Violencia machista

Los juzgados de violencia sobre la mujer presentan deficiencias en la mayoría de las comunidades

Concentración feminista contra el fallo judicial de La Manada en la Puerta del Sol.

Fue la Ley contra la Violencia de Género de 2004 la que por vez primera se refirió en su artículo 43 a los juzgados de violencia sobre la mujer. La norma establece la existencia de uno o más juzgados especializados en cada partido judicial, con sede en la capital y jurisdicción en todo su ámbito territorial. Los juzgados comenzaron a ser una realidad un año después del impulso de la norma. En el año 2005 empezaron a funcionar los primeros, hasta alcanzar los 106 actuales en todo el país –sumados a los 355 juzgados compatibles y 31 de lo penal especializados–. Casi quince años después de que la ley orgánica entrara en vigor, las deficiencias en los juzgados no pasan desapercibidas.

Los juzgados de violencia tienen competencias a nivel penal y civil, respecto a todos aquellos asuntos que impliquen violencia contra las mujeres por parte de sus parejas o exparejas, además de la violencia que ejercen los hombres contra los hijos menores, propios o de su esposa. La norma también apela al Gobierno, al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) y a las comunidades autónomas, para que aseguren una formación específica "relativa a la igualdad y no discriminación por razón de sexo y sobre violencia de género en los cursos de formación".

En febrero de 2018, el CGPJ dirigió a los presidentes de las audiencias provinciales la propuesta de creación de comisiones judiciales provinciales de coordinación en materia de violencia sobre la mujer. El objetivo de las comisiones, que ya funcionan en la mayoría de los territorios, consiste en "proponer pautas de actuación que permitan generar en todas las provincias unos protocolos de coordinación con todos los sectores que participan en la lucha" contra la violencia machista. Las comisiones están pensadas para evaluar de forma periódica la manera en que se está llevando a cabo la actuación contra la violencia sobre la mujer y "buscar soluciones a los distintos problemas que puedan detectarse en cada territorio". infoLibre repasa las principales demandas de los tribunales en cada comunidad en materia de violencia contra la mujer.

Más competencias, más sobrecarga

La Ley Orgánica 7/2015 designó un aumento en la labor competencial de los juzgados de violencia, incluyendo los delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y el honor de las mujeres, así como el delito de quebrantamiento de condena o medida cautelar. El problema de esta reforma es que, sin una mejora de las condiciones materiales, muchos de los juzgados se han visto incapaces de asumir el aumento de competencias. De ahí surge uno de los principales problemas de los juzgados especializados.

Es el caso de Andalucía, donde existen 18 juzgados exclusivos de violencia sobre la mujer, repartidos en todas las provincias. De acuerdo con la última memoria de la Fiscalía de la comunidad, las nuevas competencias han supuesto una "importante carga procesal". Pese a la dimensión del problema, esta "sobrecarga de asuntos no se ha visto reforzada por la conversión de otro órgano penal específico", denuncia la Fiscalía. El su correspondiente memoria, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) menciona que la carga de entrada referencial para los juzgados de violencia "gira en torno a los 1.762 asuntos", una media que desborda Almería (2.585), Córdoba (1.762), Málaga (2.133) y Sevilla (2.035).

En Cantabria existe un único juzgado exclusivo de violencia sobre la mujer, situado en Santander. El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) observa un incremento de la carga competencial "como consecuencia de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2015". Durante el pasado año, el juzgado de Santander tramitó un total de 1.381 asuntos, frente a los 1.008 del año 2016, "lo que ha supuesto un aumento de la carga de trabajo". El incremento, reitera, "se debe, fundamentalmente, a la nueva atribución competencial antes citada, con la particularidad que supone para este tipo de órganos funcionar como juzgado de guardia durante las horas de audiencia".

"Esta situación ha generado el consiguiente exceso en la carga de trabajo de la oficina judicial", añade y por eso, sentencia, "se ha hecho preciso solicitar un funcionario de refuerzo del Cuerpo de Tramitación Procesal para poder sobrellevar el aumento de trabajo con las debidas garantías para la calidad del servicio público que este órgano judicial dispensa".

