La política del Constitucional

El TC resolvió en 10 meses sobre Cataluña y lleva 4 años sin decidir sobre el aborto

El presidente del TC, Francisco Pérez de los Cobos, durante la toma de posesión del nuevo magistrado, Ricardo Enríquez, el pasado 19 de marzo.

Declaración de soberanía de Cataluña: sentencia del Tribunal Constitucional en diez meses. Ley del Aborto socialista: sentencia pendiente desde hace cuatro años. Puede parecer una caricatura, pero no es más que un dato puro y duro. El TC acumula un importante retraso, pero no es homogéneo. Algunos asuntos peregrinan durante años en la institución, y otros se resuelven con cierta agilidad. 

El pasado martes, 25 de marzo, los magistrados sorprendieron al anunciar que habían fallado, y por unanimidad, sobre la resolución aprobada por el Parlament de Cataluña el 23 de enero de 2013. La ponencia no figuraba en el orden del día, pero el presidente, Francisco Pérez de los Cobos, lo modificó para incluirla, a la vista de que estaba bastante madura. El TC declaró inconstitucional y nula la cláusula primera de la declaración –que proclamaba el carácter de sujeto político y jurídico soberano del pueblo de Cataluña– y validó el resto de la moción, siempre que se interprete el "derecho a decidir" como una "aspiración política" que puede defenderse en el marco de una reforma de la Carta Magna. Se ponía así punto final a un recurso anunciado por la vicepresidenta del Ejecutivo, Soraya Sáenz de Santamaría, el 2 de marzo de 2013: el presidente, Mariano Rajoy, se decidía así a impugnar la declaración parlamentaria tras un dictamen favorable del Consejo de Estado. 

Dos meses después, el 8 de mayo, el TC admitió a trámite el recurso, lo que conllevaba además la suspensión cautelar de la resolución. Suspensión ratificada en julio. Tras un primer debate informal el pasado febrero entre los magistrados, con la copia de la ponencia elaborada por la vicepresidenta, la progresista Adela Asua, el TC dictaminó. 

Un caso diametralmente opuesto es el de la Ley de Matrimonio Homosexual, cuyo fallo se demoró siete largos años. O la misma Ley Orgánica de Salud Sexual y Reproductiva y de la Interrupción Voluntaria del Embarazo. El Senado la aprobó definitivamente el 24 de febrero de 2010, aunque no entró en vigor hasta el 5 de julio. Quienes impugnaron la norma fueron el Grupo Parlamentario Popular y el Ejecutivo foral de Navarra. El tribunal de garantías admitió a trámite los dos textos el 30 de junio y, posteriormente, el 14 de julio, se negó a paralizar la aplicación de la ley, como deseaban los conservadores. 

Dos ponentes desde 2010

Desde entonces, poco más se ha sabido. La magistrada Elisa Pérez Vera asumió primero la ponencia, tanto bajo la presidencia de María Emilia Casas como, a partir de enero de 2011, de Pascual Sala. Este ya advirtió de que el fallo no sería "inmediato" porque el TC aún debía pronunciarse antes sobre otras cuestiones más urgentes, como la legalización de Sortu. A finales de junio de 2012, PSOE y PP procedieron a la renovación de los magistrados que correspondían al turno del Congreso. Un relevo que produjo la salida de Pérez Vera y el traslado de todos sus expedientes a manos del conservador Andrés Ollero, miembro del Opus Dei, diputado del PP durante 17 años y declarado antiabortista. Al cabo de un año, en junio de 2013, tras la entrada de otros cuatro magistrados –dos a propuesta del Gobierno y dos a propuesta del Consejo General del Poder Judicial–, Pérez de los Cobos, criticado por su anterior militancia en el PP, alcanzó entonces la presidencia de la institución. 

La Ley del Aborto nunca ha llegado al pleno del TC en estos cuatro años. Ni se conoce en qué punto exacto de elaboración se encuentra la ponencia. La última información oficial se conoció el mes pasado. El tribunal de garantías contestó al diputado de IU Gaspar Llamazares, que el “procedimiento se encuentra concluso” y únicamente “pendiente de señalamiento para votación y fallo”. Poca cosa: simplemente indicaba que los recursos del PP y de Navarra están admitidos a trámite y a la espera de sentencia. Sin fecha. 

"No hay ninguna novedad", respondieron fuentes oficiales del TC a infoLibre el pasado viernes. La institución se remite a las palabras de Ollero en Alfa y Omega –suplemento católico del diario Abc– el pasado enero. El ponente atendió a la revista apenas unas semanas después de que Alberto Ruiz-Gallardón presentase su anteproyecto de Ley del Aborto, tras ser aprobado por el Consejo de Ministros. Una norma que fulmina los plazos y vuelve a la legislación de supuestos, pero mucho más restrictiva, ya que reduce de tres a dos las indicaciones para poder interrumpir el embarazo: violación y riesgo para la mujer. 

Asuntos pendientes desde 2003 y 2004

El Gobierno ya ha dicho que sacará adelante su texto antes incluso de que se pronuncie el alto tribunal, y este parece contentarle, según esas propias declaraciones de Ollero: "El Tribunal se encuentra en una situación muy complicada. Por una parte, cuando Pascual Sala era todavía presidente, se anuncia que se va a hacer una nueva ley. Entonces, el planteamiento –sin que hubiera un debate expreso o una votación– es que, si se ha anunciado una ley, puede dejar sin objeto el recurso. Ahora no sólo se ha anunciado la ley, sino que hay un anteproyecto. Puede parecer normal esperar. Pero, por otro lado, el tiempo pasa y hay unos bienes jurídicos y unos derechos en juego que podrían exigir pronunciarse. El tema sigue abierto. Imagino que habrá opiniones variadas, y no ha habido un debate formal o una decisión. No se ha decidido que no vaya a salir la sentencia", expresó.

