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CETA

Guía para entender el CETA

Pancarta contra el CETA en una calle de Bruselas.

Cuarenta y ocho horas después de que el líder del PSOE, Pedro Sánchez, asegurase que su partido se abstendría en las votaciones para ratificar el CETA en el Congreso y el Senado, el tratado comercial entre la Unión Europea y Canadá sigue estando en la picota. Este mismo viernes la presidenta del partido, Cristina Narbona, respondió al comisario europeo de Asuntos Económicos, el socialdemócrata Pierre Moscovici –que el jueves se reunió con Sánchez–, defendiendo el viraje dado por su formación, que hasta ahora siempre ha apoyado el acuerdo con el país norteamericano, y negando que el cambio de postura responda a un acercamiento a Podemos.

Así, en una entrevista en Radio Nacional, Narbona, que anunció el pasado martes en Twitter el giro de los socialistas, afirmó que su partido no cuestiona la globalización sino que rechaza "una forma de globalizar que ha ido encaminando la libertad plena de los capitales a costa de los derechos ambientales, sociales y laborales". En este sentido, puso en cuestión "el exceso de protección a inversores extranjeros" a través de la "creación de discutibles tribunales de arbitraje" y criticó que el tratado "no proteja más que a 27 de las 246 denominaciones de origen" españolas en una "industria fundamental" como la agroalimentaria.

El giro del PSOE en relación con el CETA ha despertado los aplausos de Unidos Podemos, que lo ven "valiente" pero "insuficiente" al no votar en contra. Pero también ha levantado las críticas del PP y el Gobierno. Mientras que el coordinador general de la formación conservadora, Fernando Martínez-Maillo, consideró que el cambio de postura "dibuja un PSOE completamente podemizado, sin rumbo, confuso, radicalizado y populista", el ministro de Economía, Luis de Guindos, apuntó que el tratado comercial es "impecable desde muchos puntos de vista" y llamó a Sánchez a replantearse su posición.

El comercio entre la UE y Canadá supuso, según datos del Parlamento Europeo, 63.500 millones de euros en 2015, una cifra que según Bruselas podría "experimentar" con el tratado "un crecimiento de alrededor de un 20%". En concreto, se exportó desde suelo comunitario por un valor de 35.200 millones de euros –casi 5.500 empresas españolas llevan sus productos al mercado canadiense–, mientras que se importó por 28.300 millones de euros. El país norteamericano, además, fue el cuarto destino más importante para las inversiones de compañías europeas (247.700 millones), mientras Canadá fue el tercer mayor inversor en Europa (165.000 millones de euros). Pero, ¿dónde está el debate?

Destrucción de puestos de trabajo

La Comisión Europea ha repetido por activa y por pasiva que el acuerdo con Canadá impulsará la economía comunitaria. Y se han apoyado en informes del Centre for Economic Policy Research (CEPR) en los que se asegura que la liberalización del comercio y el incremento de las inversiones a ambos lados del Atlántico producirán un aumento del PIB europeo del 0,5%, además de una subida de los salarios del 5% y del número de puestos de trabajo de "varios millones". "Cuando exportas estás produciendo y cuando produces, das empleo", sostuvo este viernes la ministra de Agricultura y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.

Sin embargo, a lo largo de estos últimos años también se han publicado estudios que pronostican todo lo contrario. En CETA without blinders: how cutting 'trade costs and more' will cause unemployment, inequality and welfare losses, una investigación de Pierre Kohler y Servaas Storm, de la Universidad de Tufts, se prevé una destrucción de 230.000 puestos de trabajo –la cifra que ha utilizado este viernes Narbona– en Canadá y la UE, de los que 200.000 serían en suelo comunitario, y una pérdida de ingresos anuales medios de 1.776 euros en el país norteamericano y de entre 316 y 1.331 euros en la UE.

En la misma línea que Tejerina se apoya su compañero de partido Santiago Fisas, eurodiputado del PP y miembro en el Parlamento Europeo de la Comisión de Comercio Internacional: "Es un tratado que permite que la actividad comercial sea mayor, por lo que las empresas venderán más y, por lo tanto, crearán más puestos de trabajo". Algo que, sin embargo, rechaza el europarlamentario Ernest Urtasun, del grupo Los Verdes/ALE y miembro de la Comisión de Asuntos Económicos: "El libre comercio presupone la plena movilidad entre sectores productivos, algo que es ficticio. Si se produce pérdida de empleo en un sector, por ejemplo el ganadero, es probable que no encuentren otro puesto en otro".

