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Justicia

El indulto parcial, la vía intermedia utilizada en los casos más polémicos y que también puede implicar la libertad

El expresident Quim Torra junto a Pere Aragonès, este lunes durante su toma de posesión en un acto institucional en el Palau de la Generalitat.
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Cuando se habla de indultos, las opciones no son siempre rechazarlos o conmutar la totalidad de la condena de los solicitantes. La vía intermedia, y que se utiliza en muchos más casos de lo que parece, es el indulto parcial, que implica reducir en parte la condena, casi siempre con el efecto inmediato de que el reo en cuestión puede ya acceder al tercer grado y, por tanto, salir de la cárcel. La pena no se conmuta por completo, pero la rebaja puede implicar que pueda esperar en libertad lo que le resta de condena. Así ha ocurrido en el pasado con algunos de los indultos más polémicos, tan polémicos como lo está siendo el caso de los líderes independentistas catalanes condenados por el procés.

Así, por ejemplo, el exministro del Interior José Barrionuevo, su ex secretario de Estado Rafael Vera, el ex director general de Seguridad Julián Sancristóbal, así como los militares condenados por las fraudulentas identificaciones de la mitad de las víctimas del accidente del Yak-42 fueron indultados parcialmente, una medida de gracia que, en cada caso, tuvo unas consecuencias directas y concretas. Los tres primeros pudieron salir de prisión con sus primeros permisos, donde sólo habían permanecido unos meses tras ser condenados, mientras que los mandos de las Fuerzas Armadas pudieron continuar con su carrera militar.

El indulto es una figura regulada en una ley que data de finales del siglo XIX. Los términos de su aplicación son bastante generales, pues no deja de ser una medida de gracia que corresponde al gobierno de turno, de ahí la controversia que genera en ciertos casos, sobre todo políticos que se han beneficiado de ella. Según la normativa, el indulto puede ser total o parcial y es este último caso el que queda a disposición del Consejo de Ministros para aplicarlo de la forma en que considere. En el último semestre de 2020 se concedieron 18 indultos, todos ellos parciales.

"Será indulto parcial la remisión de alguna o algunas de las penas impuestas, o de parte de todas en que hubiese incurrido y no hubiese cumplido todavía el delincuente. Se reputará también indulto parcial la conmutación de la pena o penas impuestas al delincuente en otras menos graves", establece la ley. A partir de ahí, la decisión es del Gobierno, que será el que acuerde a quién y cómo se le aplica esta medida de gracia –hasta dónde llega el indulto, cuánta pena se conmuta e incluso qué delitos se perdonan–, siempre que el propio condenado o alguien lo haya solicitado en su lugar. La condición es que el penado esté cumpliendo ya sentencia firme.

En este último precepto, la sentencia firme, entran los doce condenados por el Tribunal Supremo en la causa del proceso independentista catalán. Se presentaron al menos siete peticiones de indulto a favor del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras; los exconsellers Dolors Bassa, Joaquim Forn, Josep Rull, Raül Romeva, Jordi Turull, Santiago Vila, Meritxell Borràs y Carles Mundó –estos tres últimos condenados por desobediencia y sin pena de cárcel–; el expresidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sànchez, el líder de Òmnium Cultural Jordi Cuixart, y la expresidenta del Parlament Carme Forcadell. Todos llevan ya más de tres años en prisión –sumando la provisional y la efectiva–.

La Fiscalía ya se opuso al indulto y el Supremo, por ser el tribunal sentenciador, está a punto de emitir su informe. Según Europa Press, será previsiblemente a final de esta semana. Por anteriores decisiones con respecto a los políticos catalanes condenados, como fue negarles el tercer grado el pasado diciembre, todo hace pensar que no habrá sorpresas y que los magistrados harán un informe desfavorable a la medida de gracia. En dicha ocasión, subrayaron que el tercer grado en aquel momento, siendo la mayoría condenas altas que llegan hasta los trece años de cárcel, supondría "vaciar de contenido" la sentencia dictada en octubre de 2019. Sin embargo, ninguno de estos informes es vinculante para el Gobierno, que tiene la última palabra.

Reabierto el debate sobre los líderes del procés ante la inminencia del informe del Supremo, el ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ya va preparando el terreno para una decisión del Ejecutivo que se ve cada vez más próxima y ha pedido este lunes que el acuerdo final sobre la petición de indulto de los políticos catalanes se vea con "naturalidad", tanto si son favorables como si no lo son o si son "totales o parciales". "Se valorarán uno por uno las distintas circunstancias que concurren y elevaré la propuesta al Consejo de Ministros, ahí habrá un debate evidentemente y se verá la posición del Gobierno", ha remarcado, para insistir después en que la medida de gracia está prevista en nuestro ordenamiento jurídico.

