La precariedad del mercado laboral en España

"Sois la cara de Deliveroo": así descubrió la justicia que los 'riders' son falsos autónomos

Imagen de un repartidor de Deliveroo.

"Es muy importante vuestra actitud con los clientes, sois la cara de la empresa. Debe ser cordial, siempre presentándoos cuando llaméis al telefonillo, por ejemplo: 'Hola soy María de Deliveroo, ¿está (nombre del cliente)? ¿Me puede abrir? Cuando os despidáis decidle por ejemplo: 'Que lo disfrute'". Esta indicación está incluida en un correo electrónico remitido por la empresa de reparto de comida a domicilio Deliveroo a sus riders tras la llamada "sesión formativa", previa a su incorporación como repartidores. Forma parte de los hechos que el Juzgado de lo Social Número 6 de Valencia ha ponderado para concluir que los conductores de la multinacional británica no son, como pretende Deliveroo, emprendedores que prestan sus servicios en una relación mercantil de carácter horizontal, sino trabajadores de la empresa plenamente insertos en su estructura organizativa. Es decir, falsos autónomos. El fallo del juzgado, que puede recurrirse, se refiere a un caso concreto, el del demandante Víctor Sánchez, de 28 años, que actualmente trabaja en una hamburguesería y que fue uno de los rostros más reconocibles del movimiento Riders x Derechos en Valencia. Pero tiene más alcance, porque cuestiona la base laboral del funcionamiento de una parte significativa de la llamada gig economy o economía de plataformas, cuyas empresas evitan dar de alta a los trabajadores en la Seguridad Social y pagar sus cotizaciones del régimen general.

La sentencia, a la que tenido acceso infoLibre, supone un golpe en España para Deliveroo, que en teoría brinda a sus riders una supuesta flexibilidad laboral que la justicia no aprecia. La condena obliga a la empresa a readmitir al trabajador que demandó a la empresa por despido improcedente o a pagarle una indemnización de 705,13 euros. No cree, como sostiene Deliveroo, que la relación con Sánchez fuera de igual a igual, a pesar de la existencia entre ambos de un contrato mercantil. La sentencia, que no es firme, detalla cómo era la compañía la que lo controlaba todo. En la práctica sus riders, por más autónomos que fueran sobre el papel, eran como trabajadores de plantilla. Había una relación laboral, como establece la sentencia, cuyo contenido fue adelantado en su blog por Adrián Todolí, profesor de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social de la Universidad de Valencia y experto en el impacto en el mercado de trabajo de la economía digital.

Víctor Sánchez trabajó para Deliveroo del 25 de octubre de 2016 al 30 de junio de 2017, cuando fue despedido. Y aquí hay que tener cuidado con las palabras, porque "despedido" implica una relación laboral. En Deliveroo prefieren decir "desconectado", ya que en teoría los riders son meros usuarios de su plataforma digital. Sánchez percibía una retribución media diaria de 28,49 euros. Este repartidor firmó un contrato mercantil con vigencia de dos años con la empresa, según el cual cobraría 3,38 euros brutos por entrega. Era el propio Sánchez el que tenía que poner su bicicleta, su móvil y su conexión a Internet. Se sometía además a obligaciones de confidencialidad.

Indicaciones para el alta de autónomo

Uno a uno, se van sumando elementos probatorios de la relación laboral entre Deliveroo y Sánchez, que fue despedido después de participar en Valencia en el movimiento de protesta contra las condiciones laborales en la empresa el año pasado (aunque la sentencia no hace mención a este hecho). Antes de empezar a trabajar para Deliveroo, los riders deben pasar una entrevista con la Driver & Rest Operations, que les explica las pautas de funcionamiento. Todos los trabajadores tenían que descargarse Telegram (una aplicación parecida a Whatsapp) y sumarse a un grupo de la empresa. También debían ver el vídeo de "formación teórica en Deliveroo". La empresa era la que les daba instrucciones sobre cómo darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos y en el censo de obligados tributarios, indicándoles el epígrafe del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) que debían rellenar.

Es clave un correo que recibían todos los conductores de bici o moto tras la sesión formativa inicial. Ahí es donde la empresa se pilla los dedos. Indica a los riders que se descarguen Telegram, una "herramienta de trabajo seria". Marca unos horarios. "Por favor, se tendrá en cuenta positivamente que prestes servicios de reparto las noches de viernes, sábado y domingo", indica. Expone que los cambios de turnos deben ser "justificados" y que requerirán del acuerdo de otra persona con la que llevarlo a cabo.

