GESTIÓN PÚBLICA

La Comunidad de Madrid contrata abogados privados para negociar los ERE de los organismos que cierra

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Una de las primeras medidas anunciadas por Ignacio González cuando fue investido presidente de la Comunidad de Madrid en septiembre de 2012 fue suprimir tres organismos públicos, como parte de su plan para “adelgazar” la administración y recortar gastos: el Consejo Económico y Social, la Agencia de Protección de Datos y la empresa pública Promomadrid. Pocos meses antes, su antecesora en el cargo, Esperanza Aguirre, ya había decidido cerrar la Agencia Laín Entralgo, encargada de formar al personal sanitario. En total, la extinción de estos cuatro organismos supuso el despido de casi 150 trabajadores.

Para negociar los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) de estos empleados públicos, todos ellos personal laboral menos el del Consejo Económico y Social, integrado por funcionarios, la Comunidad de Madrid no recurrió a los letrados de sus servicios jurídicos. Por el contrario, cada organismo contrató a un despacho de abogados externo. En el caso de la Agencia de Protección de Datos y de Promomadrid, a Pérez-Llorca. En el de la Agencia Laín Entralgo, a Jiménez de Parga.

Por sentarse con los trabajadores de la Agencia de Protección de Datos en noviembre de 2012, Pérez Llorca cobró 17.568 euros, según el extracto de gastos al que ha tenido acceso infoLibre. “Se limitaron a preparar una documentación que, en su mayor parte, consistía en fotocopias de artículos y noticias de prensa, así como otros textos elaborados y aportados tanto por la Agencia como por la Comunidad de Madrid”, explican fuentes conocedoras de las negociaciones, “y sólo celebraron tres reuniones de unas pocas horas”. La reforma laboral fija un plazo de 15 días o un mes, dependiendo del tamaño de la plantilla, para negociar las condiciones del ERE, y un mínimo de las reuniones que deben mantenerse: dos.

Se da la circunstancia de que Álvaro Ramírez de Haro y Aguirre, uno de los dos hijos de la expresidenta de la Comunidad, Esperanza Aguirre, trabajó entre 2006 y 2012 en el despacho de Pérez Llorca. Además, Carmen Pérez Llorca, hija del fundador del despacho, el exministro de UCD José Pedro Pérez Llorca, llegó a la Comunidad madrileña en 2006, como directora general de Empleo, y en la actualidad es viceconsejera de Organización Educativa.

El Supremo tumbó los ERE

En cualquier caso, ni Pérez Llorca ni Jiménez de Parga hicieron demasiado bien su trabajo, al menos a tenor del resultado final de ambos despidos colectivos. El Tribunal Supremo declaró nulo el de la Agencia de Protección de Datos y “no ajustado a derecho” el de la Agencia Laín Entralgo.

Así, la Comunidad de Madrid está obligada a reincorporar a 16 trabajadores –de los 22 inicialmente despedidos– de la Agencia de Protección de Datos, que presidía Santiago Abascal. El Supremo dictaminó que el Gobierno madrileño, que debía asumir las competencias y la actividad de la agencia una vez suprimida, cometió fraude de ley para no hacerse cargo también de la plantilla. Además, la Comunidad incurrió en un “incumplimiento palmario” de los requisitos legales y procedimentales del ERE. De hecho, la sentencia le recrimina el “vacío documental contable” que presidió la negociación del despido colectivo. La dirección de la agencia, a través de sus abogados, sólo aportó documentación “básica” y la memoria explicativa, pero “ningún documento de tipo contable que pudiera poner de manifiesto el concreto estado económico-financiero” de la agencia.

Tampoco precisó la causa concreta del ERE, según dictamina el Supremo, que “no puede ser sustituida por la mera invocación a la mala situación de la economía en general [como aducía la memoria explicativa del ERE], a la necesidad de reducir el gasto en el sector público y al ahorro que supone la extinción de la agencia”.

Parecidos argumentos utilizó el alto tribunal para echar abajo el ERE de la Agencia Laín Entralgo. “Ni se aportó la documentación a la que está obligada la empresa, ni ésta demostró las causas económicas que alegaba”, explica José Ángel Montero, secretario general de CSIT, el sindicato que presentó la demanda. La sentencia advierte de que el déficit presupuestario alegado por la Comunidad de Madrid no tenía “entidad suficiente para justificar un despido de la magnitud del enjuiciado”.

Organismos autónomos

Un portavoz del Gobierno de Ignacio González explica que estas agencias, como organismos autónomos, no tienen obligación de acudir a los servicios jurídicos de la Comunidad de Madrid. Pueden buscar su propia asistencia legal. En estos casos, lo que se contrató fue una “consultoría técnica”. “Se trata de una labor muy específica, los letrados públicos no están tan especializados”, añade. De ahí que para recurrir a estos despachos no fuera necesario un acuerdo previo del Consejo de Gobierno que lo autorizara. La Ley de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid establece que la representación y defensa de ésta es una “función exclusiva” de sus letrados, y autoriza sólo “en casos excepcionales” que el Consejo de Gobierno acuerde la contratación de un abogado privado.

Hay que recordar que el presidente de Melilla, Juan José Imbroda, ha sido imputado por el Tribunal Supremo por prevaricación: contrató a dedo a un abogado privado con fondos públicos para que defendiera a la ciudad autónoma en los tribunales por unos despidos irregulares.

“El trabajo legal del ERE deberían haberlo asumido los letrados de la Comunidad”, contrapone el secretario general de CSIT, “porque se estaban liquidando organismos financiados con dinero público, y más cuando se están exigiendo sacrificios a todos”. Según destaca, el sindicato exigió en repetidas ocasiones el importe de la factura pagada al despacho Jiménez de Parga, pero la Comunidad le negó el dato. José Ángel Montero, que destaca el “sobrado prestigio” de los letrados de la Comunidad, apunta otro hándicap en el recurso a los abogados externos: cuando los letrados públicos tuvieron que defender a la Administración autonómica ante los tribunales, “debieron basarse en un trabajo previo [el de la negociación del ERE] que no habían hecho ellos”.

Indemnizaciones de hasta 45 días

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En el debate sobre el estado de la región de 2013, Ignacio González presumió de haber conseguido un ahorro de 1.130 millones de euros gracias a la supresión de “más de un tercio del sector público” madrileño: 110 organismos, entes y empresas. José Ángel Montero pone en duda las cifras. Tras la sentencia del Supremo, la Comunidad de Madrid está indemnizando a los trabajadores de la Agencia Laín Entralgo con las cantidades fijadas por la ley para el despido improcedente: 45 días hasta la fecha de la reforma laboral –febrero de 2012– y 33 días a partir de entonces. Ya ha pagado a una veintena de los 77 despedidos, indica el responsable de CSIT.

Si a ese gasto se le suman los problemas que sufren ahora los funcionarios de la Consejería de Sanidad que han debido asumir el trabajo antes realizado por la agencia, el ahorro es más que dudoso, advierte Montero: “La agencia tardaba sólo 15 días en catalogar los cursos [para formar al personal sanitario], Sanidad tarda ahora seis meses”.

Tampoco es fácil de calcular el gasto que tendrá que asumir la Comunidad para reincorporar a los 16 trabajadores de la Agencia de Protección de Datos cuyo despido ha sido anulado por el Supremo. En este caso, no cabe indemnización. La sentencia obliga al Gobierno regional a proporcionales un puesto de trabajo, un mandato que incumple desde hace 10 meses.

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