Iglesia católica

La Iglesia se lucra sin pagar IBI con otro 'parking' en Lugo con el mismo método que en Almería

Ayuntamiendo de Lugo.

La Iglesia posee un inmueble. Lo alquila; es decir, no le da un uso religioso ni social, sino lucrativo. Y a pesar ello no paga el impuesto sobre bienes inmuebles (IBI), una de las principales fuentes de financiación de los ayuntamientos en España. El esquema se repite: en Almería, tal y como publicó infoLibre el pasado 13 de diciembre, y también en Lugo.

El Obispado de Lugo es propietario de un aparcamiento que arrienda a una empresa privada, lo que le permite darle actividad económica, ajena a los fines propios de la Iglesia, sin pagar el IBI. Tiene más de "200 plazas" y el precio es de 3 euros al día, según la información comercial que se ofrece en el número de teléfono del parking. El resto de aparcamientos de la ciudad sí paga IBI, asegura el Consistorio a través de un portavoz.

"El aparcamiento está arrendado a una empresa que lo explota desde el año 2014", responde la Diócesis a preguntas de este periódico. ¿Por cuánto lo arrienda? No hay respuesta. "No podemos facilitar datos que se refieren o implican a terceros", afirma la Diócesis de Lugo, la misma respuesta que en Almería, cuyo obispado posee dos parking arrendados por los que tampoco paga la contribución.

Aunque el Obispado sólo informa de que la explotación de la actual empresa arrendataria se produce desde 2014, lo cierto es que la Diócesis alquila el inmueble al menos desde 2008, según un informe de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de Lugo.

El debate sobre si la Iglesia debe pagar el IBI o no es antiguo. Los ayuntamientos en España dejan de ingresar cantidades millonarias cada año por la exención del IBI. Dicha exención se basa en una justificación: la Iglesia desarrolla una función social. Este especial estatus fiscal se ancla en el Acuerdo sobre Asuntos Económicos entre el Estado español y la Santa Sede, de 1979, cuyo artículo 4 exime a la Iglesia del pago del IBI por templos y capillas "destinados al culto", residencias de obispos, oficinas parroquiales, seminarios "destinados a la formación del clero diocesano", universidades...

Ésa era la esencia del acuerdo: evitar el IBI a los inmuebles en los que la Iglesia desarrolla sus funciones propias. Dicho acuerdo se desarrolló después en 2002, con mayoría absoluta del PP, con la ley de mecenazgo, cuyo artículo 15 señala: "Estarán exentos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles los bienes de los que sean titulares, en los términos previstos en la normativa reguladora de las haciendas locales, las entidades sin fines lucrativos, excepto los afectos a explotaciones económicas no exentas del Impuesto sobre Sociedades".

Aunque ha habido interpretaciones jurídicas contradictorias, los tribunales se están inclinando a interpretar que este artículo justifica una exención del IBI en caso de que el alquiler no implique el pago del impuesto de sociedades, como es en el caso de los aparcamientos de la Iglesia en Almería y Lugo, según sus respectivas diócesis. La asociación Europa Laica ve un "fraude" que la Iglesia se libre del IBI en sus negocios.

Informes a favor de la Iglesia

En el caso de Lugo, el Ayuntamiento, intentó cobrar el IBI por este aparcamiento, pero el Obispado presentó un recurso que fue aceptado, según un informe de diciembre de 2015 encargado por el Consistorio a su asesoría jurídica para delimitar la cuestión relativa al parking. Dicho informe, de carácter no vinculante, explicita que el aparcamiento se encuentra en la Avenida Alcalde Anxo López Pérez y que en 2008 se firmó contrato de alquiler del mismo con la sociedad Aparcadoiro do Seminario SL, que había sido constituida en 2006. La conclusión del informe jurídico es que el alquiler por parte de la Iglesia está exento de IBI. El Ayuntamiento, presidido por la alcaldesa socialista Lara Méndez, resalta a través de un portavoz que hizo el intento de cobrar el IBI, pero que jurídicamente se comprobó que era inviable con el actual marco jurídico.

