Pactos PP-Vox
PP y Vox convierten sus pactos autonómicos en papel mojado con promesas sin encaje autonómico
Los acuerdos entre el Partido Popular y Vox en Extremadura, Aragón y Castilla y León siguen el mismo patrón: incorporan medidas de fuerte carga ideológica en inmigración, vivienda, ayudas públicas, seguridad y servicios sociales, pero varias de ellas no pueden ejecutarse plenamente desde un gobierno autonómico. En unos casos porque invaden competencias exclusivas del Estado, en otros, porque chocan con derechos reconocidos por leyes orgánicas estatales o por el derecho europeo.
Para cubrirse las espaldas — y de las potenciales querellas o recursos ante los tribunales— , estas medidas están redactadas con salvaguardas como "en el ámbito de sus competencias", "conforme a la legalidad vigente" o "se instará al Gobierno de España". Son coletillas que funcionan como reconocimiento implícito de que la promesa política no puede aplicarse literalmente desde un consejo de gobierno autonómico.
Y aunque los pactos entre los conservadores y la extrema derecha sí tienen sus efectos en presupuestos, subvenciones, estructura administrativa, inspección, vivienda o servicios propios, sus medidas estrella —prioridad nacional, exclusión de migrantes en situación irregular, retorno de menores, reforma del padrón, prohibición general del burka o blindaje de la central nuclear de Almaraz en Extremadura— dependen de terceros para hacerse realidad. Las autonomías pueden recurrir, condicionar ayudas o presionar al Ejecutivo central, pero poco más.
"Prioridad nacional" y exclusión de migrantes irregulares de ayudas sociales
Los pactos en Extremadura, Aragón y Castilla y León han introducido la llamada "prioridad nacional" como “principio inspirador”, que el PP traduce como "arraigo real, duradero y verificable" para acceder a ayudas, subvenciones, prestaciones públicas, vivienda protegida y alquiler social. Sin embargo, para Vox se trata de poner en práctica su consigna racista de “los españoles primero” en el acceso a los servicios. En Extremadura y Aragón se fijan mínimos de empadronamiento de diez años para compra y cinco años para alquiler; en Castilla y León el acuerdo replica ese criterio con requisitos de arraigo en la comunidad y en España.
Las comunidades autónomas tienen competencias en vivienda, servicios sociales y parte de la política de ayudas, pero no pueden usarlas para vaciar derechos reconocidos por la legislación estatal de extranjería. La Ley Orgánica 4/2000 reconoce a los extranjeros residentes el acceso a servicios y prestaciones sociales en las mismas condiciones que los españoles, y a los residentes de larga duración el acceso a ayudas de vivienda también cumpliendo ese criterio. Además, considera discriminatorios los actos que impongan condiciones más difíciles a un extranjero por su nacionalidad.
Por ese motivo el PP ha tratado de vender la medida como un criterio más a aplicar dentro de un baremo, en el que “el arraigo” es uno más, al igual que la vulnerabilidad, la discapacidad, o el hecho de ser familia numerosa. Así, todos los presidentes autonómicos han negado que se trate de establecer una preferencia general por ser nacional. Y, aunque usar el empadronamiento como criterio de baremación es legal, el Tribunal Europeo de Justicia de la Unión Europea (TJUE) resolvió el pasado 7 de mayo que exigir diez años de residencia para acceder a una prestación social y de inserción laboral constituía una “discriminación indirecta contra beneficiarios de protección internacional” al analizar un caso italiano.
Las tres comunidades también incluyen de forma expresa la exclusión de las personas en situación irregular del acceso a prestaciones y servicios sociales "estructurales", limitándolos a supuestos de urgencia vital. Pero la Ley de Extranjería establece que los extranjeros, "cualquiera que sea su situación administrativa", tienen derecho a los servicios y prestaciones sociales básicas. Y, por tanto, una comunidad autónoma no puede impedirlo.
Reubicación y retorno de menores migrantes
Los tres acuerdos también rechazan la reubicación de menores migrantes entre las comunidades autónomas que se aprobó esta legislatura en el Congreso y plantean impedir nuevas plazas, reducir gasto y favorecer retornos. En los tres casos se asegura que no se facilitará la acogida de estos menores y se comprometen a “trabajar” para devolverlos a sus países de origen. Sin embargo, las comunidades autónomas no son las que deciden sobre traslados ni sobre las devoluciones.
Las autonomías son las encargadas de gestionar la protección de menores y de administrar los centros, la tutela y los recursos de acogida. Pero inmigración, extranjería, asilo y relaciones internacionales son competencia exclusiva del Estado, como le ha recordado el PP al presidente Pedro Sánchez en distintas ocasiones desde que ejerce el cargo.
La Ley de Extranjería permite que las comunidades firmen acuerdos con países de origen para favorecer la atención e integración social de menores en su entorno de procedencia, pero no les da poder para ordenar repatriaciones ni para desobedecer los mecanismos estatales de derivación cuando estén previstos legalmente. Una comunidad autónoma puede recurrir ante los tribunales o reclamar financiación, pero no bloquear por sí sola un reparto obligatorio aprobado en la Cámara Baja.
Reforma del padrón y desahucio exprés
Los tres acuerdos también proponen reformar la Ley de Bases de Régimen Local para que quien no tenga título habilitante de ocupación de una vivienda no pueda empadronarse válidamente ni usar el padrón para acceder a derechos o prestaciones. Pero los propios pactos también reconocen que no pueden hacerlo sin modificar una ley estatal. Las autonomías sí pueden crear unidades antifraude, coordinarse con ayuntamientos o revisar el acceso a ayudas si hay falsedad documental, pero no alterar la naturaleza del patrón.
