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La Fiscalía constata que el fin de la pandemia fue un "factor precipitante" del "aluvión" de feminicidios

Manifestación feminista en Valladolid

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La Fiscalía General del Estado (FGE) constata en su Memoria correspondiente al año 2021 que el levantamiento de las restricciones impuestas por la pandemia del covid-19 pudo actuar como "factor precipitante" del "aluvión" de feminicidios en España. "Sabíamos que con la finalización de las medidas restrictivas de libertad se incrementaba el riesgo para estas mujeres, pues iba a provocar en los agresores la percepción de pérdida de control sobre la víctima siendo este un factor precipitante que podía conducir al homicidio o a agresiones graves y, ese temor se materializó en un aluvión de feminicidios, a lo que se unió el asesinato de las dos niñas de Tenerife que tanto dolor y consternación produjo a nivel mundial", subraya la Fiscalía en su Memoria, a la que ha tenido acceso Europa Press.

En concreto, con relación al cómputo anual, el documento, que se ha presentado este miércoles, recoge que el total de feminicidios íntimos de pareja registrados en 2021 fue de 50, un número superior al de 2020, 46 víctimas, (un 8,6% más), pero inferior al de los años 2019 (59 víctimas) y 2018 (51 víctimas).

Así, la Fiscalía señala que, si se hace una media, resultaría que en España en el año 2021 se cometieron 4,25 feminicidios íntimos al mes y, cuando se alzaron las medidas, se superó esa media en un 64,7% en el mes de mayo (7 feminicidios) y en un 135,3% en el mes de junio (10 feminicidios), cometiéndose en esos dos meses el 21,56% de los feminicidios de todo el año 2021.

La Fiscalía precisa que este ascenso en el número de feminicidios íntimos registrado en el último año es "una excepción" en el histórico de la última década, en la que se venía observando una tendencia a la baja, y lo atribuye a los efectos de la pandemia.

Asimismo, el informe de la Fiscalía pone de relieve el incremento "importante" de las medidas de protección adoptadas en los casos en los que las mujeres habían denunciado. De las 50 mujeres asesinadas en 2021 habían denunciado 11; en diez ocasiones se había acordado alguna prohibición de aproximación, y en siete, estaba vigente una pena o medida de prohibición de aproximación. En este sentido, la Fiscalía sugiere potenciar las denuncias.

La Fiscalía valora, asimismo, como un "instrumento valiosísimo" que debe "generalizarse y consolidarse" las valoraciones forenses urgentes del riesgo en las guardias, aunque reprueba que solo se realizan en algunas Fiscalías y se producen "desigualdades intolerables".

Dificultad para guardar 500 metros de distancia en pueblos

En relación con los dispositivos de control de cumplimiento (DTC), mecanismo de seguimiento del cumplimiento de las prohibiciones de aproximación, la Fiscalía constata una consolidación de su uso, pero recoge algunos problemas derivados de la dificultad de guardar la distancia de 500 metros en localidades pequeñas, por ejemplo, Castellón reportó que varias mujeres solicitaron la retirada del dispositivo por la angustia que les generaban las alertas en estos casos, o la "deficiente cobertura" de zonas rurales aisladas.

La Memoria también refleja que varias Fiscalías (Girona, Baleares, Cáceres, Coruña, entre otras) detallan que la propia mujer, muchas veces, no percibe el riesgo a que está expuesta, lo que se traduce en posteriores reanudaciones de convivencia y quebrantamientos de medidas o penas.

Respecto a las órdenes de protección, la Fiscalía valora positivamente el impacto de la modificación de la Ley de protección a la infancia pues las resoluciones en las que se acordó la suspensión del régimen de visitas se duplicaron pasando de las 847 en 2020 a las 1.895 en 2021.

La Memoria recoge también los resultados de un estudio de 1.060 órdenes de protección en toda España elaborado por la Unidad especializada de la Fiscalía de Violencia sobre la Mujer durante el segundo semestre del año 2021. De las resoluciones examinadas en la que no existía régimen de visitas, el 30% acuerdan régimen de visitas y el 70% no fijan régimen alguno.

Algunas fiscalías destacan las resistencias con las que se encuentran para seguir los criterios dispuestos en la nota de 14 de octubre de la Fiscalía de Sala de Violencia sobre la Mujer en la que se ofrecía como criterio orientativo que, "cuando existan hijos o hijas menores que conviven con la mujer víctima de violencia de género, los señores fiscales no interesarán el establecimiento de un régimen de visitas en la comparecencia de orden de protección".

La Fiscalía recuerda que remitió un oficio a la totalidad de las fiscalías especializadas del territorio nacional en la que se recomendaba interponer recurso de apelación frente a las resoluciones de órdenes de protección que regulan visitas no dispuestas con anterioridad. En este sentido, dice estar estudiando los autos de algunas de las salas de las Audiencias Provinciales, Cáceres, Albacete y Madrid, que se apartaron de este criterio.

Bajo porcentaje de acusación por maltrato habitual

Atendiendo a la naturaleza del delito, la Fiscalía señala que le llama la atención el "bajo" porcentaje de acusación por delito de maltrato habitual, con un 6,6%. "Nos conduce a reflexionar acerca de la necesidad de intensificar el esfuerzo instructor en la acreditación de este tipo de delitos, de ordinario de gran complejidad probatoria", subraya.

Por otro lado, la Memoria recoge que la dispensa a declarar continúa citándose por las distintas Fiscalías como la principal causa que motiva el sobreseimiento del procedimiento y refleja la preocupación de los fiscales ante las situaciones en que la víctima desea acogerse a la dispensa y es informada de que no puede hacerlo. La experiencia acumulada hasta el momento es que, en tales casos, se muestran reticentes, responden de forma vaga, incurren en contradicciones e incluso llegan a autoinculparse de los hechos.

En este sentido, la Fiscalía advierte de que se encuentran ante la "paradójica tesitura de que, una reforma legal realizada con el objeto de otorgar protección a las víctimas de violencia de género y erradicar los espacios de impunidad derivados de la dispensa, puede volverse en contra de las víctimas si no se hace un adecuado tratamiento de la prueba y se investigan las causas que han llevado a la víctima a adoptar esa postura".

Propuesta de reforma legal

Ante estos datos, la Fiscalía sugiere diferentes propuestas de reforma legal entre las que destaca la eliminación de la pena alternativa de trabajos en beneficio de la comunidad en materia de violencia de género, por sus "problemas de ejecución", por su "más que dudosa eficacia en cuanto a la rehabilitación y reeducación" y porque determina que la pena de prohibición de aproximación se concrete por plazos de 6 meses o inferiores.

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"En tan cortos periodos de tiempo no solo es difícil garantizar la consecución de los fines preventivos aludidos, sino que, además, se pone en riesgo la recuperación de las víctimas que requieren de largos periodos de adaptación, terapias y tratamientos sin injerencias por parte de los agresores", subraya.

Igualmente, propone la modificación íntegra de la dispensa de la obligación de declarar y la regulación expresa de la prueba testifical preconstituida de las víctimas más vulnerables, especialmente, de las de violencia sexual.

Entre las propuestas de actuación administrativa, la Fiscalía plantea crear ventanillas únicas de recepción de denuncias; implementar en todo el territorio órganos de investigación y enjuiciamiento especializados; garantizar la fácil comprensión y la comunicación de las personas con discapacidad, y adaptar las salas donde se recibe a los menores. En concreto, propone la utilización de cámaras Gesell, un espacio con dos habitaciones contiguas separadas por un vidrio espejado que permite mirar solo por un lado.

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