VIOLENCIA REPRODUCTIVA

Publicidad ilícita y explotación de la mujer: la justicia lidera la lucha contra los vientres de alquiler

Una procesión de 'criadas' reclama en Madrid el fin de los vientes de alquiler.

Hace cerca de dos años, Allison Iglesias se sentó junto a sus compañeras frente al ordenador para ponerse manos a la obra. Ella es una de las activistas que militan en la organización feminista viguesa As Furias. Las activistas sabían que el negocio en torno a los vientres de alquiler había ido perfeccionando "formas de saltarse la ley", así que iniciaron una investigación que les llevó a recopilar decenas de páginas web que publicitaban este tipo de servicios. Ahora, el trabajo ha dado sus frutos: la Fiscalía acaba de cerrar por primera vez varios de estos sitios online.

"Detectamos al menos cuarenta y cuatro despachos de abogados que daban información abiertamente sobre cómo ayudar a las parejas a encontrar madres fuera y proporcionaban pautas sobre la legislación", comparte Iglesias en conversación con este diario. Las feministas también llamaron de forma anónima, haciéndose pasar por compradoras, a una de las agencias cuya web está hoy clausurada, para conocer su forma de actuar. "Cuando ves las cifras, te das cuenta que es un negocio brutal donde tratan a los niños y a las madres como objetos", asiente.

Aquel trabajo derivó en la confección de un listado que las feministas remitieron, en un primer momento, a la Xunta de Galicia, concretamente al Valedor do Pobo. Y de la institución, pasaron directamente a las fuerzas de seguridad y a la justicia. La denuncia penal no prosperó, pero fue el puente hacia el Ministerio Fiscal. La Fiscalía Provincial de Pontevedra remitió el listado a sus homólogas de Madrid, Barcelona y otros territorios, porque la mayoría de las empresas tenían allí sus sedes. Y es a partir de entonces cuando se consigue echar el cerrojo a las páginas web.

Una sentencia en Madrid

Tras constatar que la denuncia penal no tenía recorrido, la Fiscalía de Barcelona decidió abrir diligencias preprocesales por la vía civil. El objetivo era determinar si las páginas web y su contenido en redes podían ser constitutivos de publicidad ilícita. Así que la fiscal remitió requerimientos a dos de las empresas que gestionaban esas webs y que tenían sede en Barcelona. Ambas optaron por retirar sus campañas publicitarias y marcharse definitivamente de internet. 

En Madrid, los tribunales tomaron directamente la palabra. El Juzgado de lo Mercantil Número 12 de Madrid dictó el pasado mes de abril medidas cautelares para obligar a la empresa Surrobaby a cerrar su página web y dejar de difundir información sobre servicios relacionados con vientres de alquiler. En mayo, el juzgado dictaba sentencia y condenaba a la empresa a la que tiempo antes habían llamado de forma anónima las activistas viguesas. La magistrada Ana María Gallego Sánchez, tras una demanda de la Fiscalía, coincidía en que se trataba de publicidad ilícita en una sentencia a la que ha tenido acceso infoLibre. En estos momentos, los juzgados madrileños estudian otra segunda demanda pendiente de resolución.

Aunque la empresa ha publicado en su página web un texto en el que reconoce que no puede ofrecer información sobre sus servicios, sí subraya que seguirá ofreciendo asistencia "a las familias que están en proceso y a las nuevas familias que decidan iniciarlo".

Una llamada a las instituciones

La batalla, pese a los logros cosechados, es todavía larga. En una rueda de prensa celebrada este jueves, la fiscal de consumo de Barcelona, Paloma Pelegrín, reconoció que existen "multitud" de páginas web internacionales que continúan ofreciendo y promocionando esta práctica ilegal a través de delegaciones nacionales. La trampa está hecha y el ejemplo más obvio es el de Surrobaby: si bien la web que termina en .es ha sido clausurada, la compañía ha replicado todo su contenido hacia el dominio .com, siendo imposible para el Ministerio Público actuar en ese terreno. A juicio de la fiscal, es hora de que las Administraciones públicas tomen cartas en el asunto.

La Fiscalía ha encontrado, por el momento, la complicidad del Instituto de las Mujeres. El organismo dirigido por Cristina Hernández es de las instituciones que más compromiso han demostrado en esta materia y el pasado mes de enero remitió un informe jurídico a la Abogacía del Estado con el objetivo de estudiar acciones legales contra estas compañías que llevan años sorteando la ley y promocionando la técnica a través de páginas webs y redes sociales. 