Barrionuevo y Vera, indultados tras tres meses en la cárcel

Hay casos en los que se concede indulto total, pero en muchas ocasiones se opta por una medida parcial, esto es, conmutando alguna de las penas o reduciendo éstas, lo que en casos de pena de prisión puede llevar a una salida casi automática –el tribunal sentenciador ha de hacer el nuevo cálculo–, pues implica la posibilidad de acceder a permisos o incluso al tercer grado, en función del tiempo que el reo lleve en la cárcel. Es lo que ocurrió en indultos muy polémicos como el de la excúpula del Ministerio del Interior condenada por el secuestro de Segundo Marey, primera acción reivindicada por los GAL: el Gobierno de José María Aznar les perdonó en 1998 dos tercios de las penas impuestas a diez de los condenados, por lo que la administración penitenciaria los calificó en régimen abierto y empezaron a obtener permisos. Sólo llevaban tres meses en prisión.

Así, por ejemplo, en el decreto del Consejo de Ministros referido a José Barrionuevo, condenado a diez años de prisión por secuestro y malversación de fondos públicos, perdonaba al exministro "dos tercios de la pena privativa de libertad impuesta", así como la pena de inhabilitación absoluta de forma parcial, de modo que quedó privado definitivamente de "todos los honores, empleos y cargos públicos" que tuviera, aunque fueran "electivos", y fue "incapacitado para obtenerlos y para ser elegido durante el plazo determinado para tal pena, esto es, doce años. Eso sí, le permitía "ejercer el empleo o cargo a que por su carrera profesional pudiera tener derecho, aunque sea en cuerpos del Estado u otra entidad pública, excluyendo, en todo caso, el prestado al servicio o al mando de cualquier clase de cuerpo policial", a condición de que no volviera a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de la condena". Para Rafael Vera, el Gobierno acordó exactamente lo mismo y en ambos casos el tribunal que les condenó, el Supremo, se mostró a favor.

Los condenados del Yak se libraron de ser expulsados

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Un indulto parcial también se concedió a los altos mandos del Ejército condenados por los errores en las identificaciones de 30 de los 62 militares que viajaban a bordo del avión Yak-42 en su regreso de Afganistán. Los comandantes sanitarios José Ramón Ramírez García y Miguel Ángel Sáez García obtuvieron la medida de gracia en abril de 2012, ya con el Gobierno de Mariano Rajoy. Habían sido condenados por la Audiencia Nacional a 18 meses de cárcel, un año de inhabilitación especial y una multa de 900 euros, y el indulto afectó únicamente a la pena de inhabilitación. No habían ingresado en prisión por ser la condena inferior a dos años y con la decisión del Ejecutivo se libraron de ser expulsados de las Fuerzas Armadas. En este caso, también la Fiscalía y el tribunal estuvieron de acuerdo con esta medida. No se sabe qué habría pasado con el general Vicente Navarro, a quien el exministro de Defensa Federico Trillo encargó la repatriación de los cadáveres del avión militar accidentado en Turquía, pues aunque fue condenado a tres años de cárcel, falleció en junio de 2010, antes de cumplir la pena.

Vistos estos antecedentes, en el caso de los líderes del procés cabrían igual distintas opciones, dado que es el Gobierno el que decide en última instancia, ya que el informe del Supremo es preceptivo, pero no vinculante. Puede haber desde un rechazo al indulto a un perdón total, pero también el indulto parcial. También depende de los delitos por los que fue condenado cada uno de ellos. Junqueras, Romeva, Bassa y Turull cumplen condena por sedición en concurso medial con un delito de malversación e inhabilitación absoluta los años de la pena. Según la ley de indultos, el perdón de la pena principal "llevará consigo el de las accesorias que con ella se hubiesen impuesto al penado, a excepción de las de inhabilitación para cargos públicos y derechos políticos y sujeción a la vigilancia de la autoridad". Así, un indulto parcial del Gobierno respecto al delito de sedición podría llevar aparejada una considerable reducción de la pena para estos cuatro condenados, aunque también para el resto sentenciados sólo por sedición.

Por otro lado, también cabría la posibilidad del indulto parcial en lo que respecta a la malversación, dado que el informe de la Abogacía del Estado no se opone a la concesión de la medida de gracia, ya que basa su análisis exclusivamente en este delito, a pesar de que también acusó por sedición en el juicio. Según los servicios jurídicos del Estado, se ha determinado provisionalmente el dinero malversado, en 4,12 millones de euros, y esa cantidad “se encuentra garantizada a día de hoy”. No obstante, un posible indulto sólo respecto a este delito no afectaría a Forn, Rull, Cuixart y Sànchez, que sólo fueron condenados por sedición.

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