 2023, tras la revalorización de las pensiones en un 8,5%, la dirección de Cruz Roja decidió que no aplicaría la subida íntegra. Alegó que el incremento era “inasumible” para la organización y propuso un aumento alternativo del 3%, que tras las negociaciones con los sindicatos se elevó al 5,7%. El comité de empresa rechazó la propuesta y defendió que la entidad debía cumplir lo firmado.
Ante la tensión, el 24 de febrero de 2023, la dirección envió una carta a toda la plantilla de la oficina central en la que advertía que, si debía aplicar la subida del 8,5%, “se produciría un conflicto laboral” y serían necesarias “medidas de ajuste que incidirían en la plantilla”.
Los sindicatos llevaron el desacuerdo ante la Comisión Consultiva de Convenios Colectivos de la Comunidad de Madrid. En noviembre, la resolución fue clara: no existían causas económicas que justificaran el incumplimiento. La organización, que en 2022 había presentado un excedente de 25,69 millones de euros en sus cuentas, debía aplicar la subida pactada en el convenio.
Pocas semanas después, en diciembre, la advertencia se materializó. Quince trabajadores de la Oficina Central, muchos de ellos con una larga trayectoria en la institución, fueron despedidos por “causas organizativas”. A ellos se sumaron decenas de despidos más en otras sedes autonómicas y provinciales. En total, 149 extinciones de contrato en apenas tres meses, todas firmadas bajo el mismo CIF de Cruz Roja Española.
La primera sentencia: el ERE encubierto
El golpe fue especialmente duro en la oficina central, el corazón administrativo y operativo de Cruz Roja Española. Algunos de los despedidos llevaban más de veinte años en la casa y ocupaban puestos de responsabilidad, otros habían sido contratados recientemente tras pasar años trabajando para Cruz Roja a través de empresas de trabajo temporal. Ninguno había recibido advertencias ni evaluaciones negativas.
En paralelo, en sedes provinciales y autonómicas se sucedía también “un goteo de despidos”, según definen los sindicatos. En total, 149 personas perdieron su empleo entre octubre y diciembre de 2023. Las cartas de extinción se firmaban con el mismo CIF, el de la Cruz Roja Española, pero procedían de distintos departamentos y territorios.
Para los sindicatos UGT y CCOO, aquello no podía considerarse una suma de despidos individuales: era un despido colectivo de hecho, un ERE encubierto sin negociación ni periodo de consultas. El 14 de enero de 2024 presentaron una demanda ante la Audiencia Nacional, alegando que la entidad había vulnerado el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.
El 27 de junio de 2024, la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional les dio la razón. En su sentencia, el tribunal declaró la nulidad del despido colectivo y ordenó la readmisión de todos los trabajadores, estableciendo que Cruz Roja había superado los umbrales legales de despido colectivo sin seguir el procedimiento exigido por ley.
La resolución fue contundente. La Audiencia consideró además que parte de las bajas alegadas como “no superación del periodo de prueba” eran fraudulentas, y que las extinciones debían contarse a nivel de toda la empresa, no por centros de trabajo, dado que Cruz Roja opera bajo un único CIF y estructura.
Los sindicatos denunciaron que la organización usara “fondos públicos y donaciones” para “despedir de forma ilegal e injusta” y advirtió que recurrir la sentencia podría suponer “un ingente desembolso económico que comprometería los programas sociales de la entidad”. Aun así, la dirección anunció que recurriría ante el Tribunal Supremo, retrasando la readmisión a la que la sentencia le obligaba.
Fuentes cercanas al proceso y a la entidad explican la importancia de esta sentencia: por primera vez, la Audiencia Nacional reconocía la unidad de todos sus trabajadores, independientemente de la delegación o el territorio en el que prestaran servicio. La resolución desmontaba así uno de los argumentos centrales de la organización, que defendía que los despidos debían computarse por centros de trabajo y no a escala global.
Según explican fuentes sindicales, los despidos colectivos sin recurrir formalmente a un ERE llevaban tiempo siendo una práctica habitual dentro de la entidad. Sin embargo, esta vez los sindicatos decidieron denunciar. En primer lugar, porque, aunque Cruz Roja suele funcionar por proyectos —y algunos tienen una fecha de fin que justifica extinciones de contrato concretas—, en este caso los despidos afectaban a puestos estructurales de la oficina central, sin relación con ningún programa temporal.
En segundo lugar, según las mismas fuentes, porque la organización había utilizado tradicionalmente la temporalidad como herramienta de control sobre la plantilla. “Si te llamaban un domingo y no ibas, ya sabías que ese año no te renovaban”, resume gráficamente una persona conocedora de los procesos internos. Con la reforma laboral y la desaparición del contrato temporal, explican, la dirección ha buscado mantener esa capacidad de presión mediante los despidos colectivos. La negativa rotunda a reincorporar a los trabajadores despedidos de la oficina central responde precisamente, según interpretan ellos mismos, a “no querer perder autoridad ni sentar un precedente favorable a la plantilla”.
