LA GESTIÓN DE LA DANA
La jueza cerca a Mazón con cuatro evidencias de negligencia grave en la gestión de la dana

La imputación del presidente de la Generalitat Valenciana por 224 homicidios imprudentes, tres desapariciones y las lesiones sufridas por las víctimas de la dana que asoló València el pasado 29 de octubre, todavía no se ha producido. La titular del Juzgado número 3 de Catarroja, Nuria Ruiz, no puede citar a Carlos Mazón a declarar, al estar aforado a la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Pero este lunes, la instructora de esos delitos ha dejado claro que, si Mazón decidiera voluntariamente comparecer en su juzgado –algo a lo que tiene derecho para conocer unas actuaciones que posteriormente le pueden afectar–, no lo hará como testigo sino acompañado de abogado. Porque la jueza, aunque no puede dirigir su investigación contra él al no ser competente, sí considera que, dados los datos que obran en su conocimiento, se pueden atribuir hechos punibles al president.
Y, mientras deshoja la margarita sobre si declara o no, la instructora le ha enviado, para que conozca lo que se le imputa, el auto con el que sí ha citado a declarar a la exconsellera de Interior Salomé Pradas, la directora del dispositivo de Emergencia, y al que fue su número dos, el secretario autonómico de Emergencias Emilio Argüeso. Estas son las evidencias que tiene contra todos ellos:
1. El relato de una treintena de muertes antes de que llegara el mensaje Es-Alert
Tras recordar que Protección Civil es una competencia exclusiva de la Generalitat, que el Consell es el órgano superior de dirección y coordinación y que a la conselleria competente en la materia le corresponde ejercer el mando único, la instructora cita uno a uno y por su nombre los 224 fallecidos y los tres desaparecidos. Después, cuenta pormenorizadamente las circunstancias en las que se produjeron las muertes de una treintena de personas, todas ellas ocurridas antes de que llegara el famoso mensaje Es-Alert, enviado desde el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) a las 20.11 horas.
Como en el caso de Raúl, su esposa Gloria y su hija Casilda. Se encontraban en su casa de Benetússer y Casilda, muy nerviosa y asomada a un balcón, le preguntó a su madre si era posible que llegara algún tipo de inundación. Gloria le respondió que eso era imposible, que si fuera ocurrir, les avisarían. La jueza relata cómo, en ese momento, ni Gloria ni su marido tenían ningún mensaje en sus teléfonos móviles que avisara de ningún peligro. La niña, que no se había movido de la terraza, llamó a sus padres muy alarmada entre las 19.15 y las 19.25 horas y los tres vieron cómo llegaba lo que la instructora llama "una lengua de agua". El padre, Raúl, decidió entonces bajar a sacar su coche del garaje y su hija fue con él para sacar también el suyo. A las 20.11 llegó la alerta masiva. "Los cuerpos de Casilda y de su padre Raúl fueron encontrados juntos en garaje por la Unidad Militar de Emergencias", relata la instructora.
2. La Generalitat no vio lo que emitía su propia televisión
El mensaje masivo a los móviles, cuenta la jueza, se envió a las 20.11 horas y fue "tardío y erróneo", como ha relatado en otras resoluciones. Como única medida preventiva, se indicaba a la población que debía evitarse cualquier tipo de desplazamiento en la provincia de València. Pero, tal y como explica la instructora, "la dana no fue un fenómeno meteorológico imprevisto, su avance y desarrollo ya fue anunciado por la Aemet [dependiente del Gobierno central], hasta el punto de que la Universitat de València acordó la suspensión completa de sus actividades, medida que afectó afortunadamente a cerca de 50.000 personas entre estudiantes, trabajadores y profesorado". "Las previsiones meteorológicas debieron llevar a una convocatoria en la mañana del 29 de octubre de 2024 del Cecopi al objeto, cuanto menos, de avisar a la población", sostiene la jueza.
La magistrada pidió imágenes a varios medios sobre la cobertura de la catástrofe que hicieron ese día pero, de todos los recibidos, recoge en su resolución el material audiovisual enviado precisamente por À Punt, la televisión autonómica del Gobierno valenciano. Sus imágenes muestran a periodistas que, ya a las 11.32, estaban informando de la tragedia. A las 12.02 horas, la televisión autonómica emitió un rescate de los bomberos. A las tres de la tarde, ya se estaba contando que un barranco se había desbordado en Chiva y también el río Magro, uno de los epicentros del desastre. A esa hora, una de sus redactoras avisó de que el barranco del Poyo, aguas abajo y otro de los escenarios de mayor gravedad, podía generar peligro de inundaciones. Pasadas las 18.00 horas, las imágenes de À Punt mostraban ya coches arrastrados por el agua y se informaba de que el barranco del Poyo ya se había desbordado.
