Libertad de expresión

Absuelta la tuitera acusada de injuriar y amenazar a Llarena por falta de pruebas

El juez Pablo Llarena, en una imagen de archivo.

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El Juzgado Penal 1 de Reus (Tarragona) ha absuelto a la acusada por la publicación en Tuiter de un comentario en el que llamaba "hijo de puta" al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena, instructor de la causa del proceso soberanista, y le advertía a él y a su mujer de que no podrían "ir por la calle" al no considerar que quede probado que fue ella quien hiciera el comentario y porque no ve injurias ni amenazas, según informa Europa Press.

En la sentencia, la titular del Juzgado argumenta que la acusada pretendía poner de manifiesto que existe una realidad social que "discrepa respecto de ciertas decisiones y actuaciones realizadas por un alto funcionario del Estado con ocasión de sus funciones, lo que hace más evidente aun que no había un afán de injuriar Llarena ni de coartar su libertad ni la de su familia".

Por ello, enmarca el comentario en la libertad de expresión, recordando que el Tribunal Constitucional y el Tribunal de Estrasburgo han sentenciado que la libertad de expresión no ampara el insulto pero que las restricciones deben ser "mínimas" en el contexto del debate político y la crítica social cuando se dirige a una persona de relevancia pública. Asimismo, la sentencia considera que la investigación de los Mossos d'Esquadra no ha podido acreditar "sin dudas razonables" que fuera ella quien publicara el comentario, porque se basó en una captura de pantalla del tuit porque éste había sido borrado y el perfil privatizado.

De hecho, en el juicio, los Mossos admitieron que era "imposible saber seguro el contenido exacto del tuit" ya que una captura es modificable, y además, la identificación se basó en la posterior localización de un perfil de Facebook y de Linkedin supuestamente de la acusada, aunque según la juez la única coincidencia constatable era el nombre y un domicilio en Reus. Por el contrario, la acusada no reconoció durante la vista oral que el perfil de Tuiter fuera suyo ni que hubiera escrito el tuit por el que se le acusa, y aseguró no conocer de nada ni a Llarena ni a su esposa, Gema Espinosa, también citada en el comentario.

La acusada se enfrentaba a una petición por parte de la fiscalía de un año y medio de cárcel y una multa de 2.100 euros por delitos de injurias y amenazas o, subsidiariamente, coacciones. En concreto, el comentario en la red social fue: "La mujer del hijo de puta de Llarena es Gema Espinosa, directora de la Escuela Judicial en Vallvidrera (al lado del Observatorio Fabra). Vive en Sant Cugat (donde viene el hdp los fines de semana). Hay difundirlo porque deben saber que no podrán ir por la calle a partir de ahora !!!!".

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La jueza no ve injurias

El tribunal considera que este tuit no supone un delito de injurias porque la expresión "hijo de puta" en la sociedad actual "no es considerada como grave y ni siquiera injuriante si no va acompañada de otras expresiones vejatorias o denigrantes". Añade que Llarena no se ha personado en la causa ni ha presentado ninguna demanda civil por vulneración del derecho al honor, por lo que hay una falta de intención en la persona que emitió el tuit de lesionar su honor y dignidad.

Respecto al delito de amenazas, la juez considera que no se ha producido porque el contenido del mensaje no evoca que "tenga un propósito de causar un mal a Llarena y a su familia", ya que no se conocían y vivían alejados. También desvincula este tuit de las pintadas que se hicieron en la casa de Llarena en Das, en el Pirineo catalán, porque la mujer no tiene ningún vínculo con Arran, organización que reivindicó la acción.

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