Audiencia Nacional

La Audiencia Nacional procesa a Benjumea y su número dos por las indemnizaciones de Abengoa

La Audiencia Nacional procesa a Benjumea y su número dos por las indemnizaciones de Abengoa

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La juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela ha procedido este viernes contra el expresidente de Abengoa Felipe Benjumea, su exconsejero delegado Manuel Sánchez Ortega y otros tres antiguos consejeros a los que atribuye un delito de administración desleal por la millonaria indemnización recibida por los dos primeros altos cargos poco antes de que la compañía presentara el preconcurso de acreedores, según ha informado Europa Press.

En un auto, la magistrada transforma las diligencias previas en procedimiento abreviado y acusa a todos los que estuvieron presentes en la reunión de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones donde se acordaron los pagos. Además de a Benjumea y a Sánchez Ortega procesa a los ex consejeros Mercedes Gracia, Alicia Velarde y Antonio Fornielles.

La magistrada precisa que en el año 2015, cuando se formalizó su salida de la entidad, se aprobaron unos pagos por cese anticipado de 4,48 millones de euros, en el caso de Sánchez Ortega y de 11,4 millones para Benjumea. Esta indemnización no estaba contemplada "en contratos anteriores y tampoco era preceptivo que se incluyeran en los nuevos contratos mercantiles", precisa el auto.

Lamela destaca, además, que las cantidades se abonaron en un momento en el que la empresa ya atravesaba problemas económicos, por lo que las compensaciones económicas "no parecen acordes con los resultados empresariales de la sociedad".

La magistrada pone en duda las razones personales y de salud que esgrimió en abril Sánchez Ortega para dejar Abengoa, teniendo en cuenta que tres meses después, en julio de 2015 pasara a continuación, "sin solución de continuidad, a prestar sus servicios en Black Rock, empresa de gestión de inversiones estadounidense, cuya sede se encuentra en Nueva York, siendo la mayor gestora de fondos del mundo".

Agrega que este nuevo cometido "suponía un esfuerzo añadido que no parece acorde con su intención de emplear menos energías en su actividad profesional" . Sin embargo, la juez descarta imputarle un delito de información privilegiada del que le acusaban los querellantes, al entender la magistrada que el ex consejero delegado de Abengoa se incorporó a un área de BlackRock , la de negocio de infraestructuras, que "nada tiene que ver con el área de inversiones en mercados de capitales".

En el caso de Benjumea, la juez relata cómo en el mismo mes de septiembre de 2015, en el que se pacta su salida e indemnización millonaria, Abengoa anuncia un plan para aumentar capital y reducir deuda corporativa . La magistrada detalla cómo se interrumpió la reunión del Consejo de Administración, para que se celebrara la reunión de la Comisión de Nombramientos y Retribuciones en la que se acordó el pago de los 11,4 millones a Benjumea.

En esa reunión, la presidenta, Mercedes Gracia, hizo constar que el Consejo de Administración mostraba "su enorme gratitud al señor Benjumea por su incansable dedicación a la compañía".

Gracia también destacó su inestimable aportación al desarrollo de todos sus negocios, además de su altura personal y calidad humana durante todos estos años, demostrada en particular en su disposición para no entorpecer las exigencias de los bancos aseguradores como medio para garantizar la viabilidad financiera de Abengoa.

Ninguno de los dos se desvinculó de Abengoa

La juez recuerda que finalmente los bancos no prestaron el afianzamiento para la ampliación de capital, por no haberse cumplido la condiciones económicas que fueron pactadas, por lo que la magistrada cuestiona que la salida de Benjumea de Abengoa fuera una condición más importante que otras que no se cumplieron.

Lamela concluye que se trató de que Benjumea recibiera una cantidad de dinero "extremadamente importante" a pesar de la mala situación y le fueran respetados el máxime de derechos dentro de la sociedad como sueldo base, medios materiales, cotizaciones y seguros.

Dos meses después, el 25 de noviembre de 2015, Abengoa presentaba en los juzgados mercantiles una solicitud de preconcurso de acreedores. La magistrada considera que ni Sánchez Ortega ni Benjumea se desvincularon de Abengoa, y para ello hace constar que Sánchez Ortega renunció a sus cargos en mayo y, un mes después, firmó un contrato de prestación de servicios por el que seguiría cobrando, durante el periodo de transición, la remuneración que le correspondería como consejero delegado.

En el caso de Benjumea, en la misma reunión en que se le cesa como presidente, fue nombrado consejero dominical y presidente no ejecutivo del Consejo de Administración, por lo que cobraría una retribución bruta de 1,08 millones anual y mantendría su cotización a la Seguridad Social.

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La juez se basa en este vínculo de ambos con la entidad para concluir que no les correspondía los 4,48 millones de indemnización que se les otorgó en concepto de "confidencialidad postcontractual" puesto que la relación contractual con Abengoa "no se había extinguido".

En el caso de Benjumea, la juez explica que tampoco le correspondían los 7 millones en concepto de bonificación por permanencia, puesto que, según Lamela, a través de esta indemnización se encubrió lo que realmente fue una salida voluntaria.

Por estos hechos la juez atribuye a los cinco investigados el delito de administración desleal, sin perjuicio de ulteriores calificaciones. Ahora, el fiscal y las acusaciones disponen de un plazo de 10 días para solicitar la apertura de juicio oral o el sobreseimiento de la causa o la práctica de diligencias complementarias.

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