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La Audiencia constata la incapacidad de Peinado para argumentar, pero avala que siga con el 'caso Begoña'

El juez Juan Carlos Peinado, a su salida de los juzgados de la plaza de Castilla en Madrid, en una foto de archivo.

El juez Juan Carlos Peinado tiene un problema a la hora de motivar sus resoluciones. Así lo ha constatado la sección 23 de la Audiencia de Madrid que, en un auto fechado el pasado 20 de enero y conocido este lunes ha anulado los últimos cinco meses de la investigación contra Begoña Gómez al considerar que cuatro de sus últimas decisiones carecían de motivación, lo que afecta a los derechos fundamentales a la tutela judicial efectiva y a la defensa de la esposa de Pedro Sánchez y el resto de investigados en la causa que se sigue contra ella. El tribunal provincial recuerda que ha repetido este reproche al juez instructor en otras dos ocasiones sin que Peinado haya corregido este ataque a una de las garantías penales más básicas: que los investigados conozcan las razones del juez para que puedan combatirlas en el proceso. Uno de las resoluciones que se anulan contenía pasajes enteros plagiados al detalle del trabajo de un profesor universitario sin citar al autor.

El auto de la Audiencia anula otros cuatro autos de Peinado por los que decidió transformar sus diligencias previas en un procedimiento del Tribunal del Jurado contra Gómez, su asistente, Cristina Álvarez; el empresario Juan Carlos Barrabés y el exdelegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín. Salvo a este último, que ya ha sido exonerado, al resto les imputa los delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e intrusismo. En su resolución, los magistrados provinciales anulan hasta cinco autos del juez instructor por el mismo motivo, que no ha efectuado "un mínimo esfuerzo argumentativo". Se trata de una corrección que, como relata la resolución de la Audiencia, ya ha sido reprochada en anteriores ocasiones a Peinado. Pese a ello, el titular de la plaza 41 de la Sección de Instrucción de Madrid sigue incumpliendo el mandato de sus superiores.

"Los cuatro autos [de Peinado] que se contienen en esta resolución carecen de la necesaria fundamentación, únicamente se mencionan las personas contra las que se dirige, pero no se hace un relato que comprenda los indicios verosímiles a los que hacemos referencia", sostiene el auto de la Audiencia, que recuerda que "consecuentemente, se vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva (...) que incluye la de obtener una resolución debidamente motivada". El tribunal añade que esa exigencia de que Peinado, como cualquier otro juez, motive sus resoluciones "se encuentra en la necesidad, por un lado, de exteriorizar el razonamiento que ha conducido a la conclusión (...), como expresión de la racionalidad en el ejercicio de la potestad jurisdiccional". El objetivo es, continúa el auto, "que las partes conozcan de forma suficiente las razones de la decisión", pero también que los tribunales de mayor rango ante los que estas recurran puedan controlarla.

La resolución de la Audiencia conocida este lunes se apoya en otra de ese mismo tribunal de hace más de cuatro meses. En el auto del pasado 3 de octubre, los mismos magistrados ya reprocharon a Peinado que una resolución anterior del 10 de marzo no contuviera "una descripción mínima o sucinta de los hechos (...) y los investigados concernidos". Tampoco establecía "un mínimo análisis de la consistencia indiciaria y viabilidad jurídica de la imputación delictiva". Es decir, que no había relatado lo que investigaba, por qué afectaba, a quién afectaba, el material probatorio que había logrado reunir y las razones por las que esos hechos podían considerarse delictivos. Citando su resolución anterior, los magistrados repiten a Peinado que no basta "una simple exposición objetiva de los hechos", sino que es necesario "un mínimo esfuerzo argumentativo" del que las resoluciones del instructor, una y otra vez, carecen.

"Esas mismas consideraciones", recogidas en el auto de la Audiencia del pasado octubre, "pueden y deben ser trasladadas al supuesto que ahora nos ocupa", sostiene el tribunal. Peinado vuelve a impulsar su investigación "sin precisar a los investigados qué concretas conductas son las que justifican la continuación de la causa y cuál es la base incriminatoria (...) que da solidez y consistencia a la hipótesis acusatoria". Los magistrados recuerdan que "algunas de las imputaciones efectuadas (...) exigen una mínima verificación sobre su existencia (...) para permitir una mejor delimitación del objeto del procedimiento y facilitar las posibilidades de la defensa".

La cuarta vez

Quiénes son los tres jueces que avalan a Peinado en su excéntrica instrucción contra Begoña Gómez

Quiénes son los tres jueces que avalan a Peinado en su excéntrica instrucción contra Begoña Gómez

Se trata de la cuarta vez que la Audiencia de Madrid anula resoluciones del instructor del caso Begoña Gómez debido a la debilidad o directamente la ausencia de sus argumentos. Esta escasez de razonamiento, como sostiene la resolución de este lunes, afecta incluso a decisiones de Peinado que se dictan con el objetivo de subsanar la fragilidad argumental que encuentra el tribunal provincial. Es lo que ocurrió con el auto que redactó el instructor para cumplir con lo que le reclamó la Audiencia el pasado 3 de octubre. Este último anuló la creación de una pieza separada para investigar las labores de la asesora asignada a la esposa del presidente del Gobierno. Peinado dictó el 4 de noviembre otro auto que, cumpliendo las órdenes de los magistrados, volvía a acumular todo lo investigado. La Audiencia ha advertido este lunes de que esa resolución "tampoco cumple con la necesaria motivación que indicamos en los párrafos precedentes", por lo que, como los otros cuatro recurridos, "debe alcanzar la nulidad acordada en esta resolución", dicen ahora los magistrados.

Peinado es un juez reincidente en su falta de motivación. En otras ocasiones ha ordenado diligencias invasivas de derechos fundamentales –como cuando pidió todos los correos electrónicos enviados por Gómez desde que ella y su esposo se instalaron en La Moncloa– mediante providencia, un tipo de resolución más breve que está prevista para actos procesales de menor importancia que no requieren la justificación de su pertinencia y proporcionalidad. Sin embargo, el juez instructor no ha sido objeto, hasta el momento, de ninguna investigación disciplinaria en el CGPJ por estos hechos pese a que "la absoluta y manifiesta falta de motivación de las resoluciones que la precisen" constituye una falta disciplinaria muy grave, según el artículo 417 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Pese a sus continuos varapalos a la instrucción, la Audiencia de Madrid ha rechazado hasta el momento el archivo que le reclaman Gómez, el Ministerio Fiscal y el resto de imputados. La causa sigue adelante con el único impulso de la acusación popular ejercida por Vox y varias asociaciones ultraconservadoras y ultracatólicas.

Uno de los autos de Peinado anulados este lunes es el que redactó el pasado 1 de octubre. En él, copiaba párrafos enteros de un profesor de Derecho Penal sin atribuírselos. Lo hizo para tratar de explicar la conexión del único delito que le permitía llevar el caso a un tribunal popular –el de tráfico de influencias– a los otros tres que investiga. El instructor del caso Begoña plagió en esa ocasión al menos seis párrafos literales del artículo titulado Las causas de conexión penal y su aplicación tras la reforma operada por la ley 41/2015. Se trata de un ensayo elaborado el 29 de septiembre de 2017 por el profesor titular de Derecho Procesal de la Universidad de Córdoba Ignacio José Cubillo López publicado en la revista Estudios de Deusto, perteneciente a esa universidad bilbaína.

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