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Las mujeres con menstruación dolorosa podrán acceder a una baja laboral desde este jueves

Archivo - Una mujer escribe en el teclado de su ordenador.

Las mujeres con menstruación incapacitante tendrán derecho a baja laboral temporal a partir de este jueves, 1 de junio, fecha prevista para su entrada en vigor. Igualmente, se reconoce desde este jueves el derecho a baja por interrupción del embarazo, sea voluntaria o no, así como la baja a partir del primer día de la semana trigésimo novena de gestación, según informa Europa Press.

Estos derechos relativos a la salud menstrual de las mujeres fueron incluidos en el marco de la Ley Orgánica 1/2023, de 28 de febrero, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo en la que se modifica la Ley General de la Seguridad Social para reconocer como situaciones especiales de incapacidad temporal por contingencias comunes aquellas bajas laborales en caso de menstruación incapacitante secundaria, así como la situación posterior a la interrupción del embarazo y el embarazo desde el día primero de la semana trigésima novena.

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Tal y como explicó en su día el Ministerio de Igualdad, la incapacidad temporal será asumida por la Seguridad Social desde el primer día y no se exigirá un mínimo cotizado. Tampoco está establecido un límite de días, sino que cada mujer, bajo prescripción médica, podrá ausentarse de su puesto de trabajo los días que necesite cada mes.

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