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'caso Dina'

Varapalo del juez del 'caso Dina' a la querella de Vox contra Iglesias: la Audiencia Nacional no es competente y los hechos son ajenos a la investigación

El vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias, en su escaño del Congreso.

Ana Moreno

Falta de competencia de la Audiencia Nacional y hechos totalmente ajenos a la investigación del caso Villarejo.caso Villarejo Estos son los motivos que esgrime el juez Manuel García Castellón para inadmitir de plano la querella que Vox presentó en el marco de la llamada pieza Dina, la que investiga el robo a finales de 2015 del teléfono móvil de la exasesora de Podemos Dina Bousselham y la publicación meses después en medios de comunicación de parte de su contenido, incluidos mensajes del que ahora es vicepresidente segundo del Gobierno, Pablo Iglesias.

Aunque el magistrado admitió la personación del partido de extrema derecha en esta pieza de la macrocausa Tándem, no le permite ir más allá de sus pesquisas como se pretendía en la querella, dirigida contra Iglesias, Bousselham, la abogada de ésta última, Marta Flor, y uno de los fiscales del caso, Ignacio Stampa.

Dentro de la estrategia de personarse en causas judiciales que pueden rentarle políticamente, Vox ya había presentado una denuncia ante la Fiscalía General del Estado justo después de que el caso Dina diera un giro imprevisto una vez que el instructor señalara a Iglesias por los daños en la tarjeta del teléfono móvil de Bousselham y el vicepresidente admitiera que se quedó con el soporte durante meses, después de que se lo entregaran los responsables de la revista Interviú.

Objeto de investigación "perfectamente delimitado"

Denuncia falsa, falso testimonio y simulación de delito, estafa procesal, tráfico de influencias y revelación de secretos eran los delitos que Vox atribuía en su querella, unos a Iglesias y Bousselham y otros a Flor y Stampa, pero el juez contesta que el objeto de esta pieza 10 de la macrocausa sobre las actividades presuntamente ilícitas del comisario José Manuel Villarejo se encuentra “perfectamente delimitado” en torno a la investigación sobre un presunto delito de descubrimiento y revelación de secretos sobre unos hechos muy concretos, el robo y posterior publicación del contenido del móvil, de modo que no cabe atribuir hechos nuevos que excedan este ámbito de indagación.

La querella de Vox se presentó cuando Pablo Iglesias había perdido su condición de perjudicado -que ya ha recuperado- en esta pieza por las sospechas que había manifestado García Castellón, pero el magistrado deja muy claro cuáles son sus competencias y hasta dónde podría llegar en el caso del líder de Podemos.

Y así lo remarca el instructor en su auto de inadmisión de la querella, al que ha tenido acceso infoLibre, en el que recuerda que Iglesias, ahora vicepresidente del Gobierno, está aforado ante el Tribunal Supremo, por lo que “resulta palmaria la falta de competencia objetiva” de la Audiencia Nacional de iniciar cualquier investigación.

Se pronuncia de igual modo en el caso del fiscal Stampa, señalado por Vox en su querella tras los mensajes compartidos en el grupo de abogados de Podemos, que ejerce la acusación popular en el caso Villarejo, y en los que la abogada Marta Flor alardeaba de tener una relación personal con el representante de Anticorrupción, según publicaron varios medios de comunicación.

Hechos del todo ajenos

El partido de extrema derecha recurría a estas publicaciones para solicitar al juez que investigara tanto a Stampa como a Flor. Sin embargo, García Castellón explica en su auto que el fiscal está aforado ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de modo que vuelve a declarar su incompetencia para investigar, al tiempo que descarta tal posibilidad por ser hechos “del todo ajenos” al objeto de esta pieza 10 del caso Villarejo.caso Villarejo

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En línea con lo ya manifestado en su escrito por el fiscal jefe de Anticorrupción, Alejandro Luzón, los hechos que relataba Vox en su querella, dice el juez, “no pueden ser considerados conexos con los posibles delitos de descubrimiento y revelación de secretos” que se investigan en el caso Dina.

Según remarca García Castellón, “ninguno de los hechos relatados en la querella permiten atisbar cualquier tipo de concierto de los cuatro querellados a los que se atribuyen los nuevos delitos que constituyen el objeto de la querella con los tres ya investigados por el delito de revelación de secretos”. Estas tres personas son el comisario Villarejo y los periodistas Alberto Pozas y Luis Rendueles, que en 2016 al frente de Interviú, publicación a la que llegó de forma anónima la tarjeta del teléfono móvil de Dina Bousselham.

“Resultaría ridículo plantear siquiera que la propia titular del teléfono móvil, su letrada defensora en el procedimiento o cualquiera de los querellados aforados, el vicepresidente del Gobierno y el fiscal, se hubieran concertado desde el año 2016 con los individuos investigados en la pieza 10 para cometer todos los delitos que ahora se quieren investigar, ni físicamente reunidos, ni en distintos lugares o tiempos, ni como medio para facilitar la ejecución de unos y otros delitos, ni para facilitar la impunidad de unos respecto de los otros”, afirma el juez.

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