Es decir, va quedando desmentida la relación horizontal entre Deliveroo y sus trabajadores, que en teoría permitiría al rider ser dueño de su tiempo y organizarse con cierto margen de libertad. Lo que el correo remitido por la empresa muestra es claramente una relación jerárquica. El trabajador está metido de lleno en la organización de la empresa. "Llegar siempre a tiempo", es una de las instrucciones. "Ten mucho cuidado a la hora de ponerte y quitarte la mochila, dentro llevas la comida de un cliente hambriento, y tiene que llegar estupendamente [...] No se puede beber alcohol, no se puede consumir sustancias estupefacientes, no se pude insultar, estar 'tirado" en el suelo [...]", añade. La empresa establece unas pautas de comportamiento "impecable". Hay que quitarse el casco antes de llamar por telefonillo al cliente. Está explicitado hasta el tipo de diálogo que debe producirse.

– "Buenas tardes/noches, ¿está (nombre del cliente). Soy (vuestro nombre), le traigo su pedido de Deliveroo, ¿me puede abrir?"

– "Sí, pasa".

– "Aquí está su comida, que la disfrute!".

Ropa de la empresa

Indicaciones como ésta no suponen necesariamente una relación de laboralidad, pero sí apuntan claramente la pertenencia a una estructura de funcionamiento. Más delicado para Deliveroo es la obligatoriedad de "llevar la ropa" de la empresa. "Debes llevar siempre la roba que se te entregó en tu incorporación. Eres la imagen de la compañía de cara al cliente. Es muy importante que tu presencia sea profesional". Los repartidores de Deliveroo reciben chaqueta, dos camisetas, pantalón antilluvia, soporte para el teléfono móvil, una batería para el teléfono móvil y una caja para transportar los pedidos, todo ello con el logo de la empresa, según la Inspección de Trabajo de Valencia.

Deliveroo indica a sus riders en el apartado de preguntas-respuestas frecuentes: "¿Qué pasa si me quedo sin batería? Tu teléfono es tu herramienta de trabajo, debe estar completamente cargado. No olvides que la batería portátil de debe acompañarte en tu turno [...]. NO PUEDE PASAR QUE TE QUEDES SIN BATERÍA en el móvil". También en mayúsculas la empresa le dice a esos teóricos autónomos con los que tiene una relación mercantil: "Una ausencia sin justificar será una incidencia grave, la cual se anotará en vuestro boletín de incidencias de reparto".

Si hay un accidente, busca ayuda

Si hay accidente, la empresa se lava las manos, algo que ha cambiado con posterioridad. Así se lo explica a sus riders: "Si desafortunadamente tienes un accidente, lo primero es que busques ayuda médica para ti y las personas que se vean involucradas en el accidente. Como trabajas por cuenta propia, está en tu mano el tener seguro de responsabilidad civil y/o mutua de accidentes. Se os recomienda encarecidamente que el seguro [...] sea el óptimo".

Los conductores están en todo momento geolocalizados. La empresa controla el tiempo que emplean en cada reparto. En caso de demora, se solicitan explicaciones, según detalla la sentencia. Deliveroo valora a sus trabajadores, generando una atmósfera competitiva. Sus correos electrónicos son admonitorios. "Hemos constatado que desde hace tiempo no se muestra Ud. disponible [...]. Por motivos operativos, vamos a proceder a dejar sus cuentas Stafoomatic y app de rider inactivas". Deliveroo no despide, sino que desactiva, desconecta. Ni le interesa ni tiene por qué saber de los problemas de su trabajador. Le avisa por correo de que lo da de baja.

Ajenidad y dependencia

El juzgado valenciano rechaza la alegación central de Deliveroo: la existencia de una relación mercantil, no laboral. Y lo hace remitiéndose al Estatuto de los Trabajadores, de aplicación "a los trabajadores que voluntariamente presten sus servicios retribuidos por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario". Ahí dentro es donde, según la sentencia, se inserta la relación que Víctor Sánchez mantenía con Deliveroo. La sentencia establece que el tipo de relación que se da entre una empresa y un trabajador no depende de lo que diga el contrato que firmen las partes, sino de la realidad de la relación. "De su contenido real", dice literalmente el fallo. En este caso se dan los requisitos de "ajenidad" y "dependencia" que conforman una relación laboral. Al juzgador le parece irrelevante que fuera el rider el que pusiera su bicicleta. Tampoco cree que lo convierta en autónomo el darse de alta como tal, porque el contenido real de su relación con Deliveroo es laboral.

