Dos condenas por malversación en un año no impedirán que Marine Le Pen sea candidata en Francia

Le Pen tras conocer el veredicto de culpabilidad el 7 de julio de 2026.

Fabrice Arfi (Mediapart)

En materia de seguridad vial, existe un fenómeno muy conocido: el efecto túnel. Se refiere a un estrechamiento del campo de percepción en situaciones de estrés, lo que conlleva el riesgo de volverse ciego ante el peligro, que ya no lo ves. Y, pum, el accidente.

El efecto túnel ha golpeado de lleno en las últimas horas a gran parte del mundo político y mediático, que en ocasiones parecían alimentarse mutuamente en una discusión digna de Catherine y Liliane (populares sketchs de humor satírico de dos secretarias que comentan la actualidad, ndt) en torno al caso de los puestos de trabajo ficticios de la Agrupación Nacional (RN). En un primer momento se centraron en la inelegibilidad de Marine Le Pen —había sido condenada a cinco años en primera instancia, lo que la inhabilitaba para presentarse a las elecciones de 2027— y, posteriormente, en el uso de la pulsera electrónica a la que finalmente ha sido condenada.

Ahora ya lo sabemos: a diferencia de la primera sentencia dictada en marzo de 2025, la líder de la extrema derecha se libra esta vez de una pena de inelegibilidad que le habría impedido presentarse a las próximas presidenciales, pero el tribunal confirma al mismo tiempo una pena de prisión que deberá cumplir en su domicilio y con vigilancia electrónica. Y, de repente, se arma el revuelo: la única pregunta que se ha planteado durante todo el día del juicio ha sido si podría hacer campaña con una pulsera. ¿Sí? ¿No?

Lo esencial ha quedado relegado a un segundo plano. Por segunda vez en un año, Marine Le Pen ha sido declarada culpable de haber supervisado un sistema de malversación de fondos públicos, que consistió en desviar 2,8 millones de euros de las arcas del Parlamento Europeo para financiar puestos de trabajo ficticios de asistentes parlamentarios.

El abogado del Parlamento Europeo, Patrick Maisonneuve, resumió someramente la situación en una pregunta que en realidad no lo era: “¿Se puede ser candidato a las presidenciales con una condena en firme por malversación de fondos públicos?”

No todos compartían la misma opinión, a juzgar, por ejemplo, por la declaración en X del exdiputado de RN y mediático abogado Gilbert Collard: “¡Marine Le Pen puede presentarse como candidata! ¡La pulsera electrónica no se lo debe impedir, todo lo contrario!”

Hubo que esperar a la intervención de la propia interesada en el telediario de las 20:00 horas de TF1 para conocer su decisión. Al anunciar que presentaría un recurso ante el Tribunal de Casación —lo que suspende la ejecución de su pena—, Marine Le Pen declaró que se presentará como candidata a las elecciones presidenciales, a pesar de su condena en primera instancia y en apelación. Y a pesar de que el calendario judicial corre el riesgo de impactar violentamente en la campaña electoral.

Decisión indulgente

Así que ahí estamos. El debate público parece tan degradado que no queda claro, en una parte del espacio mediático y político francés, pero también en el seno de RN, que el doble reconocimiento de culpabilidad de una responsable política de primer orden en un escándalo tan grave no sea, en sí mismo, sinónimo de inhabilitación para las elecciones más importantes.

De hecho, muchos comentaristas han preferido ver más bien una muestra de habilidad en la decisión del Tribunal de Apelación de París que, para no ser tachado de “República de los jueces”, ha devuelto la patata caliente al campo RN.

Pero hay otra forma de abordar la situación. ¿No sería eso ya una forma de renuncia de la justicia si llegara a delegar las consecuencias de lo que constata en el delincuente a quien condena? La cuestión se plantea aún con mayor razón cuando el Tribunal de Apelación ha explicado, en un comunicado enviado a la prensa, que la pena de inelegibilidad impuesta a Marine Le Pen se ha reducido drásticamente, en comparación con la sentencia de primera instancia, por respeto a “la libertad de candidaturas, pero también a la libertad de elección del votante”. En su sentencia de 341 páginas, el tribunal justifica la medida invocando la “condición esencial para una expresión verdaderamente democrática del sufragio universal”.

Cabe preguntarse entonces para qué sirve una pena de inelegibilidad, cuya función misma es obstaculizar la libertad de presentarse a unas elecciones, a fortiori al término de un caso que el propio tribunal de apelación ha considerado de “especial gravedad”.

Y es que la inelegibilidad no es un capricho de los magistrados, sino fruto de la voluntad de quienes elaboraron la ley (spoiler: los políticos) para poder neutralizar a quienes han utilizado su mandato para cometer delitos cuya víctima es toda la sociedad.

