La UE obliga a los Estados miembro reconocer un matrimonio homosexual celebrado en otro país
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) señaló este martes que Polonia está obligada a reconocer el matrimonio de dos ciudadanos con nacionalidad polaca que contrajeron matrimonio en Alemania. El fallo indica que los Estados miembros de la UE están obligados a reconocer el matrimonio homosexual celebrado en otro país comunitario, aunque no acepten los enlaces del mismo género en su legislación interna. La negativa, según el fallo de la corte con sede en Luxemburgo, viola "la libertad de circulación y de residencia" y "vulnera el derecho al respeto de la vida privada y familiar", indicó el TJUE en una nota de prensa.
El caso se refiere a dos ciudadanos polacos -uno también con nacionalidad germana- casados en Berlín en 2018 que solicitaron la transcripción de su certificado de matrimonio en el Registro Civil polaco para que su matrimonio fuera reconocido en Polonia. Las autoridades competentes denegaron la solicitud basándose en que el Derecho polaco no autoriza el matrimonio entre personas del mismo sexo. Polonia es uno de los once estados de la UE que no ha legalizado el matrimonio homosexual.
El caso llegó al Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo polaco y este trasladó al TJUE una cuestión prejudicial para interpretar la normativa europea.
La corte comunitaria consideró en su respuesta que "denegar el reconocimiento del matrimonio contraído legalmente por dos ciudadanos de la Unión en otro Estado miembro, en el que estos han ejercido su libertad de circulación y de residencia, es contrario al Derecho de la Unión, ya que viola dicha libertad y vulnera el derecho al respeto de la vida privada y familiar".
Los Estados miembros "están obligados a reconocer, a efectos del ejercicio de los derechos que el Derecho de la Unión confiere, el estatuto marital adquirido legalmente en otro Estado miembro", agrega el TJUE. No obstante, la corte precisa que esto no supone que sea obligatorio introducir el matrimonio entre personas del mismo sexo en el Derecho interno. Pero cuando un Estado miembro opta por establecer un único medio para el reconocimiento de los matrimonios contraídos en otro Estado miembro, como la transcripción del certificado de matrimonio en el Registro Civil, debe aplicar dicho medio también a los matrimonios entre personas del mismo género.
"Los cónyuges de que se trata, en su condición de ciudadanos de la Unión, tienen la libertad de circular y residir en el territorio de los Estados miembros y el derecho a llevar una vida familiar normal tanto cuando ejerzan dicha libertad como cuando regresen a su Estado miembro de origen", argumenta el tribunal.
Negarse a ello puede provocar "graves inconvenientes administrativos, profesionales y privados, obligando a los cónyuges a vivir como solteros en el Estado miembro del que son originarios", matizó el TJUE, que considera que ese rechazo "no solo viola la libertad de circulación y de residencia, sino que también vulnera el derecho fundamental al respeto de la vida privada y familiar".
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En la actualidad, los países que declaran el matrimonio homosexual como un derecho de sus ciudadanos no son mayoría. Dentro de la Unión Europea, son once los que aún conservan estas leyes homófobas. Además de la ya mencionada Polonia, también se incluyen Bulgaria, Chipre, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, República Checa y Rumanía. Algunos de estos estados sí que reconocen la unión civil entre personas del mismo género, lo que no garantiza los mismos derechos civiles que el matrimonio.
España fue el tercer país del mundo en legalizar esta práctica, en 2005, tras Países Bajos y Bélgica, que lo hicieron en 2001 y 2003 respectivamente. En Europa, Liechtenstein ha sido el último en incorporar esta legislación este mismo año 2025, al igual que Tailandia.
El matrimonio igualitario es legal en tan sólo 39 países de todo el mundo. Por el contario, la actividad sexual entre personas del mismo género es un delito en 67 estados miembro de la ONU, según el informe de la ILGA de 2020 sobre Homofobia de Estado, y en siete de ellos se castiga con la pena de muerte. Entre los países que aplican este castigo se encuentran Arabia Saudí, Irán y Yemen.