De modo que se desconoce el ritmo de trabajo de la ponencia y si hay previsión de que se incluya en próximos plenos. Hay que tener en cuenta que el TC no va despachando los asuntos según su fecha de ingreso. De hecho, lo habitual es que se resuelvan temas pendientes de 2003 al mismo tiempo que se liquidan expedientes de 2010 o más recientes. "El criterio es el mismo desde hace mucho tiempo: los ponentes van trabajando en los asuntos y el presidente dispone de los que le van entregando, ya que es él el que decide su inclusión o no en el orden del día", explican fuentes del tribunal.

Una media docena de recursos ingresados en 2003 están a la espera de fallo. Son las iniciativas más antiguas. Entre ellas, un conflicto de competencia suscitado por Cataluña contra el real decreto 1052/2002, que regula la evaluación del profesorado universitario; la impugnación que el PSOE hizo de la Ley de Acompañamiento a los Presupuestos de 2003, los últimos de José María Aznar; o el recurso de Aragón contra la Ley de Grandes Ciudades. De 2004 hay "otra decena" de cuestiones pendientes. "Existe la voluntad de sacar adelante los recursos, de ir reduciendo los tiempos de espera y de ir resolviendo lo que lleva aquí años", añadieron desde el TC. 

7.294 cuestiones jurisdiccionales en 2012, el 99% amparos

Los recursos de inconstitucionalidad –que pueden presentar el presidente del Gobierno, el Defensor del Pueblo, 50 diputados, 50 senadores y los parlamentos y ejecutivos autonómicos– y las cuestiones de inconstitucionalidad –que elevan los jueces– sólo pueden ser resueltos por los doce magistrados del TC. Por el pleno, que se reúne dos veces al mes. Los recursos de amparo, que puede registrar cualquier ciudadano que entienda que hayan sido vulnerados sus derechos fundamentales, y una vez agotada la vía judicial, son vistos por una de las dos salas (cada una, con seis jueces) y, excepcionalmente, por el pleno. 

En 2012, el último año del que se disponen datos oficiales, entraron en el TC 7.205 peticiones de amparo (107 más que en 2011), por los 38 recursos de inconstitucionalidad (31 en el ejercicio anterior) y las 42 cuestiones de inconstitucionalidad (51 un año antes). Ello supone que, del total de 7.294 asuntos jurisdiccionales, el 98,78% correspondió a solicitudes de amparo. La mayor parte de ellas fueron inadmitidas. Así, en 2012 se admitieron a trámite 128 recursos de amparo y se dictaron hasta un total de 7.298 providencias de inadmisión. Si nos ceñimos a la actividad del pleno, en 2012 se emitieron 136 sentencias, por las 59 del ejercicio anterior, según consta en la memoria

Las cifras de 2013 no están cerradas, pero fuentes del TC reconocen que "aumentaron tanto los recursos como las cuestiones de inconstitucionalidad". No es de extrañar, ya que el PSOE, solo o en compañía de otros grupos, ha acudido en repetidas ocasiones al Alto Tribunal para impugnar leyes del Gobierno como la amnistía fiscal, la reforma laboral, la Ley de Tasas, la Ley Antidesahucios, el cambio del Poder Judicial, el cierre de Canal 9 o la quita de las preferentes. Este pasado viernes, la mayoría de la oposición presentó su impugnación contra la reforma de la Administración local, una norma recurrida, por cierto, por varios gobiernos y parlamentos autonómicos y por más de 2.000 ayuntamientos. 

Posible pérdida de objeto

Fallo del TC sobre la declaración soberanista (PDF)

En el TC apuntan al enorme volumen de trabajo de los magistrados, que se ayudan de una plantilla técnica de unas 40 personas. Y eso que en 2007 se modificó la Ley Orgánica del tribunal para aligerarle de buena parte de la carga de los recursos de amparo. Desde entonces, el TC sólo examina aquellas solicitudes en las que se justifique la "especial trascendencia constitucional del recurso". 

Lo cierto es que la Ley del Aborto sigue esperando su sentencia. Si es que llega antes de que las Cortes aprueben la contrarreforma de Gallardón. Si no fuera así, si el Gobierno logra su objetivo de sancionar la nueva norma sin esperar a un fallo del TC, el pleno del tribunal tendría que estudiar entonces si hay una "pérdida de objeto", si ya no tiene sentido pronunciarse sobre los recursos interpuestos por el PP y el Ejecutivo navarro. Rajoy tendría mayores dificultades en sacar adelante su ley si el Alto Tribunal considerara que la legislación de plazos encaja perfectamente en la Carta Magna. Lo advertía Llamazares en su carta a Pérez de los Cobos: el retraso del fallo "podría resultar útil para el Gobierno", y para el PP, "que legisla sabiendo que la intervención del Tribunal no supondrá un cedazo efectivo que condicione su actividad normativa”. Las multitudinarias manifestaciones en defensa de la ley de 2010 y del mantenimiento del aborto como derecho de la mujer y la encendida polémica pública a cuenta del regresivo texto de Gallardón no parecen un motivo de peso para el TC. 

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