Es la empresa, constata el juzgado, la que decide el área de trabajo, la que establecen las franjas horarias, la que imparte instrucciones concretas, la que mantiene geolocalizado al trabajador, la que le puede pedir explicaciones en cualquier momento, la que decide los precios, la que establece las condiciones de los restaurantes adheridos.... El rider no decidía nada, estaba en posición de absoluta subordinación. "El trabajador carecía de libertad, dentro de su horario, para rechazar pedidos", señala la sentencia,que establece la improcedencia del despido de Víctor Sánchez y ofrece a Deliveroo dos opciones: una) la readmisión del trabajador; dos) la indemnización con 705,13 euros.

Deliveroo: los 'riders' "colaboran"

Deliveroo lanzó un comunicado en el que afirma que el rider tenía un "contrato anterior" y "no refleja la forma en que los riderscolaboran actualmente con Deliveroo". Insiste en calificar de "colaboración" la relación laboral de sus trabajadores con la empresa. La empresa señala que los conductores "trabajan por cuenta propia, ya que este es el modelo que les proporciona la libertad de elegir cuándo y dónde trabajar, que es lo que los propios riders confirman que quieren". "Deliveroo continuará ofreciendo a los riders un trabajo flexible a la vez que mejora su seguridad con un seguro gratuito líder en el mercado. Cuando los tribunales han examinado los contratos vigentes en toda Europa, la justicia ha confirmado que se trata de verdaderos autónomos. La compañía considerará la sentencia antes de decidir los próximos pasos", añade.

La empresa tiene más frentes laborales abiertos en ciudades como Valencia y Barcelona. Además la Inspección de Trabajo ya ha rechazado en Madrid y Valencia el modelo de Deliveroo, estableciendo que los repartidores son trabajadores asalariados y no autónomos, como pretende la empresa. ¿Por qué? Hay muchas razones. Los riders son exhaustivamente controlados por la empresa, de la que reciben formación obligatoria. Deliveroo modifica sus condiciones unilateralmente y en ocasiones cesa su relación con ellos si éstos rechazan trabajo. La empresa establece en última instancia horarios y zonas de reparto. También adopta medidas en caso de ausencia y se dirige a los trabajadores en comunicaciones colectivas con instrucciones detalladas sobre cómo hacer las cosas. Los cambios de turno deben ser avisados con antelación y aprobados por la empresa, que también fija las vacaciones. Es decir, las mismas razones por las que la sentencia da la razón a Víctor Sánchez.

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Deliveroo es un puntal de una nueva tendencia empresarial basada en la prestación de servicios a través de autónomos. A priori es una opción interesante para jóvenes, a menudo en situación de precariedad, que necesitan ingresos pero no quieren vincularse de forma estrecha a ninguna empresa. La idea es que se den de alta como autónomos y pongan su bici o su moto, así como su teléfono móvil, al servicio de la empresa, que les da acceso a una aplicación y les asigna trabajo como repartidores. La teoría dice que pueden ejercer dicho trabajo con un notable control sobre sus horarios y zonas de reparto. La gran cuestión laboral es: ¿Son realmente autónomos o son asalariados? El asunto está abierto en canal y no sólo con Deliveroo, también con otras empresas de la conocida como gig economy, o economía de plataformas digitales, caso de Uber o Cabify.

"Por otros compañeros"

Víctor Sánchez se mostraba, en conversación telefónica con infoLibre, algo sorprendido de la repercusión de su sentencia. Aunque, al mismo tiempo, es consciente de su importancia. "Esto lo he hecho para que se puedan beneficiar otros compañeros", afirma. Actualmente trabaja en una hamburguesería. Está convencido de que Deliveroo recurrirá. ¿Se reincorporaría a la compañía? "Es un trabajo que, con condiciones adecuadas, está bien. Siempre que sea por cuenta ajena. Tengo experiencia como bicimensajero y podría hacerlo, pero en condiciones dignas", señala.

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