"La gravedad y el caudal que llevaba el barranco se aprecian con una claridad extrema en el minuto 18.12 y las imágenes posteriores muestran que la situación fue empeorando", relata la jueza para evidenciar que lo que estaba pasando era visible para todos menos para los responsables de la Emergencia del Consell valenciano. A las 19.14, casi una hora antes de que el Cecopi mandara el mensaje masivo a los móviles, la televisión autonómica mostró la caída de un puente que atravesaba esa rambla en Picanya.
Pero además, los responsables autonómicos de Emergencia ni siquiera tuvieron en cuenta los antecedentes sobre el terreno. "Constituye un saber común las repercusiones mortales que han revestido las inundaciones en la Comunitat Valenciana", sostiene el auto, que hace referencia a "la pantanada de Tous". "Correspondía a las autoridades autonómicas alertar a la población, acordar las medidas pertinentes en el ámbito de protección civil, garantizar y minimizar las consecuencias de unas precipitaciones que desbordaron ríos y barrancos, pusieron al límite las presas y produjeron una sucesión trágica de fallecimientos", recuerda la magistrada, que, frente a ese escenario, subraya la "inactividad patente de la administración autonómica".
3. Los avisos de la Aemet, la Confederación Hidrógráfica y el 112
El auto recuerda que, tres días antes de la tragedia, el 26 de octubre, la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), dependiente del Ministerio de Transición Ecológica, ya avisó de que el 29 iba a ser el día en el que se esperaban "los mayores acumulados de todo el episodio". El 27, la Aemet alertó de que, al día siguiente, comenzaría la parte más adversa. Y el mismo día 28, avisó de que el martes 29, como ocurrió, sería "el día álgido". "La previsión estaba en posesión de las autoridades autonómicas a lo que ha de sumarse la constatación efectiva de las lluvias de aquel mismo día", recuerda el auto.
Junto con la Aemet, el organismo estatal que más ataques ha recibido por parte del Gobierno de Mazón, que lo ha acusado de un supuesto silencio informativo, es la Confederación Hidrográfica del Júcar, dependiente de ese mismo ministerio. La instructora exculpa de forma patente a esa institución a la que la Generalitat acusó de no darle información entre las 16.13 y las 18.43 horas y recuerda que, a través del Sistema Automático de Información Hidrológica (SAIH), dio datos de la evolución del caudal cada cinco minutos. A las 18.00 horas, el caudal era ya de 493 metros cúbicos por segundo y fue mostrando el ascenso hasta los 1.941 metros cúbicos por segundo a las 19.10 horas.
Pero, como señala la jueza, los responsables de Emergencias no tuvieron en cuenta ni las llamadas del teléfono 112, dependiente de la propia Generalitat. Los teléfonos de los operadores de ese servicio comenzaron a sonar la misma madrugada del día 29. La resolución recoge algunas de ellas. Como un camión atrapado por el agua a las 9.30 horas, una casa inundada a las 7.42 horas en la Pobla Llarga y otra en Llombai. "En Utiel, mujer de 82 años no puede subir a planta superior, 14.01", dice otro de los reportes de esas comunicaciones. Por la tarde, los anuncios de casas anegadas fueron constantes. El pico de llamadas se produjo dos horas antes de que se enviara la alerta, entre las 18.00 y las 19.00 horas, cuando el teléfono 112 llegó a sonar 2.438 veces. Desde las 15.00 horas, las peticiones de auxilio que llegaron por esa vía no bajaron en ningún momento de mil cada hora.
4. El Cecopi se constituyó con "una gran demora"
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"La convocatoria del Cecopi se llevó con una gran demora", prosigue la jueza. "A lo que ha de sumarse que la toma de decisiones por la administración autonómica destinada a alertar a la población se produjo con un retraso todavía mayor". La magistrada recuerda que la ley valenciana de protección civil reconoce "el derecho de los ciudadanos a ser informados sobre los riesgos colectivos graves que puedan afectarles y sobre las actuaciones previstas para hacerles frente", así como "a recibir información e instrucciones sobre las medidas de seguridad a adoptar y la conducta a seguir".
"La atribución de dichas funciones a la administración autonómica y, por ende, a los cargos y autoridades que ejercían sus funciones, los convierte en garantes de que no se produjeran los fallecimientos referidos". Y más adelante, la jueza advierte: "Las medidas (...) de simple autoprotección, la comunicación a los posibles afectados que se encontraban en una situación de altísimo riesgo, se debieron adoptar por el mando único", es decir, por la exconsellera de Interior Salomé Pradas.
Y sobre el mensaje masivo, la jueza concluye que su investigación "habrá de determinar las causas, que esta el momento no resultan explicables, no solo para los familiares de los fallecidos, sino para esta instructora, de por qué no se indicó a la población que se resguardara subiendo a zonas altas, más allá del doloroso, por su tardanza, e incompleto, por su contenido, mensaje que se ceñía a evitar desplazamientos".