El TC admite a trámite el recurso del PP y no aparta de momento a los dos magistrados cuyo mandato está caducado

Una cámara frente a la sede del Tribunal Constitucional el día que se celebra el Pleno extraordinario del Tribunal Constitucional, a 19 de diciembre de 2022

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo del PP contra la reforma del Gobierno de coalición para desbloquear la renovación del tribunal de garantías. El Pleno del órgano ha decidido, tras horas de debate, aceptar el escrito de la formación que dirige Alberto Núñez Feijóo y quitarse de encima por el momento las recusaciones planteadas por Unidas Podemos y el PSOE. Ambas cuestiones se han decidido por seis votos conservadores frente a cinco progresistas, lo que implica que los propios recusados han participado tanto en la propia admisión a trámite como en la decisión de que no se aborden ahora sus propias recusaciones, según informan fuentes del tribunal de garantías. Con todo esto resuelto, el Pleno afronta ahora su última etapa: decidir si paraliza por primera vez en su historia la tramitación de una norma en las Cortes Generales.

En el epicentro del debate jurídico se encontraban los cambios normativos que los dos socios del Gobierno han impulsado en forma de enmiendas a la reforma del Código Penal para desbloquear la renovación del propio Tribunal Constitucional, que el bloque conservador lleva meses dilatando. En concreto, PSOE y Unidas Podemos incorporaron a la proposición de Ley dos modificaciones. La primera, para retocar la Ley Orgánica del Poder Judicial de forma que se rebaje de tres quintos a mayoría simple la barrera necesaria para que el órgano de gobierno de los jueces pueda nombrar a los dos magistrados del tribunal de garantías que le corresponden. La segunda, para modificar la Ley del Constitucional para permitir que Gobierno o el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) puedan renovar en solitario cuando alguna de las dos partes no realice su propuesta.

El recurso del PP que dio inicio a la mayor crisis político-jurídica que se recuerda en democracia se dirigía contra el acuerdo de la Mesa de la Comisión de Justicia por el que se admitieron las enmiendas y contra el acuerdo del presidente de ese mismo órgano de no convocar a la Mesa de esa comisión para resolver la reconsideración que pidieron los conservadores sobre la admisión a trámite de esas enmiendas. Los conservadores alegaban en su escrito que de no aceptarse sus peticiones se produciría "un perjuicio irreparable" a sus diputados. Por eso, solicitaban la adopción de unas cautelarísimas para frenar el procedimiento.

La aceptación de una medida de estas características implicaba en la práctica que el Constitucional frenase por primera vez en su historia una tramitación parlamentaria en las Cortes Generales. Para toparse con algo similar es necesario remontarse al procés. A comienzos de octubre de 2017, el tribunal de garantías acordó por unanimidad admitir a trámite un recurso de amparo del PSC y suspender cautelarmente un Pleno convocado en el Parlament para valorar los resultados del referéndum del 1-O. Por aquel entonces, el TC ya había paralizado cautelarmente la Ley del Referéndum y los decretos firmados para la celebración de la consulta.

El primer asalto se saldó el pasado jueves con un aplazamiento a petición del bloque progresista, lo que permitió que la norma superase la votación en el Congreso de los Diputados. Pero la proposición de Ley todavía debe pasar por el Senado. Y con esos mimbres los magistrados se presentaron este lunes a primera hora de la mañana en Domenico Scarlatti, calle donde se ancla el Constitucional, cargados de una ingente cantidad de documentación en relación al caso informes de letrados del tribunal de garantías –tanto del cuerpo oficial como de los de confianza de los diferentes magistrados– con posiciones enfrentadas, recursos de la derecha o escritos de los abogados de los dos socios del Gobierno.

A diferencia de lo que sucedió la pasada semana, en esta ocasión el cónclave ha arrancado sin grandes retrasos. Los magistrados han dedicado toda la mañana a debatir, como paso previo, sobre si tenía que ser el Pleno el que estudie el asunto, lo que ha salido adelante por siete votos a cuatro –uno de los progresistas se ha alineado con los conservadores–. Esto no es baladí. De haber correspondido a una Sala, la cuestión habría recaído en la Segunda, en la que hay un empate a tres entre bloques pero donde los progresistas cuentan con el voto de calidad del presidente, Juan Antonio Xiol.

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Tras una pausa para comer, el cónclave se retomó a primera hora de la tarde para entrar, ahora sí, en lo fundamental: si se frenaba o no la tramitación de la proposición de Ley. Al final, el Pleno admitió a trámite el recurso del PP con el voto a favor de los magistrados del llamado sector conservador, por seis a cinco. El mismo número de votos sirvió también para tumbar directamente que se aborden las recusaciones planteadas por parte de Unidas Podemos y el PSOE, cuya personación en el procedimiento ha sido aceptada, para intentar apartar de la resolución del asunto a los dos magistrados del Constitucional con el mandato caducado cuya renovación corresponde al Gobierno: el presidente del órgano, Pedro González-Trevijano, y el magistrado Antonio Narváez.

Este era uno de los aspectos fundamentales. Al fin y al cabo, las salidas amenazaban con alterar por completo la correlación de fuerzas. Pero el bloque conservador ha forzado que no se aborden en este momento al considerar que, según fuentes jurídicas, "no está constituida la relación jurídico procesal" para admitir dichas medidas.

Con este escollo resuelto, el debate ha entrado ya en su última fase: si acepta o no las cautelarísimas y paraliza la tramitación en las Cortes Generales de la norma.

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