Tropezar dos veces en la misma piedra
Tras la primera sentencia, Cruz Roja anunció que acataría el fallo y que procedería a readmitir a los despedidos. La noticia, recibida con alivio por los afectados, pronto se convirtió en desconcierto. La “readmisión” nunca llegó a materializarse: los trabajadores fueron dados de alta en nómina, pero sin recuperar sus puestos, su correo ni sus funciones. Algunos fueron citados para firmar su reingreso y, acto seguido, pasaron a disfrutar sus vacaciones pendientes. Al concluirlas, la organización los mantuvo en casa bajo la fórmula de “permiso retribuido”.
Durante meses, la situación volvió a quedar suspendida en ese limbo. Nadie les asignaba tareas ni confirmaba su regreso, pero seguían figurando como empleados, aunque sin acceso a formación, promoción, o beneficios laborales como el Fondo Social que Cruz Roja ofrece a sus trabajadores. A comienzos de 2025, cuando aún esperaban una reincorporación efectiva, la entidad comunicó la apertura de un nuevo expediente de regulación de empleo que afectaba a 168 personas de 35 centros de trabajo distintos, incluidos los despedidos en 2023 de la oficina central.
El procedimiento, que pretendía dar forma legal al despido anterior, tuvo el mismo resultado. La Audiencia Nacional concluyó que la documentación aportada era incompleta, confusa y, en algunos casos, se presentaba tarde, lo que impedía a los sindicatos evaluar las causas reales del ajuste. Por ello, el pasado 30 de junio el tribunal declaró de nuevo la nulidad del despido colectivo y ordenó la readmisión de todos los trabajadores. El jurista Eduardo Rojo, catedrático de la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB), que ya había analizado la primera resolución, tituló su comentario sobre esta segunda sentencia con ironía: “Tropezar dos veces en la misma piedra”.
Pese a asegurar por escrito que acataría el fallo y no recurriría, la organización volvió a hacerlo el último día del plazo. Los trabajadores, que ya habían firmado su readmisión, se enteraron por los sindicatos de que el caso volvería al Supremo. A día de hoy, siguen cobrando sus nóminas sin acceso al edificio, al correo o a sus puestos, en una situación que califican de “readmisión en falso”.
La organización frente a sus propios principios
Varias personas consultadas, tanto dentro como fuera de la organización, explican que les resulta difícil reconocer en la dirección actual muchos de los valores que la entidad dice defender: la estabilidad, la dignidad en el empleo y el cuidado de quienes atraviesan situaciones vulnerables.
La sucesión de despidos y readmisiones incompletas, la opacidad y la impersonalidad en las comunicaciones, y lo que en ocasiones los sindicatos han considerado una falta absoluta de voluntad negociadora, dibujan un relato difícil de comprender e impropio de una organización de carácter humanitario.
Desde un punto de vista económico, los sindicatos han señalado en varias ocasiones a lo largo de ambos procesos el enorme desembolso que estos han supuesto para la organización. La situación se agrava, a juicio de los sindicatos, al tratarse este dinero de fondos públicos o de donaciones de ciudadanos, que deben dirigirse a sufragar programas sociales y no lo que, según los afectados, constituye una “guerra personal” de la entidad contra una parte de su plantilla.
La entidad no ha hecho pública una cifra del gasto provocado por este proceso, pero Mar Echenique, exresponsable del Área de Salud Mental de la organización, y parte del grupo de trabajadores despedidos, calcula que el importe puede estar en torno a los cinco millones de euros, solo en salarios de tramitación y cotizaciones, sin contar los honorarios legales asociados al proceso.
Para los trabajadores afectados resulta además especialmente doloroso que el conflicto se iniciara por razones económicas, cuando Cruz Roja se negó a asumir la subida salarial reflejada en el convenio alegando falta de fondos —a pesar de su abultado resultado económico ese año, en línea con los anteriores y con los siguientes—, para que la entidad acabara gastando más dinero en sendos despidos y readmisiones que el que pretendía ahorrar negándose a llevar a cabo la subida pactada.
Por otro lado, desde el punto de vista social, las mismas fuentes manifiestan su incredulidad ante el comportamiento de la dirección de Cruz Roja. Mientras parte de la plantilla que continúa dentro de la organización refiere un clima de miedo y desconfianza en la cúpula, a la que acusan de actuar mediante criterios mercantiles y no humanitarios, los trabajadores afectados hablan de un “daño moral” más allá del económico: “La función de Cruz Roja es proteger y socorrer al vulnerable, no crear más vulnerabilidad”, resume uno de ellos.