las consecuencias del 'procés'

El Constitucional esperará a que se pronuncie el TJUE antes de cerrar el ciclo de la ley de amnistía

Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

La ruptura de Junts con el Gobierno de Pedro Sánchez ha tenido un efecto balsámico sobre el Tribunal Constitucional. El órgano de garantías ha dejado de sufrir presiones de unos y otros para decidir cuanto antes los recursos e impugnaciones pendientes relacionados con la ley de amnistía. El tribunal, que avaló el pasado junio la constitucionalidad de la norma, no tiene previsto resolver sobre el fondo de los recursos de amparo de Carles Puigdemont, Oriol Junqueras y el resto de los líderes del procés hasta que se pronuncie el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), algo que se espera para enero. Una resolución que estime el encaje de la ley de amnistía en el ordenamiento europeo cerraría la puerta a nuevas cuestiones prejudiciales procedentes de tribunales españoles al ejecutar los hipotéticos amparos a Puigdemont y al resto de dirigentes condenados y procesados a los que el Supremo no aplicó la norma.

El último acto del aluvión de recursos, cuestiones y amparos planteados se produjo este martes. Los magistrados retiraron del orden del día del Pleno las peticiones de que se dejaran sin efecto las penas de inhabilitación del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras y los exconsellers Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa. Los ponentes de las resoluciones, el presidente Cándido Conde-Pumpido (progresista) y los conservadores José María Macías y César Tolosa coincidieron en oponerse a la medida cautelar solicitada por los dirigentes del procés condenados, aunque con distintos argumentos. Con la retirada del asunto se busca coordinar los razonamientos para denegar las cuatro peticiones que sí apoyaba el Abogado del Estado. Se da por seguro que el resto de magistrados votarán en el mismo sentido.

El retraso en la resolución de esas medidas cautelares permite, además, al tribunal, ganar tiempo de cara a la próxima resolución por el TJUE de las dos cuestiones prejudiciales contra la ley planteadas por el Tribunal de Cuentas y la Audiencia Nacional. El informe del abogado general de la UE, presentado el pasado 13 de noviembre, fue muy favorable a las tesis del Gobierno al sostener que la ley de amnistía no afecta a los intereses financieros de la UE ni tampoco a la directiva europea sobre terrorismo. Si, como se da en la inmensa mayoría de casos, la resolución final del tribunal europeo sigue el criterio del abogado general, el Constitucional tendría manos libres para estimar los recursos de amparo de los cargos independentistas contra la decisión del Supremo de no amnistiar la malversación.

El fondo de esos recursos no es la constitucionalidad de la norma, algo ya confirmado por el tribunal, sino que tiene que ver con derechos fundamentales que suponen garantías básicas del proceso, como el derecho a la legalidad penal (que se aplique la disposición prevista al caso, es decir la ley de amnistía) o la retroactividad de las disposiciones sancionadoras más favorables (la ley de amnistía lo es). La Sala de lo Penal del Supremo, en una decisión muy cuestionada, decidió no aplicar esa ley al delito de malversación al considerar –en contra de lo que establece su propio texto, la intención reflejada en su exposición de motivos y la de los grupos políticos que la apoyaron–, que los condenados y procesados se habían enriquecido personalmente al dedicar fondos públicos al procés. Tras meses de debates y polémicas parlamentarias, sus magistrados fueron, probablemente, los únicos que no entendieron o no quisieron entender cuál era la finalidad de la amnistía.

Pese al rechazo casi unánime a dejar sin efecto de manera cautelar las penas de inhabilitación en este momento –las derivadas, precisamente, de la condena por malversación– hasta que haya sentencia sobre el fondo del asunto, en el Constitucional se da por seguro que la mayoría progresista sacará adelante las resoluciones que estimen los recursos de amparo. Esas sentencias, que declararán previsiblemente que las garantías básicas de los condenados y procesados fueron vulneradas nada menos que por la máxima instancia penal española, obligarán al Supremo, esta vez sí, a amnistiar los delitos de Puigdemont y el resto de exconsellers.

Esperar al TJUE tiene, además, otra ventaja más para el Constitucional. Tras las resoluciones que rebajaron las penas de la pieza política de los ERE –entre ellas las de Manuel Chaves y José Antonio Griñán– la Audiencia de Sevilla, que tenía que redactar nuevas sentencias, decidió no acatar los amparos concedidos por el Constitucional y cuestionarlos en Luxemburgo. La cuestión prejudicial, planteada después de que la reclamara el PP e inspirada por los votos particulares de los magistrados del TC a propuesta de ese mismo partido, no parece que tenga mucho recorrido, aunque sí puede retrasar la resolución definitiva de esos casos. Esperar al TJUE en el caso de la amnistía podría acabar con la tentación del Supremo de ejecutar una maniobra semejante para combatir un futuro amparo a Puigdemont que le permitiría volver a España sin riesgo de ser encarcelado.

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