El Ayuntamiento de Almería, reiteradamente requerido por este periódico, rehúsa aclarar si tiene voluntad de intentar cobrar el IBI por los dos aparcamientos de la Iglesia, tal y como le reclaman el PSOE e IU. No obstante, hay un documento que acredita que la cuestión estuvo sobre la mesa no con el actual alcalde, Ramón Fernández-Pacheco (PP), sino con su antecesor, su compañero de partido Luis Rogelio Rodríguez-Comendador. Una resolución de diciembre de 2011 detalla que el Obispado presentó un recurso de reposición para justificar el impago del IBI, la cual fue aceptada por el Ayuntamiento.

El PSOE señala que dicha resolución asume como verdadero e incontrovertible el punto de vista legal de la Iglesia y reclama al Consistorio de Almería que encargue ahora un informe jurídico para delimitar con precisión la cuestión. El Ayuntamiento no aclara si lo hará. A juicio del grupo socialista, el artículo 7 de la ley de mecenazgo –que limita la exención del impuesto de sociedades a inmuebles para actividades como "protección de la infancia", "asistencia a la tercera edad", "asistencia a refugiados y asilado"– no cubre los arrendamientos.

"Revisión de todas las exenciones" en Granada

La exención del pago del IBI por parte de la Iglesia, incluso cuando se produce una actividad lucrativa en el inmueble, es un tema sujeto a controversia no sólo en Almería y Lugo. En Granada, la asociación Granada Laica y el partido Vamos Granada elaboraron, a partir de información con referencias catastrales remitida por el Ayuntamiento, un listado de 352 inmuebles que supuestamente son propiedad de la Iglesia y sus órdenes.

En dicha lista hay numerosos inmuebles en los que se desarrolla actividad económica ajena a los fines de la Iglesia que justifican su exención del IBI, según Granada Laica y Vamos Granada. La Diócesis de Granada, consultada por infoLibre acerca de varios de estos inmuebles donde supuestamente se desarrolla actividad económica, niega la titularidad "del Arzobispado" de uno de ellos y no responde sobre el resto.

La información de los 352 inmuebles supuestamente propiedad de la Iglesia y sus órdenes fue condensada en un documento por Granada Laica y Vamos Granada y entregada a Baldomero Oliver, delegado de Economía (PSOE), que se comprometió a que el Ayuntamiento realizaría las comprobaciones oportunas. El convencimiento previo de Oliver es que si en los bienes se realiza una actividad económica –no social ni pastoral, ni de residencia de religiosos, por ejemplo–, la Iglesia debe pagar el IBI.

Oliver afirma que el Ayuntamiento está revisando "todas las exenciones" concedidas durante los gobiernos locales del PP, en el poder hasta mayo de este año. "Cuando corresponda, se mantendrá el IBI. En caso contrario, se revisará. La exención debe estar condicionada a unos determinados fines. Ni los acuerdos con la Santa Sede ni la ley de haciendas locales prevén una exención total y absoluta sólo por ser confesión religiosa", afirma Oliver, que afirma que la decisión de qué bienes quedarán fuera y dentro de la exención la delimitarán "los técnicos".

El Obispado se muestra confiado en que la ley está de su parte. "No es competencia de un Ayuntamiento modificar una ley estatal. Las actividades económicas de cualquier entidad sin ánimo de lucro, incluida la Iglesia, están exentas en esas condiciones legales", señala la Diócesis de Granada.

"Competencia desleal" en Valencia

El alcalde de Valencia, Joan Ribó (Compromis), se pronuncia también contra este tipo de exenciones. Según datos del Ayuntamiento, en Valencia hay 438 bienes de la Iglesia exentos de IBI. El Consistorio asegura que entre ellos hay inmuebles en los que se desarrollan actividades económicas sin relación con los fines propios de la Iglesia.

"No es comprensible que si cualquier vecino de la ciudad paga sus impuestos, haya quien no los pague con el beneplácito de una excepcionalidad normativa ad hoc", afirma el regidor en una nota remitida a infoLibre. Y añade: "No se puede entender, porque está fuera de toda lógica, el agravio comparativo de aquellas empresas que pagan sus tributos de IBI, respecto a otras que, por estar asentadas en inmuebles vinculados a la Iglesia, no tienen la obligación de pagarlo. Hablamos de una competencia desleal".

