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'Caso Moix'

La empresa panameña de los Moix ocultó a Hacienda la compra del chalé durante nueve años para que prescribiera el pago de impuestos

El ex fiscal Anticorrupción Manuel Moix.

La empresa panameña de la familia Moix ocultó a la Hacienda española la compra de un chalé durante más de nueve años para dejar así que prescribiera la obligación de pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP), según documentos oficiales a los que ha tenido acceso infoLibre. La adquisición de la vivienda se realizó en febrero de 1988 pero no se inscribió en el Registro de la Propiedad hasta septiembre de 1997. Manuel Moix es fiscal desde 1986, dos años antes de que su familia adquiriese la compañía panameña, pero la semana pasada sostuvo que no conoció su existencia hasta 2008 o 2011 (ofreció dos versiones diferentes en dos días). "La sociedad de Panamá era un problema de mi padre", llegó a declarar pocas horas antes de verse forzado a dimitir el pasado jueves como fiscal jefe de Anticorrupción.

Este periódico desveló el lunes 29 de mayo que Manuel Moix era propietario del 25% de la sociedad panameña. En un principio intentó aferrarse al cargo, ofreciendo una versión plagada de falsedades, pero en apenas 60 horas tuvo que renunciar. Se fue entre elogios del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, quien aseguró que Moix no había cometido ninguna irregularidad ni ilegalidad.

"La sociedad panameña se configura desde su origen como vehículo defraudador, en perjuicio de acreedores y de la Hacienda pública", explican dos notarios y dos inspectores de Hacienda a los que infoLibre mostró los documentos relacionados con el caso.

La historia es la siguiente. El 21 de octubre de 1986, los padres del fiscal –Manuel Moix Martínez y Manuela Blázquez Borja– compraron una finca de casi 5.000 metros cuadrados en el municipio de Collado Villalba (Madrid). La operación se escrituró ante el notario Félix Pastor Ridruejo. Un mes más tarde, el 14 de noviembre de 1986, contrataron a una pequeña constructora local –Terecon SA– para que les edificase un chalé. Se fijo un precio predeterminado, "por un ajuste alzado", pero los dueños del inmueble pidieron reiteradas modificaciones de obra que incrementaron el precio. Y cuando llegó la hora de pagar, decidieron que no lo hacían. La constructora les llevó a los tribunales, pero la familia Moix decidió adquirir una sociedad en Panamá y transferirle la propiedad del inmueble.

Manuel Moix Martínez era catedrático de Trabajo Social e inspector de Trabajo. En aquel momento, dos de sus hijos ya eran juristas. Margarita, la hermana mayor, era abogada desde 1983. Y Manuel, el segundo, era fiscal desde 1986.

Los Moix recurrieron al bufete panameño Morgan & Morgan, uno de los más importantes del mundo a la hora de crear empresas pantalla. Los principales despachos del país centroamericano crean decenas de miles de empresas, ponen como directivos a testaferros y luego venden esas sociedades a personas interesadas en mantener oculta su identidad. El 22 de diciembre de 1987, Morgan & Morgan constituyó la sociedad Duchesse Financial Overseas. El 4 de enero de 1988, la inscribió en el Registro Mercantil de Panamá. Y pocos días después, el 25 de enero de aquel año, la compañía off-shore nombró apoderada a Margarita Moix, la hermana del fiscal. Este apoderamiento se produjo ante el notario panameño Sergio Pérez Saavedra. Pero formalmente los directivos eran testaferros profesionales. La tesorera de la empresa sigue siendo a día de hoy Aida May Biggs, una ciudadana panameña de 93 años que figura en más de 17.000 sociedades.

La inscripción en el Registro de la Propiedad

El 24 de febrero de 1988, los Moix transfirieron formalmente la propiedad a la compañía panameña que acababan de comprar. La escritura se otorgó de nuevo ante el notario Félix Pastor Ridruejo. Como parte vendedora comparecieron los padres del fiscal y como parte compradora, Duchesse Financial Overseas, que estaba representada por Margarita Moix. Era una operación destinada únicamente a enmascarar el verdadero propietario del chalé, para evitar que pudiera ser embargado por la constructora Terecon SA o por otros potenciales acreedores.

De acuerdo con la legislación española, Duchesse Financial Overseas tenía 30 días hábiles para autoliquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP). En aquel momento estaba fijado en el 6% del importe de la compraventa. El valor real del chalé –con una superficie construida según el catastro de 457 metros cuadrados–, más allá de la señalada en la escritura de compraventa, superaba en aquel momento los 45 millones de pesetas. Así que los Moix tendrían que haber ingresado en Hacienda 2,7 millones de pesetas de la época.

Pero no lo hicieron. Y dejaron pasar más de nueve años antes de inscribir la compraventa en el Registro de la Propiedad. De esta forma, prescribió su obligación de pagar el ITP. Dicha obligación prescribía entonces a los cinco años.

Cuando una persona pretende inscribir un cambio de titularidad en el Registro de la Propiedad, uno de los documentos que debe presentar es la autoliquidación del ITP. Si no lo aporta, el registrador no inscribe la escritura, salvo que la obligación de pago haya prescrito.

