35 años del golpe de Estado

23-F: la opacidad que consagra una ley franquista impide saber todo lo que ocurrió

El golpista Antonio Tejero Molina, el 23-F, en el Congreso de los Diputados.

La documentación oficial de la investigación judicial que se llevó a cabo para esclarecer el golpe de Estado promovido por el teniente coronel Antonio Tejero se encuentra bajo secreto. Y así seguirá, si no es desclasificada antes, hasta el año 2031. 

Una ley aprobada en la época de Franco impide conocer con exactitud qué pasó en uno de los momentos claves desde la reinstauración de la democracia en España. Se trata de la Ley de Secretos Oficiales, aprobada en 1968. Desde entonces esta norma sólo fue modificada una vez –y de forma parcial– en 1978, antes de la aprobación de la Constitución. En su artículo 2, esta ley establece que son "materias clasificadas" los asuntos, documentos o informaciones "cuyo conocimiento por personas no autorizadas pueda dañar o poner en riesgo la seguridad y defensa del Estado". Esas materias, a su vez, son calificadas de secretas o reservadas según el grado de protección que requieran.

La competencia sobre quién puede dictar esa reserva recae únicamente sobre dos instituciones: el Consejo de Ministros y el Estado Mayor de la Defensa. Además, los ministerios de Defensa, Exteriores e Interior también gozan de esa potestad siempre que haya un acuerdo previo del Ejecutivo. Pero lo "grave", tal y como explica a infoLibre Carlos Sanz, profesor de Historia Contemporánea de la Universidad Complutense de Madrid, es que no existen listados sobre qué documentos están clasificados ni por cuánto tiempo.

Es decir, es imposible saber qué documentos reservados del 23-F serían susceptibles de desclasificación. "Hay suposiciones sobre información que puede haber existido pero su existencia no se puede demostrar. Por ejemplo se cree que puede haber grabadas centenares de horas de conversaciones mantenidas aquel día entre el Congreso y el exterior, tal y como han asegurado periodistas de investigación, pero no hay certeza de ello. Es un primer obstáculo a la hora de hacer cualquier demanda de información", señala Sanz. 

Este historiador alude a la proposición no de ley que el grupo de Izquierda Plural presentó en el Congreso durante la pasada legislatura y en la que pedía la desclasificación de todos los documentos y grabaciones de las conversaciones telefónicas en poder del Estado, incluidos los servicios de inteligencia, relacionados con ese momento de la historia de España. "Pero el primer escollo es que ni siquiera un grupo parlamentario puede hacer una relación de los documentos a desclasificar", se queja Sanz. 

Acceso a la información 

La legislación española tampoco prevé el establecimiento de mecanismos por los que los ciudadanos puedan pedir la desclasificación de los secretos, una cuestión que consagran los convenios europeos de transparencia y de garantía en el acceso a la información que España ha rubricado pero a los que no da cumplimiento. Otra anomalía es la no existencia de mecanismos automáticos de desclasificación como sí hay en otros países, tal y como denuncia Susana Sánchez Ferro, profesora de Derecho Constitucional en la Universidad Autónoma de Madrid. 

Pero hay más. Sánchez Ferro apunta como otra deficiencia de la situación española la no existencia de un sistema en el que se pondere el daño que se puede hacer a la seguridad del Estado frente al interés público del acceso a esa información. "La realidad es que prácticamente todo puede ser clasificado y el único control que existe es el de la Comisión de Gastos Reservados, conocida como de secretos oficiales. Sin embargo, hay tal cantidad de información que se puede clasificar que es complicado que los diputados la puedan analizar con detenimiento", señala.

Por eso, respecto al 23-F, Sánchez Ferro considera que se debería tener en cuenta si ese supuesto riesgo a la seguridad del Estado que justifica el mantenimiento en secreto de documentos relacionados con ese acontecimiento es "actual". "Mucha de esa información tiene un interés histórico evidente y podría desclasificarse perfectamente manteniendo a la sombra cuestiones como las fuentes, los confidentes, los medios de trabajo de los servicios de inteligencia... El problema es que como no hay mecanismos de revisión automática ni sistemática de los documentos clasificados se produce una acumulación que hace que sea complicado y costoso acceder a esa desclasificación", asevera. 

Por eso Sánchez Ferro considera que es necesaria una reforma legislativa que articule un buen sistema de desclasificación de la información en el que se concrete qué información puede ser clasificada "más allá de una genérica referencia a la seguridad nacional". En Estados Unidos, por ejemplo, hay un sistema por categorías. A su juicio, la clave está en mejorar la posibilidad de poner en marcha el proceso de revisión de la información clasificada a partir de las peticiones fundadas de acceso a la información, lo que se lograría con una mejora de los mecanismos previstos en la Ley de Transparencia. 

Ley de Transparencia 

El Congreso debate reformar la Ley de Secretos que impide acceder a los documentos del 23F

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Hace dos años, un libro publicado por la periodista Pilar Urbano en el que esta acusaba al rey Juan Carlos I de estar al corriente de la llamada Operación Armada, cuya meta habría sido poner a este general en la presidencia de un gobierno de concentración cuyo vicepresidente era Felipe González, volvió a poner el foco en la opacidad que rodea al 23-F. El programa Salvados de LaSexta también denunció a través de un falso documental lo poco que se conoce de forma clara todavía sobre este hecho. Sin embargo, poco ha cambiado desde entonces. 

La Ley de Transparencia, que entró en vigor a finales de 2014, aborda de una manera tangencial y regresiva este controvertido asunto. De hecho, en su artículo 14 detalla que el derecho al acceso a la información "podrá ser limitado cuando acceder a la información suponga un perjuicio para la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores, la seguridad pública, […] los intereses económicos y comerciales, la política económica y monetaria […], la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión, o la protección del medio ambiente". No precisa, no obstante, en qué circunstancias está restringido el acceso a estas materias reservadas.

El problema, según Sánchez Ferro, es que el ítem es "muy amplio" y "no concreta el perjuicio". Es decir, da igual que ese daño sea leve o grave, basta con que la autoridad entienda que hay un perjuicio para que se deniegue el acceso. Y una vez denegado el particular tiene que acceder a los tribunales –que han sido tradicionalmente muy garantistas– para intentar que se le facilite el acceso a esa información. No obstante, esta experta sí valora que la Ley de Transparencia establezca la posibilidad de clasificar documentos sólo de forma parcial, algo que no era posible antes de su aprobación.

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