Un portavoz oficial del Ayuntamiento precisa que, a juicio del Consistorio, no deben estar exentos del IBI inmuebles en los que se desarrollen actividades como "alquileres no sociales, parking o cualquier otro negocio" parking. "Las tasas e impuestos a los ciudadanos o a las empresas sirven para mejorar los servicios de los que todos los vecinos de una ciudad disfrutan; por lo tanto, todos deberíamos contribuir: también la Iglesia católica, a través del pago del IBI por sus inmuebles con negocios", apunta Ribó.

¿Cómo va a proceder el Ayuntamiento de Valencia? "Conseguir este objetivo pasa por dos estrategias", responde el portavoz oficial: una) pedir formalmente el pago del IBI a los inmuebles de uso lucrativo de la Iglesia, "articulando una propuesta común a través de la FEMP [Federación Española de Municipios y Provincias]": dos) "exigir al Gobierno central que, en caso de no conseguir una modificación tributaria en dicho sentido, compense a los ayuntamientos por las exenciones del IBI de que goza la Iglesia, tal y como ocurre en la actualidad con las compensaciones por determinados colegios".

La FEMP, presidida por el socialista Abel Caballero, asegura que hasta el momento no ha tratado el asunto, y que ningún ayuntamiento lo ha planteado de manera formal.

Diócesis de Valencia: no "limitar el actual derecho"

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La Diócesis de Valencia, que no responde a la cuestión sobre cuáles de sus inmuebles están exentos de IBI pese a desarrollarse en ellos actividad económica, remite una nota a este periódico en la que defiende su labor social más allá de "debates recurrentes" sobre las exenciones. "La crítica a la exención no debería dirigirse a determinados propiedades, excluirlas o no, cuando los fines de la iglesia son todos de carácter social", señala el Obispado. "La Diócesis de Valencia tiene locales cedidos para sus fines sociales destinados a acciones para los más vulnerables. Los alojamientos para los refugiados, e inmigrantes, pisos para la reinserción de presos, viviendas para mujeres que han ejercido la prostitución y que deben huir aún de quienes las quieren seguir explotando, viviendas para mujeres sin recursos con hijos, discapacitados mentales, viviendas para padres y madres sin recursos para que les puedan atender a sus hijos discapacitados cuando ellos ya no estén, locales de rehabilitación de drogodependientes, ancianos desamparados, comedores escolares y bancos de alimentos, roperos…", enumera.

"Por tanto", añade la Diócesis, "¿se puede cuestionar que la Iglesia Católica es de las instituciones más dedicada a quienes más lo necesitan?¿Existe una justa correspondencia cuando se busca limitar el actual derecho?". "La Iglesia dispone del mismo régimen fiscal que se aplica a otras instituciones no lucrativas, el mismo que tienen otras confesiones religiosas. Gracias a ello se puede llevar a cabo una extensa labor social en y por nuestra sociedad. Si algún prejuicio queda, lo mejor es que conozcan la labor de la iglesia", concluya la Diócesis, que sólo entra específicamente a la cuestión de sus bienes exentos pese a servir a actividades lucrativas para argumentar, según su interpretación, que la legislación avala su excepcionalidad.

La Conferencia Episcopal subraya que la exención del IBI de inmuebles en los que se desarrolla actividad económica "no es ningún privilegio de la Iglesia", ya que proviene de la ley de mecenazgo, que también afecta a fundaciones, partidos políticos y ONG. "Estos beneficios fiscales surgen de la labor que realizan estas instituciones en favor de la sociedad y que el Estado entiende que son un bien a proteger. La Iglesia no reclama ningún privilegio, simplemente quiere estar donde le corresponde según el orden constitucional y su papel en la sociedad. Sin privilegios pero sin discriminaciones", afirma a través de una respuesta por escrito. Sobre la oposición de ayuntamientos como el de Valencia a este tipo de exenciones, la Conferencia Episcopal señala: "La competencia para legislar sobre los tributos le corresponde al Estado y a no a los ayuntamientos, por muchas mociones que se quieran aprobar".

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