Justicia

La vía penal, una autopista para sortear tasas judiciales en los accidentes de tráfico

El Gobierno planea subir el límite de velocidad en autovías y autopistas.

Hecha la ley, hecha la trampa. Tal y como explican varios jueces, desde hace algunos años es habitual que personas que sufren accidentes de tráfico que conllevan lesiones leves utilicen un truco para evitar tener que hacer frente al pago de las tasas judiciales y los honorarios del médico que certifique sus daños: denunciar el incidente a través de la vía penal en lugar de por lo civil, un mecanismo a través del cual ahorran varios miles de euros, que corren a cargo de la Administración.

El procedimiento es muy simple. El accidentado que tenga un golpe con su vehículo y sufra daños leves debería, en la mayoría de los casos, presentar una demanda por el orden civil para que la Justicia dirima si tiene derecho a cobrar una indemnización del seguro por los daños que ha sufrido. Para iniciar este proceso tendría, antes de nada, que abonar entre 150 y 300 euros –dependiendo de si se inicia un juicio verbal o uno ordinario– en virtud a la ley de tasas aprobada por el exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón, en 2012.

No es el único gasto que tendría que afrontar el denunciante: también debería sufragar de su bolsillo los servicios de un médico forense que reconociese sus lesiones, unos honorarios que pueden ascender a varios miles de euros en función de la gravedad de los daños sufridos, según explica Joaquim Bosch, portavoz de la asociación progresista Jueces para la Democracia (JpD). El precio final a pagar por el accidentado, contando con que no sean necesarios otros informes que apoyen su denuncia, se situaría en torno a los 1.500 euros, aunque depende de los casos puede alcanzar cifras considerablemente más altas.

El examen médico y las tasas, gratis por lo penal

Todos estos costes, sin embargo, desaparecen si el denunciante acude a la vía penal en lugar de a la civil. Los litigios que se llevan a cabo en este orden jurisdiccional están exentos de pagar tasas judiciales, y además a través de la vía penal la Justicia se hace cargo de los honorarios del médico forense que examina al accidentado. En la mayor parte de los casos, explica Marcelino Sexmero, portavoz de la Asociación de Jueces Francisco de Vitoria, este tipo de juicios son archivados o se absuelve al acusado porque las lesiones ocasionadas no son tan graves como para suponer una infracción penal, pero el denunciante ya se ha ahorrado el informe médico –que conlleva el coste más elevado– en caso de que quiera iniciar un nuevo proceso por la vía civil.

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Y, además de todo esto, si el juicio penal es archivado o finalmente se celebra pero el juez absuelve al acusado, el demandante puede solicitar un título ejecutivo: un auto en el cual el magistrado, basándose en el informe de lesiones que ha redactado el forense, fija una cantidad máxima que el accidentado tendría derecho a percibir en concepto de indemnización. Con este documento –que según explica Bosch el juez "no suele denegar" si considera que ha habido una infracción, aunque esta no sea penal– el demandante puede acudir a la vía civil y solicitar a la aseguradora el abono de la indemnización.

Si la compañía aseguradora se opusiera al pago de esta cantidad, sería ella quien debería pagar una tasa de 200 euros y se iniciaría un nuevo proceso, esta vez por la vía civil. En este sentido, el portavoz de Jueces para la Democracia explica que el hecho de presentar este título ejecutivo no supone que automáticamente el demandante vaya a ganar el juicio y a recibir la indemnización, pero sí que consigue agilizar los trámites. Y, además, el accidentado puede utilizar el documento como un argumento más a su favor.

Sexmero y Bosch explican que estas prácticas llevan utilizándose ya desde hace años para esquivar los costes derivados del proceso judicial. Sin embargo, el portavoz de la Francisco de Vitoria hace hincapié en que, si bien se ha registrado un "ligero" aumento en el número de ciudadanos que incurren en ellas tras la aprobación de la ley de tasas judiciales en el año 2012, lo que más se ha incrementado es la litigiosidad de los demandantes a la hora de recurrir las decisiones de los jueces que no les dan la razón por la vía de lo penal y les instan a presentar sus alegaciones por el orden civil.

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