Tribunal de arbitraje

También genera un gran debate el mecanismo de resolución de disputas. Según se recoge en el octavo capítulo del tratado, las diferencias entre las empresas y los diferentes Estados tendrán que dirimirse a través de lo que se ha llamado Sistema de Tribunal de Inversiones (ICS, por sus siglas en inglés), un mecanismo que contempla cortes de arbitraje para resolver las disputas sin necesidad de recurrir a los tribunales de justicia ordinarios. En este sentido, el CETA recoge que el ICS, elegido por un Comité Mixto formado por representantes de las dos partes, estará formado por 15 miembros: 5 de los Estados de la UE, 5 de Canadá y otros 5 de terceros países.

Los "miembros" del tribunal, señala el artículo 8.27, deberán tener "las cualificaciones necesarias en sus países respectivos para el ejercicio de funciones jurisdiccionales" o ser "juristas de reconocida competencia", además de "contar con experiencia demostrada en derecho internacional público". También, según establece el artículo 8.30, tendrán que ser "independientes", no estarán vinculados ni recibirán instrucciones de ningún gobierno u organización y cumplirán las directrices de la Asociación Internacional de Abogados sobre los conflictos de interés. 

Asimismo, el acuerdo con Canadá recoge en el artículo 8.28 la creación de un tribunal de apelación "para reconsiderar los laudos dictados". Los miembros, nuevamente, "serán nombrados a decisión del Comité Mixto del CETA" y podrán "confirmar, modificar o revocar" sobre la base de "errores en la aplicación o interpretación del derecho aplicable; errores manifiestos en la apreciación de los hechos, incluida la apreciación del derecho nacional pertinente". Los integrantes de esta 'corte' deberán cumplir los requisitos mencionados anteriormente.

Y, ¿cuándo los inversores podrán recurrir al mecanismo de resolución de disputas? El artículo 8.18 del acuerdo establece que se podrá acudir al ICS cuando la otra parte haya "incumplido" una obligación con respecto a la "ampliación, realización, explotación, gestión, mantenimiento, uso, disfrute y la venta o enajenación de su inversión cubierta" o en caso de que el inversor "alegue haber sufrido pérdidas o daños como consecuencia de la supuesta infracción". Sin embargo, y para "mayor seguridad", no podrá demandar si la inversión se ha realizado "mediante una declaración dolosa, ocultación, corrupción o un comportamiento que equivalga a un recurso temerario".

Sobre este aspecto, Urtasun sostiene que se trata de un sistema "privado" que no estará compuesto por "jueces": "Este mecanismo se inventó para aquellos países donde no había seguridad jurídica. Pero en este caso, donde sí la hay, se debería recurrir a los tribunales de justicia", señala el eurodiputado, que afirma, además, que el tratado con Canadá contempla litigar por lo que se conoce como lucro cesante, es decir, ganancias futuribles que dejará de obtener una empresa ante un cambio regulatorio. Y pone como ejemplo el caso de la tabacalera Philip Morris, que se enfrascó en una batalla legal contra Australia por cambios en su legislación sobre el tabaco.

Fisas, por el contrario, asevera que en el caso de los tribunales de arbitraje se está hablando de "jueces profesionales", y apunta que en el CETA se ha mejorado el mecanismo incluyendo el "sistema de apelación", algo poco frecuente en estos acuerdos comerciales. "No son nuevos. Antes, cuando se hacían los tratados bilaterales, ya había tribunales de arbitraje, pero eran completamente privados. Ahora se han mejorado", apunta el eurodiputado, que rechaza, además, que los inversores se puedan enfrascar en una batalla contra un Estado por lucro cesante. En este sentido, los defensores se escudan en que las autoridades tienen el derecho a regular en función del interés general.

Protección del medio ambiente

El acuerdo con Canadá dedica el capítulo 24 al comercio y medio ambiente. Un total de 16 artículos en los que se protege el derecho de cada parte a regular sobre asuntos medioambientales, se obliga a cada bloque a aplicar su legislación nacional en esta materia y se impide que la UE y Canadá ignoren o rebajen su legislación con el objetivo de impulsar el comercio. "Cada una de las Partes procurará garantizar que dicha legislación y dichas políticas contemplen y fomenten niveles elevados de protección del medio ambiente, y se esforzará por seguir mejorando dicha legislación y dichas políticas, así como los niveles de protección correspondientes", señala el artículo 24.3.

En este sentido, el tratado con Canadá completa su 'compromiso' a través de un segundo capítulo, el de desarrollo sostenible (número 22), en el que los dos bloques sostienen que el crecimiento económico, el desarrollo social y la protección medioambiental son interdependientes y "reconocen la importancia de abordar las cuestiones de desarrollo sostenible evaluando las posibles repercusiones económicas, sociales y medioambientales de las posibles medidas, teniendo en cuenta los puntos de vista de las partes interesadas". 