En el caso de Duchesse Financial Overseas, la inscripción en el Registro de la Propiedad se realizó el 23 de septiembre de 1997, es decir, nueve años y siete meses después de firmar la escritura de compraventa. El registrador dejó constancia expresa de que el impuesto estaba "prescrito".

"Al dejar que pasase el plazo de prescripción, la sociedad panameña no abonó el impuesto al que estaba obligada y además soslayó la posible comprobación de valores por la Hacienda Pública, y la posibilidad de una liquidación complementaria", explica uno de los inspectores de Hacienda que vio los documentos. El ITP se autoliquida por el comprador sobre la base del precio de la compraventa, pero la Administración tributaria puede comprobar los valores declarados para determinar si el precio se ajusta a los valores de mercado y girar en caso contrario una liquidación complementaria. Esa comprobación sólo la puede hacer durante el plazo de prescripción del impuesto. En este caso, hasta el 24 de febrero de 1993, cinco años después de que Duchesse Financial Overseas adquiriese el inmueble en escritura pública.

Cuando el pasado lunes 29 de mayo infoLibre se puso en contacto con Moix, para conocer su versión sobre la empresa panameña e incluirla en la información que iba a publicar, el entonces fiscal jefe de Anticorrupción puso en marcha lo que en el argot periodístico se conoce como una "voladura controlada". No contestó a este periódico y contactó con El Español, que publicó una versión llena de falsedades bajo el siguiente titular: "Moix heredó el 25% de una sociedad inactiva de su padre abierta en Panamá hace 30 años".

En esa primera versión, el fiscal aseguró que él y sus tres hermanos –cada uno de ellos dueño del 25% de la sociedad– se habían enterado de la existencia de la compañía panameña en 2008, cuando falleció su madre. infoLibre demostró que esa versión era falsa, ya que Margarita Moix había actuado como representante de Duchesse Financial Overseas en 1988, cuando la familia adquirió la empresa al bufete panameño Morgan & Morgan. 

Al día siguiente, Moix cambió de versión y aseguró que en realidad se había enterado de que el chalé estaba a nombre de una sociedad panameña cuando murió su padre, en diciembre de 2011. Y el miércoles, en una entrevista con El Mundo, cuando le preguntan por qué los Moix mantuvieron dicha empresa oculta para la Hacienda española durante décadas, responde: "Eso es un problema de la sociedad y de mi padre, no es un problema mío". Y añade que no sabe por qué motivo adquirió la compañía su padre: "Yo lo descubro cuando fallece mi padre, a la hora de hacer números. Me dicen mis hermanas que está a nombre de una sociedad. '¿El qué?, pregunto. 'La casa, ya sabes cómo era tu padre', me dicen. Y a partir de ahí declaramos la sociedad".

Una nueva falsedad. Este periódico desveló ese mismo miércoles que el propio fiscal había estado presente en la declaración de sus padres en un procedimiento por alzamiento de bienes. Y es que el impago de las obras a Terecon y el intento de ocultar las propiedades para que el constructor demandante no pudiera comprobar provocó hasta cuatro procedimientos judiciales diferentes, que se prolongaron durante 13 años. Finalmente, los Moix pagaron tras llegar a un acuerdo extrajudicial.

La empresa Panamá y las explicaciones falsas llevaron a Moix a un callejón sin salida y el jueves renunció al cargo. En la comparecencia en la que anunció su destitución, el fiscal general del Estado defendió con rotundidad que Moix no había cometido "ningún tipo de irregularidad ni de ilegalidad". De hecho, José Luis Maza aseguró que lo había intentando convencer para que permaneciese en el puesto. Y también se comprometió públicamente en su defensa el ministro de Justicia, Rafael Catalá, quien aseguró este viernes que la empresa panameña de Moix "tributaba todos sus impuestos" en España.

  MOIX NO RESPONDE

El pasado viernes por la mañana, infoLibre le envió a Manuel Moix una serie de preguntas relacionadas con el impago del ITP por parte de Duchesse Financial Overseas. El fiscal, una vez más, no respondió a este periódico.

El contenido del mensaje trasladado a Moix fue el siguiente:

Hechos:

a) Duchesse Financial Overseas adquirió la finca mediante escritura autorizada por el notario Félix Pastor Ridruejo, el 24 de febrero de 1988.

b) Duchesse Financial Overseas no autoliquidó en el plazo de 30 días el ITP, tal y como establece la legislación.

c) La compraventa no se inscribió por parte de Duchesse Financial Overseas en el Registro de la Propiedad hasta el 23 de septiembre de 1997, cuando ya había prescrito la obligación de abonar el ITP. De hecho, esa inscripción se realizó dejando expresamente constancia de que había “prescrito el impuesto”.

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Preguntas:

a) ¿Por qué incumplió Duchesse Financial Overseas la obligación de autoliquidar el ITP en el plazo de 30 días?

b) ¿Por qué dejó pasar Duchesse Financial Overseas más de cinco años desde la compra de la vivienda antes de inscribir la operación en el Registro de la Propiedad, de forma que prescribió la obligación de pagar el ITP?

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