Una de las agencias señaladas entonces era precisamente la mencionada Surrobaby. "La contratación de mujeres gestantes es un creciente negocio cuya promoción se realiza principalmente a través de agencias intermediarias y proveedoras", argumentaba en el escrito, "pero que abarcan una amplia red de empresas: clínicas privadas, bufetes jurídicos o entidades financieras, entre otras. Todas ellas obtienen beneficio económico de la comercialización de la capacidad reproductiva de las mujeres".

Las fiscalías madrileña y barcelonesa solicitaron también a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales el bloqueo de las webs con dominios internacionales, pero por el momento lo ha rechazado alegando no tener competencias para ello y ha sugerido canalizarlo mediante órganos jurisdiccionales.

La batalla de los tribunales

Las fiscalías han tomado ahora la delantera, pero lo cierto es que la justicia lleva años siendo vanguardia en la lucha contra los vientres de alquiler. 

Febrero de 2014. El Tribunal Supremo se pronuncia por vez primera de forma crítica contra los vientres de alquiler. Lo hace tras resolver el recurso de una pareja que accedió a esta técnica en suelo estadounidense. Los interesados decían que no permitir la filiación resultaba discriminatorio y dejaba al menor desprotegido.

El Supremo reconocía entonces que "el hecho biológico" no debe ser la única "fuente exclusiva de la filiación", pues existen "otros vínculos" como la adopción. Cuestiones como la adopción o las técnicas de reproducción asistida, razonaron entonces los magistrados, no vulneran "la dignidad de la mujer gestante y del niño, mercantilizando la gestación y la filiación, cosificando a la mujer gestante y al niño, permitiendo a determinados intermediarios realizar negocio con ellos, posibilitando la explotación del estado de necesidad en que se encuentran mujeres jóvenes en situación de pobreza y creando una especie de ciudadanía censitaria en la que solo quienes disponen de elevados recursos económicos pueden establecer relaciones paterno-filiales vedadas a la mayoría de la población".

A partir de este momento, el Tribunal Supremo mantiene a lo largo de los años la misma postura tajante contra los vientres de alquiler. Los togados se vuelven a pronunciar en términos idénticos hace tres años, con otra sentencia que destacaba cómo esta práctica atenta contra "los más elementales derechos fundamentales de la madre gestante y del niño". Pero además, los magistrados llamaban la atención sobre una realidad: el hecho de que las agencias de intermediación puedan actuar y publicitarse "libremente". Lo hacen, añadían los jueces, "sin ninguna traba", promocionando su actividad a pesar de que la Ley General de Publicidad considera ilícito el contenido que "atente contra la dignidad de la persona o vulnere los valores y derechos reconocidos en la Constitución".

Poco después, en una sentencia emitida el año pasado, el Tribunal Supremo terminaba de construir el puzzle contra los vientres de alquiler señalando a las sentencias extranjeras y subrayando que no eran válidas para respaldar los contratos que dan luz verde a la práctica fuera de nuestras fronteras. 

Es precisamente en el camino abierto por los tribunales donde las instituciones han encontrado las claves para blindar la ilegalidad de los vientres de alquiler. Siguiendo esa estela, el Gobierno de Pedro Sánchez sacó adelante el pasado mes de abril la instrucción que impide el registro consular de los bebés nacidos por vientres de alquiler.

¿Qué dice la ley?

Lenguaje sexista, clasismo y publicidad ilícita: Igualdad estrecha el cerco sobre las agencias de vientres de alquiler

Lenguaje sexista, clasismo y publicidad ilícita: Igualdad estrecha el cerco sobre las agencias de vientres de alquiler

El décimo artículo de la ley sobre técnicas de reproducción humana asistida, vigente desde el año 2006, lo dice claro: "Será nulo de pleno derecho el contrato por el que se convenga la gestación, con o sin precio, a cargo de una mujer que renuncia a la filiación materna a favor del contratante o de un tercero". Pero la misma ley añade un matiz: "Queda a salvo la posible acción de reclamación de la paternidad respecto del padre biológico, conforme a las reglas generales". 

El artículo 221 del Código Penal castiga a quien "mediando compensación económica, entregue a otra persona un hijo, descendiente o cualquier menor aunque no concurra relación de filiación o parentesco, eludiendo los procedimientos legales de la guarda, acogimiento o adopción, con la finalidad de establecer una relación análoga a la de filiación". Además, también será castigada "la persona que lo reciba y el intermediario, aunque la entrega del menor se hubiese efectuado en país extranjero".

En la reforma de la ley del aborto, se incluyó la gestación por sustitución como una forma de violencia reproductiva contra las mujeres y se introdujeron medidas para prevenirla. Entre otras, la prohibición de la publicidad. Tanto las agencias como los compradores han conseguido ir sorteando la legislación, pero con el paso de los años se ha ido estrechando el cerco alrededor de la práctica ilegal.

Más sobre este tema
stats