El Supremo pide a la UE el dictamen con el que consideró ilegal la prórroga de Aznar de la AP-9
El Tribunal Supremo acaba de pedir a la Comisión Europea el dictamen motivado que emitió hace un año en el que consideró que el Gobierno de Aznar había incumplido la normativa comunitaria al prorrogar la concesión de la AP-9 hasta 2048 sin concurso público para después privatizarla. La petición se produce en el marco del proceso judicial iniciado por la asociación de transportistas Apetamcor para que el Gobierno de España rectifique de oficio aquella prórroga y la anule, para lo que el Supremo considera que la valoración de la Comisión Europea puede ser relevante. Ahora será el propio Ejecutivo comunitario el que decida si entrega ese dictamen a la justicia española o si la normativa europea permite mantenerlo confidencial.
Hace un año la Comisión Europea hizo público que acababa de alcanzar un dictamen motivado —cuyo contenido concreto no reveló— en el que instaba a España a respetar la normativa comunitaria sobre concesiones tras considerar, en el marco de un procedimiento de infracción abierto desde 2021, que la prórroga autorizada por el Gobierno de Aznar hasta 2048 sin concurso público había incumplido dicha normativa. Tras conocerse ese paso de la UE, la asociación Apetamcor pidió formalmente al Gobierno de España la revisión de oficio de dicha prórroga. Pero el Ejecutivo de Sánchez viene negándose tanto a iniciar el procedimiento para anular aquella prórroga como a rescatar la concesión y apuesta por mantener activo el pleito con la UE, que puede tardar años en ser resuelto por la justicia europea.
Tras la negativa del Consejo de Ministros a su petición de revisar la concesión, Apetamcor recurrió esa decisión ante el Tribunal Supremo. En ese pleito judicial Apetamcor pidió tener acceso al expediente de infracción de la UE y al dictamen motivado de la Comisión Europea.
En mayo el Supremo rechazó que la asociación Apetamcor, que pide al Gobierno la anulación de la prórroga, pudiese acceder al dictamen como parte del expediente estatal, pero ahora sí lo considera relevante como prueba
En un primer auto del mes de mayo, el Supremo rechazó que Apetamcor pudiese pedir ese dictamen como una ampliación del expediente administrativo que elaboró el Gobierno de España sobre su petición de revisión de oficio de la prórroga. El Supremo admitía entonces la negativa del Gobierno a facilitar el dictamen con el argumento de que no formaría parte del expediente de revisión propiamente dicho. Pero ahora el Supremo sí acepta otra vía empleada por Apetamcor para tratar de acceder al dictamen, ya no como ampliación del expediente que obre en poder del Ejecutivo español sino dentro del periodo de prueba que pueden abrir las partes antes de que el tribunal emita sentencia.
Para ese periodo de prueba Apetamcor pidió que se aportase no solo el expediente del Gobierno de España sobre su petición de revisión, sino también y al margen el dictamen de la Comisión Europea. El Estado y Audasa volvieron a oponerse insistiendo en que es confidencial hasta que termine el procedimiento de infracción de la UE, pero el Supremo tiene una visión distinta.
El Gobierno de España se niega tanto a revisar la prórroga, como le pidió la asociación de transportistas Apetamcor, como a rescatar la concesión, y apuesta por demorar el proceso en Europa
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Si antes el tribunal no consideraba el dictamen parte del expediente del Gobierno de España sobre la petición de Apetamcor, ahora, según un auto del 22 de julio, sí considera que como prueba “no puede considerarse ni impertinente ni inútil”. Según dice, con esa “prueba” que solicita Apetamcor “pretende acreditar que la prórroga acordada” cuya revisión solicita “es contraria a la normativa europea, cuestión esta que no está desvinculada del objeto de este procedimiento”. El Supremo admite que el dictamen por sí mismo no anula la prórroga, pero “eso no implica que dicho dictamen no sea relevante, pudiendo ser tomado en consideración como un elemento más que sirva para apreciar si existieron infracciones de las normas de la Unión Europea que pueden determinar la nulidad de pleno derecho de las normas” cuya revisión de oficio solicitó Apetamcor.
Esto es, igual que en el ámbito comunitario el dictamen puede ser empleado por la Comisión Europea para iniciar un procedimiento contra España en el Tribunal de la UE, a nivel estatal el Supremo también puede tenerlo en cuenta para decidir si el Gobierno de España debe revisar de oficio la prórroga.
El Supremo considera pertinente la petición de Apetamcor del dictamen europeo como una prueba más a tener en cuenta en el proceso judicial, pero dice que las valoraciones sobre si el documento se debe mantener o no confidencial “corresponde realizarlas a la Comisión Europea y no a este Tribunal”. Así que su decisión es enviar un oficio a la Comisión Europea “para que valore si procede o no”, de acuerdo con la normativa comunitaria, “remitir el dictamen motivado que se solicita como medio de prueba”.