En Madrid existen 23 juzgados especializados, once de ellos ubicados en la capital. El expresidente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) advierte en su memoria anual que los órganos exclusivos han experimentado durante la pasada anualidad un incremento del 13,3% en los ingresos, con 33.372 nuevos asuntos penales. A este crecimiento no es ajeno, reconoce el tribunal, la reforma operada por la Ley Orgánica 7/2015.

La existencia de un sólo juzgado especializado en Extremadura, instalado en Badajoz, "marca diferencias con respecto al resto del territorio como se viene indicando". Así reza la memoria de la Fiscalía de Extremadura del pasado año. En su informe, asegura que el juzgado "opera con un servicio de guardia continuo, imprimiendo un gran dinamismo y agilidad, pero también un gran compromiso de medios personales que da lugar a una rotación organizada semanal entre los cuatro miembros de la sección". No obstante, apunta, "ese requerimiento presencial se ha visto incrementado con la incorporación al ámbito de competencias del Juzgado de Violencia sobre la Mujer de los delitos de quebrantamiento de condena, que ha supuesto, en términos cuantitativos, un incremento notable de asuntos". En 2017 el juzgado ingresó 945 asuntos penales en esta materia.

En junio de 2018, el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura (TSJEx) calificó de prioritario crear tres juzgados de violencia sobre la mujer, que debieran ser instalados en Cáceres, Plasencia y Mérida.

En el caso de Murcia son tres los juzgados exclusivos, dos de ellos en Murcia y otro en Cartagena. Según la memoria de la Fiscalía, "en la actualidad permanece la misma plantilla existente desde hace casi diez años, el año 2009, es decir desde la creación del segundo Juzgado de Violencia Sobre la Mujer, a pesar de las necesidades crecientes en esta materia por la elevación de volumen de trabajo que pesa sobre los juzgados". "Necesidades que ahora con el incremento de la competencia objetiva de los juzgados se hacen más patentes", subraya.

Comarcalización y nuevos juzgados

En Galicia existen dos juzgados exclusivos, en A Coruña y Vigo. En noviembre del pasado año, el vicepresidente de la Xunta, Alfonso Rueda, decía estar de acuerdo "en que sería necesario crear juzgados que, si se dedican a la violencia de género, se dediquen en exclusiva. Creemos que sería necesario ampliar existentes o nuevos que se dedicasen a este ámbito". Fuentes del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) aclaran a este diario que lo que está sobre la mesa es la posibilidad de caminar hacia una comarcalización de los juzgados porque, a día de hoy, ninguno de los territorios en los que no existen –Ourense y Lugo– reciben una carga suficiente de trabajo en materia de violencia como para crear juzgados exclusivos.

La petición de comarcalizar los juzgados es habitual en otros territorios, pero ¿qué significa exactamente? Las juristas especializadas en violencia de género consultadas por este diario lo explican. "En las capitales de provincia, los juzgados de violencia son exclusivos y sólo llevan esos asuntos. Pero conforme nos vamos a los distintos partidos judiciales, cuanto más pequeños, los juzgados de violencia no son sólo de violencia, llevan otros asuntos, de manera que no tienen necesariamente especialización ni formación". La idea de comarcalizar consiste en "agrupar varios juzgados que estén cerca y hacer un único juzgado de violencia que esté especializado y comprenda varios partidos judiciales. Esto a los especialistas en general les parece la solución óptima, porque que la mujer tenga acceso a un juzgado que tiene debajo de su casa está muy bien, pero a veces más vale que te atiendan mejor", explican las mismas fuentes, que sin embargo no obvian la importancia de tener en cuenta "las peculiaridades de cada territorio y los medios de transporte para que el desplazamiento no sea un trauma para las mujeres".

De nuevo en Andalucía, "como se reitera año tras año, se estima conveniente que los juzgados de violencia sobre la mujer tengan un ámbito competencial que comprenda varios partidos judiciales", observan los autores de la memoria del TSJA. De esta manera, añaden, "se potenciaría una mayor especialización y se liberaría de esa carga competencial a los juzgados mixtos que ahora asumen el conocimiento de estos asuntos". También en Madrid el TSJM sugiere que los juzgados exclusivos tengan alcance comarcal. En octubre del pasado año, con la apertura del año judicial madrileño, el ahora expresidente del tribunal se despidió de su cargo tras una década dejando un mensaje conciso: más medios humanos y materiales para los juzgados de violencia sobre la mujer.