Por ello, las partes deberán facilitar un Foro, en el que participen organizaciones de la sociedad civil, para llevar a cabo un diálogo sobre estos aspectos. Para el eurodiputado del PP, por lo tanto, no "debería haber problemas a la hora de proteger los derechos ambientales". "Las normativas canadienses en esta materia son muy parecidas a las europeas, lo que no sucede con otros países. Son muy estrictas", explica Fisas.

Sin embargo, los detractores aseguran que castigará el medio ambiente. Florent Marcellesi, eurodiputado de Equo, defiende su postura afirmando que el tratado "es un obstáculo en la lucha contra el cambio climático" porque "incentiva el transporte transatlántico, la comercialización del petróleo, el fracking o las arenas bituminosas". "En octubre de 2014, la presión de Canadá en el marco de la negociación del CETA llevó a debilitar la Directiva sobre la calidad de los combustibles de la UE con el objetivo de facilitar la importación de estas arenas bituminosas a nuestro continente", sentencia en conversación con este diario.

Otro de los asuntos que ponen sobre la mesa los críticos es la ausencia de sanciones. En este sentido, es cierto que el acuerdo sólo contempla que en caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas en materia medioambiental se acudirá a un grupo de expertos que tendrá que pronunciarse al respecto. Si en el informe final que emitirán se concluye que alguna de las partes no ha cumplido, 'infractor' y 'recurrente' abrirán "un debate y se esforzarán (...) por determinar las medidas apropiadas o, en su caso, decidir sobre un plan de acción mutuamente satisfactorio".

¿Privatización de servicios públicos?

El tratado dedica todo el capítulo 9 al comercio transfronterizo de servicios. Ocho artículos en los que se facilita a particulares y empresas de la UE la prestación de servicios a clientes canadienses o viceversa. En este sentido, los dos bloques se comprometen a garantizar un acceso justo y equitativo a estos mercados, concediendo cada una de las partes a los prestadores de servicios y a los servicios "un trato no menos favorable que el que concede" a los suyos propios. Además, ni la UE ni Canadá podrá imponer limitaciones, "en todo su territorio o en un territorio con un nivel de administración nacional, provincial, territorial, regional o local", al número de prestadores de servicios.

Sin embargo, el capítulo "no es aplicable" a una medida que afecte a: los servicios prestados en el ejercicio de facultades gubernamentales; los servicios financieros; la contratación pública por una parte de un bien o un servicio que se adquieran para fines oficiales y no estén destinados a la reventa comercial ni a su utilización en el suministro de un bien o un servicio para la venta comercial; o los servicios de transporte aéreo, los conexos de apoyo a los servicios aéreos y otros servicios prestados por medios de transporte aéreo –con algunas excepciones recogidas en el artículo 9.2–. Además, en el caso de Canadá quedan fuera las industrias culturales y en la UE, los servicios audiovisuales.

Con todo esto sobre la mesa, los detractores del tratado se muestran convencidos de que no se evitan las privatizaciones de servicios públicos. "No se incluye ninguna cláusula horizontal que los excluya", señala Urtasun, que asevera que si, por ejemplo, el Ejecutivo francés decidiese privatizar el sistema sanitario y pasasen a gestionarlo empresas canadienses, el acuerdo con el país norteamericano "complicaría" que el Gobierno galo en un futuro pudiese dar marcha atrás para hacerlo público de nuevo. "Estas compañías llevarían al Estado ante el tribunal de arbitraje", afirma el eurodiputado.

Algo que rechazan, sin embargo, los defensores del CETA. "En ningún caso el sistema europeo de protección de servicios sociales va a cambiar en lo más mínimo", apunta Fisas. Y recuerdan que así quedó reflejado en la declaración conjunta que rubricaron las dos partes. Un texto en el que, en su cuarto punto, establece que la UE y Canadá "afirman y reconocen el derecho de los gobiernos, a todos los niveles, a facilitar y apoyar la prestación de servicios que consideren servicios públicos incluidos los de ámbitos como la salud pública y la educación, los servicios sociales y la vivienda y la recogida, purificación y distribución de agua".

Además, en este mismo apartado, se recoge que el CETA "no impide a los gobiernos que definan y regulen la prestación de estos servicios en favor del interés público" ni tampoco les exigirá "que privaticen ningún servicio" o bloqueará que los "amplíen". "No impedirá a los gobiernos que presten servicios públicos que anteriormente prestaran proveedores de servicios privados ni les impedirá que los servicios que habían decidido privatizar vuelvan a ser públicos", recoge la declaración conjunta, que añade que el tratado "no implica convertir irreversiblemente en parte del sector comercial un servicio público contratado a proveedores privados".

