El Poder Judicial deja en manos del Tribunal Superior de Justicia de Madrid la sanción a Peinado por dos faltas leves
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, el núcleo duro del órgano de gobierno de los jueces, ha acordado este martes por mayoría remitir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dos de las diligencias informativas abiertas contra el titular del Juzgado de Instrucción nº41 de Madrid, el magistrado Juan Carlos Peinado. Será, por tanto, este órgano quien valorará si el instructor del caso Begoña pudo incurrir en dos faltas leves por, entre otras cosas, poner en cuestión la labor de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. La decisión ha contado con el voto discrepante de varios vocales del llamado sector conservador. Al mismo tiempo, la Permanente ha tomado conocimiento de la propuesta del Promotor de la Acción Disciplinaria de archivar otras cuatro quejas contra el mismo magistrado.
El posible castigo a Peinado, que se jubilará el próximo septiembre septiembre, ha generado división en el seno del Consejo General del Poder Judicial. La semana pasada, la reunión de la Comisión Permanente finalizó sin acuerdo sobre este asunto. Y el encuentro de este martes se ha cerrado con una decisión adoptada por mayoría y con votos particulares discrepantes. El órgano ha acordado remitir al Tribunal Superior de Justicia de Madrid dos de las diligencias informativas incoadas para que valore si el magistrado pudo incurrir en faltas leves de desconsideración y retraso.
El órgano de gobierno de los jueces da ese paso apoyándose en el artículo 421.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece que son los presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia los encargados de emitir "sanción de advertencia" y las Salas de Gobierno de los mismos las que pueden imponer "las sanciones de multa" correspondientes a faltas leves.
La primera de esas diligencias informativas, la que se centra en una falta de desconsideración, tiene que ver con el auto de medidas cautelares que Peinado dictó en el caso Begoña, en el que sugería que las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado podían colaborar en la fuga de la mujer del presidente del Gobierno. En cuanto a la segunda, la misma fue incoada tras la denuncia de un particular por retraso injustificado –desde junio de 2024 a enero de 2026– en la tramitación de un procedimiento.
En relación a la primera, el Promotor de la Acción Disciplinaria propuso el archivo al considerar que solo podría analizar las manifestaciones vertidas si la Audiencia de Madrid decidiera trasladárselas tras tener conocimiento de las mismas vía recurso. Sin embargo, la Permanente recuerda que hay precedentes jurisprudenciales que permiten sancionar sin ese "requisito de procedibilidad". En este sentido, recuerda el castigo, confirmado por el Supremo, impuesto a un magistrado por haber empleados en distintas resoluciones descalificativos hacia la Generalitat de Cataluña.
Cuatro vocales, pertenecientes al llamado bloque conservador, han emitido votos particulares en los que discrepan de la decisión adoptada. En ellos, sostienen que el auto de medidas cautelares emitido por Peinado es "estrictamente jurisdiccional y revisable por la vía ordinaria de los recursos", que es la "sede natural en la que puede apreciarse una eventual ausencia, insuficiencia o desacierto en la motivación". "Ese juicio revisor no es competencia del CGPJ por vía disciplinaria; y ello en observancia y aplicación de la Jurisprudencia de la Sala 3ª del Tribunal Supremo", completan.
Cuatro propuestas de archivo
La Comisión Permanente, del mismo modo, ha tomado conocimiento de las propuestas del Promotor de la Acción Disciplinaria de archivar otras cuatro diligencias informativas contra el magistrado. Una de ellas se incoó a raíz de la queja que interpuso el ministro de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, por su interrogatorio como testigo en el caso Begoña. Otra, por una denuncia presentada por Cristina Álvarez, asesora de Begoña Gómez, tras la filtración a un medio del contenido de una providencia que aún no se había dictado.
La tercera, tiene que ver con las quejas presentadas por el grupo municipal Más Madrid y el diputado socialista Guillermo Hita por una prórroga fuera de plazo en una causa en la que se investiga un delito de malversación. Y la última, tiene su origen en la protesta de un particular a la que no se permitió declarar en un procedimiento por videoconferencia, una denuncia en la que también se acusaba al magistrado de tratar con desconsideración a los letrados intervinientes y de acordar medidas cautelares desproporcionadas.