En la Comunitat Valenciana operan 16 juzgados específicos. Según la memoria publicada en 2018 por la Fiscalía de la comunidad, relativa al año anterior, es necesario "poner de relieve las dificultades que tienen que afrontar los fiscales que atienden las guardias de los juzgados mixtos con competencias en violencia sobre la mujer, porque tienen que atender a la vez a varios juzgados de la zona, lo que dificulta su presencia en varios partidos judiciales a la vez". En su última memoria, el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad (TSJCV) reitera "nuevamente la necesidad de la comarcalización de los juzgados de violencia con carácter exclusivo, para así facilitar un mejor funcionamiento".

Según el TSJ de Murcia, los juzgados de violencia sobre la mujer asumieron un volumen de trabajo que "supone una carga muy importante en los juzgados que comparten estas competencias con las propias del resto de juzgados de primera instancia e instrucción. Para paliar esta situación se propone comarcalizar los de Murcia y Cartagena, y crear uno exclusivo para Lorca, también comarcal", señala el tribunal.

La creación de nuevos juzgados también es una petición habitual en varias comunidades. La de Castilla y León cuenta con dos juzgados exclusivos, uno en Burgos y otro en Valladolid. La memoria de la Fiscalía relativa al año 2017 da buena cuenta de los problemas que existen en la comunidad y recoge también las reclamaciones territoriales. Valladolid y Zamora, por ejemplo, demandan que la competencia de la totalidad de los asuntos de violencia de género sean asumidos por el juzgado de violencia de la capital, "con lo que se lograría no sólo un total control de las causas desde su incoación y mantener la unidad de criterio, sino que también que las propias víctimas se sintieran más amparadas y protegidas". León, por su parte, "propugna la urgente creación de un juzgado exclusivo al menos en la capital, lo que redundaría en una más rápida tramitación de estas causas".

Según indica el Tribunal Superior de Justicia de la comunidad (TSJCyL) en su último balance, la carga de trabajo que padecen los juzgados –752 asuntos ingresados en jurisdicción civil y 6.929 en penal– justifica la creación de nuevos juzgados exclusivos.

"Desde que, ya en diciembre de 2006, se creara el Juzgado de Violencia sobre la Mujer, el funcionamiento de dicho juzgado ha sido correcto", se recoge en la memoria de la Fiscalía de Castilla-La Mancha, aunque el diagnóstico no es del todo positivo. La comunidad cuenta con un único juzgado especializado, en Albacete, y actualmente se constata "una inevitable demora en la celebración" de los juicios rápidos, "con el consiguiente perjuicio para todos los intervinientes". Por ello, también Castilla-La Mancha clama por la creación de nuevos juzgados especializados. Del mismo modo que se hizo en Albacete, "ha de seguirse el mismo criterio en Ciudad Real, Toledo y Guadalajara", apunta la memoria, donde "debería optarse por la medida de la denominada comarcalización".

La Fiscalía de la comunidad habla, en ese sentido, de una "necesidad cada vez más acuciante". El Tribunal Superior de Justicia castellano-manchego (TSJCLM) añade la necesidad de plantear "otra opción distinta al diseño actual, de modo que como ocurre con otros juzgados especializados, su demarcación sea de competencia provincial". El objetivo, añade, es claro: "Agilización de sus procedimientos, especialización de su titular y la específica y satisfactoria respuesta del demandante de justicia en materia de violencia sobre la mujer".

Carencias materiales, informáticas y humanas

Los problemas relacionados con el aumento de competencias y con la estructura de los juzgados se suman a las carencias a nivel material. En la Comunitat Valenciana existen problemas particulares en los diferentes juzgados. En Paterna, el juzgado especializado "ha tenido una jubilación de gestor hace dos años y no ha sido cubierta dicha plaza, ni existe constancia de la amortización de la misma", lamenta el TSJ de la comunidad.

