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AlRevésyAlDerecho es un blog sobre derechos humanos. Y son derechos humanos, al menos, todos los de la Declaración Universal. Es un blog colectivo, porque contiene distintas voces que desde distintas perspectivas plantean casos, denuncias, reivindicaciones y argumentos para la defensa de esos bienes, los más preciados que tenemos como sociedad. Colectivo también porque está activamente abierto a la participación y discusión de los lectores.

Coordinado y editado por Ana Valero y Fernando Flores.

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Sobre los acuerdos entre el gobierno de España y el rey de Marruecos y su repercusión en el contencioso del Sahara Occidental

Sobre los acuerdos entre el gobierno de España y el rey de Marruecos y su repercusión en el contencioso del Sahara Occidental

El acuerdo del gobierno de España con el rey de Marruecos que, sorprendentemente, ha sido conocido en nuestro país antes a través del comunicado del rey que del propio gobierno español, el 18 de marzo de 2022, ha sido objeto de polémica por sus repercusiones en la posición de España respecto al contencioso en el Sáhara occidental y a los derechos de los saharauis.

No tengo ninguna duda de que el gobierno de España ha actuado y actúa guiado por la defensa de los intereses de España y de los ciudadanos españoles, en un momento particularmente complejo y difícil en el contexto internacional, por factores que no hace ninguna falta explicitar.

Sin duda, a la hora de aceptar el planteamiento del reino alauita, la colaboración de Marruecos en la política migratoria ha sido un elemento clave, decisivo para aceptar el planteamiento marroquí, junto con el compromiso de Mohamed VI de renunciar a reivindicaciones que socavan la integridad territorial y la soberanía de España (Ceuta, Melilla, Canarias). Si ambos extremos constituyeran un compromiso, insisto, estable, sería sin duda un paso muy importante para la alcanzar un marco duradero de garantía en temas de importancia indiscutible para España.

Dicho todo esto, me uno a los que ponen en duda que, habida cuenta de la experiencia que tenemos acerca del comportamiento arbitrario del rey Mohamed VI, tengamos garantía de que no cambie de opinión según le convenga y por tanto, de que no se sienta vinculado por este acuerdo. Su predilección por el chantaje y la ausencia de cualquier control democrático de sus decisiones, pues se trata de un autócrata que carece de contrapesos en las instituciones y centros de poder marroquíes, unido a su acreditado desprecio por los derechos humanos, no son la mejor garantía.

Lo que más me importa, en todo caso, es que el planteamiento de partida de este acuerdo supone aceptar de facto y quizá de factode iure (tesis que, a juicio de algunos de nosotros, es inaceptable). Me refiero al planteamiento de que la solución al contencioso del Sahara pasa por la propuesta de Marruecos aceptada en 2007 por el presidente Zapatero como solución aceptable y supuestamente admisible en el marco de las resoluciones de la ONU. En palabras del expresidente Rodríguez Zapatero, que cito textualmente:

Eso es lo que ahora se consagra oficialmente: aceptar, desde luego de facto y posiblemente de iure, que la solución para los saharauis consiste en ser una región autónoma de Marruecos.

La primera consecuencia es que eso supone renunciar concretamente a la soberanía sobre los fosfatos y los bancos de pesca, que serían marroquíes. Eso es contrario a Derecho.

Recordaré que es contrario a una reiterada jurisprudencia del TJUE, confirmada por la reciente Sentencia del TJUE de septiembre de 2021, que revoca las decisiones del Consejo europeo sobre la soberanía de esos bancos de pesca por parte de Marruecos, frente al Frente Polisario.

Y en segundo lugar y sobe todo, es contrario a Derecho porque no garantiza suficientemente el núcleo de las resoluciones de la ONU sobre el problema de la ejecución de la descolonización de lo que fue conocido como el Sahara español, el territorio reivindicado por los saharauis.

Ese núcleo, como sabemos muy bien, conforme al Derecho internacional y a las resoluciones de la ONU, comenzando por la resolución 1514 (XXV) y su desarrollo posterior en relación con el contencioso saharaui, cuyo punto de partida es la resolución 690/1991 del Consejo de Seguridad, que establece también la MINURSO, es el ejercicio del derecho a la autodeterminación del pueblo saharaui, como pueblo descolonizado.

Y eso, supone un referéndum de autodeterminación. Un referéndum del pueblo saharaui, sin manipulaciones del censo como las que lleva haciendo Marruecos desde hace años, al instalar colonos marroquíes en ese territorio (algo similar a lo que hacen los colonos judíos en Palestina). Adulteraciones que serían todavía más graves si se acepta que Marruecos es soberana, que el Sahara es una región marroquí y por tanto el censo se constituye sobre esa base.

La defensa de esa interpretación de las exigencias de la legalidad internacional ha sido la posición que ha sostenido el PSOE siempre, reiterada en su programa electoral de 2019 y en su 40 Congreso, este mismo año, en valencia.

A mi juicio, apoyar la propuesta del reino de Marruecos (como hizo el presidente Zapatero en 2007 y como se hace ahora, en idénticos términos, por cierto, a como la presenta la administración norteamericana: «la base más seria, realista y creíble para la resolución del contencioso»), se aparta de la interpretación más coherente de la legalidad internacional, tal y como acaba de sostener el Comunicado del Encuentro de Juristas y Observatorios de Derechos Humanos para el Sahara Occidental (19.03.2022).

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Publicado el
21 de marzo de 2022 - 18:00 h
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