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Los límites del Estado aconfesional

El Gobierno anuncia un hachazo al negocio de la Iglesia en pleno pulso por Franco

La vicepresidenta del Gobierno, Carmen Calvo, junto al secretario de Estado del Vaticano, Pietro Parolin, este lunes.

En medio de la controversia sobre el destino de los restos de Francisco Franco si es exhumado del Valle de los Caídos, con el Gobierno de Pedro Sánchez decidido a hacer todo lo posible para evitar que acabe en la Catedral de la Almudena, Carmen Calvo ha puesto el dedo en la llaga fiscal. Y la llaga, el punto débil, el talón de Aquiles de la Iglesia católica española es un régimen tributario beneficioso anclado en los acuerdos del España con la Santa Sede de 1976-1979 y ampliado en democracia. La vicepresidenta afirmó que en la reunión "cordial, útil, fructífera y productiva" que mantuvo el lunes con el secretario de Estado del Vaticano, Pietro Parolin, le comunicó que el Gobierno desea que se aplique la fórmula italiana, de manera que la Iglesia tribute por "aquellos inmuebles o actividades en las que no se produce culto". Dado el colosal significado político de la exhumación de los restos de Franco y su posterior inhumación, el anuncio de Calvo quedó en un segundo plano, pero se trata de una advertencia de enorme calibre. Si de verdad se suprimiera este beneficio, la Iglesia tendría entre otras cosas que pagar el IBI por un número hasta ahora no cuantificado de viviendas y locales en alquiler. Un hachazo.

La supresión de las exenciones por las actividades ajenas al culto supondría para la Iglesia católica el pago de una ingente cantidad de dinero. Cientos de millones al año, según distintas estimaciones. Calvo no detalló si el fin de la exención afectaría al campo educativo, donde la Iglesia tiene su principal feudo de poder e influencia. No obstante, aunque sólo fueran puestas en la picota las exenciones de inmuebles alquilados a terceros, el palo ya sería considerable para la economía de la institución católica.

Los acuerdos del 76-79 prevén numerosas exenciones, pero las vinculan fundamentalmente a actividades religiosas y pastorales. Por ejemplo, la exención de la contribución urbana, es decir, del IBI, se ciñe a "templos y capillas destinados al culto", así como sus "dependencias o edificios y locales anejos dedicados a la actividad pastoral"; "residencias de los obispos, de los canónigos y de los sacerdotes [...]"; "locales destinados a oficinas de la curia diocesana y a oficinas parroquiales"; "seminarios destinados a la formación del clero diocesano y las universidades eclesiásticas"; "edificios destinados primordialmente a casas o conventos de las órdenes, congregaciones religiosas e institutos de vida consagrada".

Ha sido en plena democracia cuando se han ampliado los beneficios. La Ley de Haciendas Locales de 2004recoge la exención a los centros concertados, que en realidad ya se aplicaba desde 1993. No obstante, el artículo 62.1 de la Ley de Haciendas Locales señala que quedarán eximidos del pago los bienes "de la Iglesia Católica", pero sólo "en los términos previstos en el Acuerdo entre el Estado Español y la Santa Sede. Es decir, no se prevé exención del IBI para actividades lucrativas mediante el alquiler, uno de los negocios más provechosos de la Iglesia. Esa ventaja fiscal –que correría peligro si se cumple el propósito de Calvo– llegó en 2002, con la aprobación de la Ley de Mecenazgo.

El negocio del alquiler

La historia reciente prueba que los principales logros económicos de la Iglesia en democracia han llegado con cierto disimulo. La articulación del moderno sistema de educación concertada (1985), la ley hipotecaria amplió la posibilidad de realizar inmatriculaciones (1998), la autorización para permitir que se marcaran a la vez las casillas de la Iglesia y de fines sociales (2000) y el cambio de modelo de financiación que subió al 0,7 por 100 la recaudación por cada equis en el IRPF (2006) comparten la característica de que, en el momento de su aprobación, no parecían ser tan beneficiosas para la Iglesia como en realidad eran. Lo mismo puede decirse de la Ley de Mecenazgo de 2002. Presentada como una ley para reducir impuestos a las fundaciones sin ánimo de lucro y las ONG, la norma libera del pago del IBI a los inmuebles en los que las entidades benéficas desarrollen actividades a su vez exentas del Impuesto de Sociedades. Ahí entra la Iglesia. Entre las actividades exentas del Impuesto de Sociedades están los donativos y donaciones, las cuotas de los asociados, colaboradores y benefactores... y las rentas "procedentes del patrimonio mobiliario e inmobiliario de la entidad, como son los dividendos y participaciones en beneficios de sociedades, intereses, cánones y alquileres".

Los alquileres: he aquí una gran fuente de ingresos de la Iglesia, que opera libremente y al margen del fisco en un lucrativo sector, el del arrendamiento. En base a la Ley de Mecenazgo, la Conferencia Episcopal alega que ello no constituye un privilegio, en el sentido de que lo pueden hacer las demás ONG. Es cierto. La diferencia estriba en que la Iglesia es la mayor propietaria privada de bienes inmobiliarios del país. Las dimensiones de este negocio son una incógnita. La memoria del uso que la Iglesia da a la asignación vía IRPF no aclara nada sobre el patrimonio alquilado de la Iglesia.

De Almería a Begur

La jerarquía sostiene que en 2015 –último año sobre el que ha ofrecido datos– obtuvo 208 millones de alquiler de inmuebles, de "actividades económicas", de la prestación de servicios eclesiales y de lo que la jerarquía católica define como "instituciones diocesanas", que son las aportaciones dinerarias a residencias sacerdotales, parroquias o seminarios. El dato no está detallado ni desglosado, ni es objeto de comprobación de ningún tipo por parte de las autoridades públicas. Tampoco el Tribunal de Cuentas lo fiscalizará. Además, ahí sólo están los datos de las diócesis. Pero hay infinidad de alquileres. infoLibre ha localizado inmuebles arrendados que no pagan IBI de las diócesis deAlmería y Lugo. Y no sólo lo hacen los obispados.

