Una indemnización no es un botín

Carlos Brage

Hay cifras que no son dinero: son cuidados, terapias, dolor y dependencia. M. L. C. M. sufrió un retraso diagnóstico que la dejó en silla de ruedas, con gran invalidez y necesidad de ayuda diaria. La Sentencia 99/2022 del Juzgado nº 47 de Barcelona declaró la deficiente asistencia y fijó en primera instancia una indemnización de 833.843,64 euros, más intereses. No era un premio, sino una compensación por una vida quebrada.

Escribo como su exmarido y padre de sus hijos. Tras reconocerse parte del daño, comenzó otro calvario. Según la documentación, el abogado Jorge Fuset, de VIAS ASESORES S.L., llevó la reclamación y suscribió sucesivas hojas de encargo, modificaciones y una cesión de crédito. La demanda posterior contra VIAS ASESORES S.L. cifró en 544.548,56 euros la cantidad discutida: el 42,88% de los 1.269.946,61 euros reclamados en el proceso médico.

Los abogados deben cobrar por su trabajo. La cuestión es si una mujer con gran dependencia, depresión acreditada, dolor crónico y medicación comprendió realmente aquellos pactos, recibió una explicación clara y pudo consentirlos con libertad. Firmar no siempre significa comprender, menos aún ante una arquitectura contractual que hasta una persona sana estudiaría con lupa.

Firmar no siempre significa comprender, menos aún ante una arquitectura contractual que hasta una persona sana estudiaría con lupa

Un segundo abogado interpuso en 2024 una demanda contra el primer despacho, admitida a trámite. Reclamaba más de medio millón de euros, pero el pleito terminó mediante un acuerdo de 20.000 euros. Después, ese letrado reconoció por escrito que no había comprobado si el crédito del despacho figuraba en el auto de conclusión del concurso y que aquello "sin duda fue un error". La distancia entre 544.548,56 y 20.000 euros mide el abismo.

No pido al periódico que condene ni afirmo que exista un delito probado. Pido que estos hechos documentados se conozcan y que la sociedad pueda juzgar su dimensión ética. La presunción de inocencia es una garantía; no puede convertirse en presunción de indiferencia.

Una persona dañada por el sistema sanitario no debería convertirse, además, en experta en contratos y concursos para vigilar a quienes contrató porque no podía defenderse sola. Reducir estos hechos a una disputa privada de honorarios sería una segunda forma de abandono.

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Carlos Brage es socio de infoLibre.

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