El juzgado exclusivo de Logroño (La Rioja) experimenta distintos problemas a nivel informático. "Tal y como se avanzaba en la memoria del año anterior, se mantiene el problema de las diligencias en el juzgado de violencia de género –sobre todo–, en el que las declaraciones de víctimas, testigos e imputados se graban, pero no se transcriben", dice la Fiscalía en su último balance anual, "lo que supone una carga de inversión de tiempo". Por otro lado, los dos juzgados compatibles "están verdaderamente colapsados y cuando no están de guardia no salen ni un solo día a su hora", denuncia.

La Fiscalía de Asturias, en cuya comunidad existen dos juzgados especializados, recuerda en su memoria que existe una "dilación" que se debe "fundamentalmente al posible colapso en la realización de los informes psicológicos". Asimismo, recalca que en los juzgados con competencia en materia de violencia pero sin exclusividad se aprecia también "una dilación en la tramitación del resto de causas debido a la situación de guardia diaria en asuntos de violencia de género".

El pasado año varias trabajadoras de los juzgados de violencia en Palma de Mallorca, Balears, denunciaban en conversación con infoLibre la situación de saturación y riesgo para las víctimas en los dos juzgados de la isla. Illes Balears cuenta con dos juzgados exclusivos en Palma y otro en Eivissa. Los dos de Palma, relatan fuentes judiciales de la isla, asumen problemas de falta de personal, como consecuencia de circunstancias tales como traslados, comisiones de servicios o bajas que no fueron cubiertas o sí lo fueron pero con demora. Un año después, las mismas fuentes confirman que la situación se mantiene idéntica. Si bien en el Juzgado Número 1 "se han ido cubriendo las plazas poco a poco", los problemas continúan persistiendo. "El trabajo ha sido horroroso", dice una de las trabajadoras, quien habla de prolongación de jornadas o llevar expedientes a sus casas "por cero dinero".

Los jueces titulares de los dos juzgados, confirma la trabajadora, han reiterado en diversas ocasiones la petición de un tercer juzgado, y de hecho "la Sala de Gobierno del TSJIB aprobó la creación del número tres". En verano del pasado año, la Comisión de Justicia del Senado dio luz verde a una moción redactada por el PSOE instando al Gobierno a la creación de ese tercer juzgado y la dotación adecuada de plantilla. Por el momento, cuenta esta trabajadora que ya ha pedido el traslado, no se ha percibido efecto alguno sobre los juzgados de la isla.

Valoración de riesgo

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Otra de las carencias que detectan los juzgados tiene que ver con las deficiencias en la valoración de riesgo, una de las herramientas clave para detectar situaciones de violencia. En Burgos, la memoria de la Fiscalía explica que la unidad de valoración integral y el equipo técnico no tienen "exclusividad en materia de violencia de género". Función para los distintos juzgados de instrucción y para el de familia, "siendo frecuente que deban asistirse unos a otros para cubrir situaciones de colapso, retraso o urgencia". En esas condiciones, dice, "es inviable su disponibilidad en el servicio de guardia de violencia de género y con carácter previo a adoptar una medida cautelar". En la provincia también existe, agrega la memoria, una carencia relativa a los agentes policiales para el control y seguimiento de las órdenes de protección. Son tres agentes para más de setenta medidas, "lo que evidencia la necesidad de mayores dotaciones policiales en este cometido".

En León ni siquiera existe unidad de valoración, "viniendo a ejercer de algún modo sus funciones en la medida de sus posibilidades las oficinas de víctimas que con un más bien escaso personal (psicóloga y trabajadora social) vienen atendiendo, asesorando y acompañando a las víctimas". En Valladolid, el juzgado especializado "carece realmente de personas concretas que de forma exclusiva y a pie de actuación procesal realicen la valoración integral de cara a la adopción de medidas inmediatas".

La Fiscalía de Asturias subraya que "un año más, hay que lamentar que no se haya visto cumplido lo anunciado en una de las reuniones del Instituto Asturiano de la Mujer ya en el año 2014, en la que se informaba del inminente desarrollo de la llamada unidad de valoración integral". A día de hoy, "no existen en la comunidad tales unidades multidisciplinares, aunque a efectos meramente formales así se diga".

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