Denominaciones de origen

Otro de los aspectos en cuestión tiene que ver con lo que en el texto se recoge, en el capítulo 20, como Indicaciones Geográficas –la denominación de origen de los productos–. En este sentido, acuerdo de libre comercio establece que Canadá y la UE las "protegerán" e impedirán "el uso de una indicación geográfica de la otra parte" –todas las que están cubiertas aparecen recogidas en el Anexo 20-A– que "no sea originario del lugar de origen especificado" o que, a pesar de serlo, "no haya sido producido o fabricado de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias de la otra parte que se aplicarían si el producto estuviera destinado a su consumo en la otra parte".

Además, el CETA  impide "la utilización de cualquier medio en la designación o presentación de una mercancía que indique o sugiera que la mercancía en cuestión proviene de una zona geográfica distinta del verdadero lugar de origen, de modo que induzca al público a error sobre el origen geográfico de la mercancía". El texto también recoge la posibilidad de que la lista de Indicaciones Geográficas pueda ser en un futuro "modificada", añadiendo nuevas o eliminando aquellas que "hayan dejado de estar protegidas o hayan caído en desuso".

En concreto, el listado de la Unión Europea recoge más de 150 denominaciones de origen de los Estados miembro. De ellas, un total de 27 son españolas, divididas en seis grupos: aceites y grasas de origen animal –Baena, Sierra Mágina, Aceite del Baix Ebre-Montsía, Oli del Baix Ebre-Montsía, Aceite del Bajo Aragón, Antequera, Priego de Córdoba, Sierra de Cádiz, Sierra de Segura, Sierra de Cazorla, Siurana, Aceite de Terra Alta, Oli de Terra Alta, Les Garrigues y Estepa–, carnes –Guijuelo, Jamón de Huelva, Jamón de Teruel, Salchichón de Vic y Llonganissa de Vic–, quesos –Mahón-Menorca y Queso Manchego–, frutas –Cítricos Valencianos y Cîtrics Valancians–, panadería y confitería –Jijona y Turrón de Alicante– y especias –Azafrán de la Mancha–.

La presidenta del PSOE criticó este viernes que sólo sean "27 de 246". Algo que también lamenta Urtasun en conversación con infoLibre: "Deberían estar todas cubiertas. La consecuencia de la ausencia de algunas de ellas es que se pueda empezar a producir un producto y se venda con una denominación de origen que realmente no tiene. Todo eso, claro, con el correspondiente impacto a la industria afectada", asevera el eurodiputado español.

Sin embargo, los defensores del tratado explican que sólo se cubren aquellas susceptibles de ser imitadas, no todas. "Es un avance. Hay que recordar que hasta ahora no se protegía ninguna y se estaba comerciando con Canadá", apostilla Fisas, que afirma que todas aquellas que son "más importantes" están bien cubiertas en el acuerdo.

Preocupación en el sector agrícola y ganadero

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Los sectores agrícola y ganadero son los que más preocupados están ante el desembarco de las empresas canadienses. El pasado mes de febrero la Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) calificó el tratado de libre comercio como un nuevo "acuerdo injusto" con el que la sociedad europea, y en especial el sector primario, "no sacará nada en claro y sí verá aparecer nuevos competidores que dificultarán su supervivencia". Su preocupación es que el CETA favorezca a las grandes multinacionales comercializadoras y no a la inmensa mayoría de agricultores y ganaderos.

En este sentido, la Comisión Europea asegura que el acuerdo permitirá que las pequeñas empresas prosperen. Preguntado por las posibles consecuencias que puede tener en el sector agrícola y ganadero, el miembro en la Comisión de Comercio Internacional del PP reconoce que, como en cualquier tratado, "siempre habrá un sector que puede salir más perjudicado", pero rechaza afirmar si en el caso del acuerdo con Canadá pueden ser los pequeños agricultores y ganaderos. "Hay que mirar el tratado en la globalidad", recalca.

Los detractores, sin embargo, tienen claro que no serán pymes las que saquen mayor tajada con el CETA, sino que serán las grandes empresas. "El 99% de las pequeñas y medianas empresas no exportan más allá del Atlántico. En realidad el riesgo que corren es una caída de su cuota de mercado en la Unión Europea debido a la competencia con las grandes compañías canadienses", aseguraron a finales de octubre en un artículo en eldiario.es varios diputados del Progressive Caucus del Parlamento Europeo. 

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