Los Padres Mínimos arriendan un hotel en la Costa Brava sin pagar IBI. El Seminario Conciliar de Burgo de Osma, las Madres Carmelitas Descalzas del Monasterio de la Santísima Trinidad y Cáritas poseen un inmueble en un edificio noble de Madrid, frente a El Corte Inglés de Princesa, en cuyos bajos abren sus puertas un Uterquë –la marca más selecta del grupo Inditex–, una farmacia y un Women's Secret. El Ayuntamiento no le saca un euro de IBI, según publióEl Confidencial y confirman fuentes conocedoras del negocio.

Educación y caridad

Las exenciones fiscales a inmuebles en los que se desarrollan actividades lucrativas son un punto débil de la Iglesia porque suponen un importante beneficio pero no están arraigadas en los acuerdos del 76-79, cuya derogación exige una crisis diplomática con el Vaticano. Podría bastar a priori con cambios en la Ley de Mecenazgo y en la Ley de Haciendas Locales. Tomando como base la literalidad de la afirmación de Calvo, que asegura que pretende quitar la exención a "aquellos inmuebles o actividades en las que no se produce culto", el potencial impacto de la medida sería notable. Las exenciones a la Iglesia abarcan parcialmente el Impuesto de Sociedades, incluyendo actividades que no tienen que ver con lo estrictamente religioso sino con la dimensión social y caritativa de la Iglesia. Lo mismo ocurre con las explotaciones económicas exentas.

Si verdaderamente quedaran exentas sólo las actividades de culto, el palo a la Iglesia sería monumental. No obstante, se suele entender en el ámbito tributario que numerosas actividades de la Iglesia, aun no siendo propiamente de culto, responden indirectamente a los fines propios de la institución. El modelo italiano al que aludió Calvo incluye dentro del culto las tareas educativas y de beneficencia.

Mucho más que el IRPF

La Iglesia católica española no paga, por ejemplo, por las donaciones o herencias. Tampoco paga por las rentas derivadas de adquisiciones o transmisiones de bienes y derechos. Las exenciones abarcan impuestos locales como el IBI, el Impuesto Municipal de Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras –ya cuestionado por la UE– y el Impuesto de Actividades Económicas. Está por ver el alcance reformista de Calvo, pero su anuncio supone la mayor amenaza al estatus económico de la Iglesia en España desde que a finales de 2005 la UE obligó al Estado a acabar con su exención del IVA. Aquella vez el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero (PSOE) compensó de sobra a la CEE con un acuerdo que elevaba de poco más del 0,5% al 0,7% la asignación por cada casilla marcada en el IRPF, facilitando un drástico incremento de los ingresos por esta vía.

No obstante, aunque la asignación tributaria da mucho que hablar, son sólo 250 millones al año. Las exenciones son mucho más. La jerarquía católica se ampara en su descentralización para no ofrecer un listado y una cuantía de sus bienes exentos, que las autoridades fiscales tampoco ofrecen. Más difícil aún es conocer el dato de cuántos de estos bienes –como parkings u hoteles– le reportan beneficios sin pago del IBI. Sobre el montante económico global que lasarcas públicas dejan de ingresar por las exenciones fiscales a la Iglesia sólo hay estimaciones. Europa Laica ha calculado que entre todos los impuestos –Sociedades, Obras, Transmisiones, Patrimonio, IBI...– la cifra ronda los 2.000 millones al año. Circulan numerosas aproximaciones de partidos políticos o fundaciones como la Francesc Ferrer i Guàrdia. Todas apuntan a exenciones multimillonarias. Jueces para la Democracia ha estimado en 3.000 millones el menoscabo anual que las exenciones a la Iglesia supone para las arcas públicas.

No está cuantificada la cifra de las exenciones por inmuebles y actividades ajenas al culto. El Blog Salmón, especializado en temas fiscales, realizó una estimación en 2012 según la cual serían 600 millones exentos en bienes no destinados al culto, un concepto por otra parte difícil de delimitar.

Según Carmen Calvo, el secretario de Estado Parolin entendió que "no parecen sostenibles las exenciones fiscales para asuntos no relativos al culto", sino que la Iglesia debe tributar "de forma razonable", por lo que ambas partes han quedado en trabajar conjuntamente sobre esta cuestión. No aclaró si este propósito podría abarcar una revisión de la opacidad con la que las diócesis y cabildos manejas sus ingresos por venta de entradas a monumentos.

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La fundación social de la Iglesia

Fernando Giménez Barriocanal, responsable de asuntos económicos de la CEE, recuerda que las exenciones fiscales no se establecen porque sí, sino porque se entiende que la entidad beneficiaria aporta de ese modo más a la sociedad. Giménez Barriocanal insiste en que la Iglesia no goza de ningún privilegio fiscal, sino que está en pie de igualdad con el resto de fundaciones y ONG acogidas a la Ley de Mecenazgo. En medios tributarios se considera incluso que, al no existir a raíz de la ley de 2002 tratamiento subjetivo específico de la Iglesia, no resulta técnicamente acertado hablar de exenciones fiscales a la institución católica, ya que hay otras organizaciones que las disfrutan.

La diferencia –otra vez– es que, por su dimensión, el impacto de estos beneficios fiscales hace de la Santa Madre un caso especial. El Gobierno, mientras trata de que la Iglesia le cierre la puerta a Franco, acaricia la idea de rebajar estetrato de favor.

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