El padrón municipal se rige por la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, y por instrucciones estatales de gestión padronal. El criterio vigente es que el padrón debe reflejar dónde vive realmente cada persona, aunque no es un registro de propiedad ni un instrumento para controlar la legalidad de la ocupación de una vivienda. De hecho, el Instituto Nacional de Estadística (INE) ha recordado que el control de la permanencia de extranjeros corresponde al Ministerio del Interior, no a los ayuntamientos a través del padrón.
Además, los tres pactos prometen aplicar de forma firme el desahucio exprés y reforzar la protección a propietarios afectados por ocupaciones. La comunidad puede financiar asistencia jurídica, oficinas de apoyo, ayudas a víctimas o convenios con colegios de abogados, pero no modificar por sí sola los plazos judiciales, las causas de desalojo ni las reglas procesales. La legislación procesal, civil y penal corresponde al Estado.
Burka y niqab en espacios públicos
Los tres acuerdos plantean prohibir el burka y el niqab, al menos en espacios, edificios y servicios públicos autonómicos, después del fracaso de las propuestas de Vox y el PP en el Congreso por falta de apoyos. En los pactos, se limita la medida al "ámbito de sus competencias", pero se puede producir un choque jurídico si se atiende a los antecedentes.
En el año 2013, el Tribunal Supremo anuló en 2013 la prohibición del velo integral aprobada por el Ayuntamiento de Lleida porque limitaba la libertad religiosa y porque una administración territorial no podía restringir un derecho fundamental sin una ley previa suficiente. La aconfesionalidad establecida en la Constitución tolera de manera muy amplia las manifestaciones de las distintas religiones y credos aunque choquen con otros derechos fundamentales. Incluso en casos como el rechazo a las transfusiones de los Testigos de Jehová, que fue aceptado por el Tribunal Constitucional, pese a la implicación del derecho a la vida y a la integridad.
Esa doctrina no impide cualquier regulación de identificación en casos concretos —por ejemplo, controles de seguridad o trámites administrativos donde sea imprescindible identificar a una persona—, pero sí dificulta una prohibición general y preventiva basada en convivencia, igualdad o seguridad. Si una comunidad quiere regular el acceso a edificios autonómicos, tendría que hacerlo de forma proporcionada, neutral, ligada a necesidades concretas de identificación y sin convertirlo en una prohibición general del símbolo religioso.
Hasta la fecha, el tribunal europeo ha rechazado los motivos relacionados con la seguridad ciudadana que esgrime el PP para prohibirlo, es decir, el peligro que puede suponer un velo integral para la identificación de las mujeres que lo lleven. Prohibir el burka o el niqab por ese motivo supondría privar a esas personas "de un elemento de su identidad que consideran importante", así como de "la forma en la que han elegido para manifestar su religión o sus creencias", algo que, según Estrasburgo, podría evitarse con "una mera obligación de mostrar el rostro e identificarse cuando se haya establecido un riesgo para la seguridad de las personas y los bienes o cuando circunstancias particulares hagan sospechar una suplantación de identidad”.
Pacto Verde
En los recientes acuerdos impulsados por PP y Vox, el Pacto Verde está muy presente. Entre sus medidas, abogan por un "blindaje del sector primario frente a la Agenda 2030", de protegerlo "de las imposiciones de Bruselas y del Pacto Verde", y también defienden rechazar el acuerdo UE-Mercosur.
Sin embargo, el Pacto Verde Europeo es una estrategia política de la Comisión Europea -institución presidida por la conservadora Ursula Von der Leyen- para transformar la economía, la energía, el transporte y la industria hacia un modelo más sostenible. La propia Comisión lo vincula con la Ley Europea del Clima y con el objetivo de neutralidad climática en 2050.
La clave jurídica está en que parte de ese paquete ya es derecho vinculante. Por ejemplo, el Reglamento Europeo del Clima obliga a la UE a alcanzar emisiones netas cero en 2050 y exige a instituciones y Estados miembros adoptar las medidas necesarias. Además fija una reducción neta de al menos el 55% en 2030 respecto a 1990. Los reglamentos europeos son "obligatorios en todos sus elementos" y "directamente aplicables" en los Estados miembros.
"Blindar" Almaraz
Abascal vuelve a someter al PP en Castilla y León y enseña a Moreno el camino para repetir en la Junta
Ver más
El pacto extremeño promete "blindar" la continuidad de la central nuclear de Almaraz y acompaña esa promesa de la eliminación progresiva de la ecotasa autonómica. La Junta de Extremadura puede modificar o suprimir tributos propios si respeta la ley y aprueba los cambios presupuestarios correspondientes, pero no decidir por sí sola su continuidad. En principio, el primero de sus reactores debe apagarse en noviembre de 2027 y el segundo en noviembre de 2028, pero las dueñas de la planta han solicitado formalmente posponer la clausura a 2030.
Las instalaciones nucleares están sometidas a autorizaciones estatales, con intervención del ministerio competente y del Consejo de Seguridad Nuclear. También la planificación eléctrica corresponde al Estado, con participación autonómica, pero no con decisión final autonómica.
Prueba única de acceso a la universidad
El acuerdo de Aragón exige al Gobierno central una prueba de acceso a la universidad común para toda España, la misma petición que han trasladado de manera recurrente las comunidades del PP. Sin embargo, el diseño básico del sistema de acceso y la igualdad de condiciones en todo el Estado dependen de normativa estatal. Y, por tanto, Aragón no puede implantar unilateralmente una EBAU única nacional.