Eso es precisamente lo que el tribunal de primera instancia había estimado en su sentencia: “La propuesta de la defensa de dejar que el pueblo soberano decida sobre una hipotética sanción en las urnas equivale a reivindicar un privilegio o una inmunidad que se derivaría de la condición de elegido o candidato, violando el principio de igualdad ante la ley.”

Pues el tribunal de apelación ha decidido lo contrario. Esto es válido para Marine Le Pen, que acapara toda la atención, pero también para su expareja, Louis Aliot, actual alcalde de Perpiñán, también declarado culpable, pero que podrá continuar con su vida como político como si nada hubiera pasado, ya que se le ha impuesto una pena de inelegibilidad condicional.

La pasión frente a la razón

¿Qué tipo de delincuencia, aparte de la de los “cuellos blancos”, se beneficia de hecho de tal privilegio? Todos los días, en todos los tribunales de Francia, a las personas que se han aprovechado de su profesión para cometer delitos se les impide ejercerla, y eso no escandaliza a nadie.

Por el contrario, un político procesado tiene fácil acceso a los platós de televisión y radio para intentar hacer creer que los magistrados que juzgan a los políticos son jueces políticos. Y si estos jueces tienen el descaro de dictar penas de inelegibilidad, es una prueba fehaciente de que actúan en contra de la soberanía popular.

En estos casos, no se tienen en cuenta los hechos, sino cómo viven la sanción los encausados

Es absurdo: juzgan a personas que podrían haber cometido un delito y utilizan los instrumentos que la ley (que ellos no votan) les ofrece para reprimir las infracciones constatadas. Pero resulta que en los casos de atentados contra la probidad cometidos en el ámbito político, no es raro que los sospechosos sean… políticos. ¡Vaya sorpresa!

A nadie se le ocurriría preguntarse si un juez que condena a un carnicero acusado de estafa es vegano. Entonces, ¿por qué se razona de forma tan estúpida cuando se trata de delitos de cuello blanco? Quizá porque, en estos casos, no se tienen en cuenta los hechos, sino cómo viven la sanción los encausados. La pasión sustituye a la razón.

Hoy en día resulta difícil no preguntarse si la aparente clemencia de la sentencia de apelación en el caso RN —y los motivos para no impedir que Marine Le Pen se presente como candidata— no es, al menos en parte, el resultado de la inmensa presión que se ejerció sobre los jueces tras la furia política y mediática que siguió a la sentencia de primera instancia.

Conviene recordar la increíble violencia contra los jueces que se desató en 2025, un año marcado también por la condena a Nicolas Sarkozy en el caso libio, lo que suscitó manifestaciones de preocupación por parte de los dos máximos magistrados del país.

Sentido común

Y hay que leer lo que se ha podido escribir aquí y allá estos últimos días a la espera de la sentencia sobre Le Pen. Le Journal du dimanche, propiedad del grupo Bolloré, por ejemplo, ha hablado de la “trampa judicial” tendida a RN, sin prestar mucha atención a los hechos juzgados.

Pero sin duda quien se llevó la palma fue el director del semanario Marianne, Frédéric Taddeï, que comenzó expresando su preocupación por el “poder que se ha conferido a esos jueces”. Antes de expresar su nostalgia por la época del general de Gaulle, cuando “esas famosas violaciones de la probidad se consideraban peccata minuta, aunque solo fuera porque nuestros políticos recurrían a ellas a menudo; pero luego se les ha rebautizado con nombres terribles: corrupción, tráfico de influencias, favoritismo, concusión, conflicto de intereses, asociación ilícita, estafa, malversación de fondos públicos…”.

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Nada más lejos de la realidad. La corrupción ya figuraba en el Código Penal de 1810, al igual que la obtención ilícita de beneficios (bajo el nombre de “delito de injerencia”), la asociación ilícita, la estafa o la malversación de fondos públicos, esta última inspirada directamente en el derecho romano. En cuanto al tráfico de influencias, se creó en 1889 para colmar un vacío legal tras la dimisión del presidente Jules Grévy, arrastrado por un caso de tráfico de condecoraciones dos años antes. En la lista de Frédéric Taddeï, solo el favoritismo data de los años noventa.

¿Son peccata minuta las violaciones de la probidad? Leamos más bien al filósofo británico Thomas Paine, que logró la hazaña de ser a la vez una figura de la Revolución Americana de 1776 y diputado de la Convención Nacional en Francia, entre 1792 y 1795: “Es fácil ver que, allá donde faltan las virtudes republicanas, comienza la esclavitud”. Lo escribió en una obra titulada Common Sense (El sentido común). Justo lo que le falta al debate público francés sobre los “escándalos”.

Traducción de Miguel López

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