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El Supremo vende en Bruselas como hito de transparencia el juicio al fiscal general pese a que prohibió emitirlo

La presidenta del Tribunal Supremo, Isabel Perelló, durante el acto por el aniversario de la proclamación del rey, el pasado junio.

Que el juicio que acabó con la condena e inhabilitación del anterior fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, supuso un retroceso en la transparencia con la que los medios cubren los procesos de mayor trascendencia es un hecho indiscutible. Sin embargo, el Tribunal Supremo ha sacado pecho ante la Comisión Europea del restrictivo dispositivo para la cobertura periodística del proceso más importante de 2025, del que el tribunal impidió emitir la señal en directo o por internet. Lo sostiene en su contribución al Informe sobre el Estado de Derecho de la UE de 2026, publicado el pasado julio. En su aportación, el órgano que dirige Isabel Perelló se queja, además, de las críticas que recibió la sentencia, ampliamente cuestionada en medios judiciales y académicos, con dos votos particulares que denunciaron la violación de garantías constitucionales básicas del condenado.

En su escrito enviado a Bruselas, el Alto Tribunal subraya cómo la causa penal contra el anterior responsable del Ministerio Público, "provocó una atención pública significativa". "El juicio tuvo lugar ante el Supremo el pasado noviembre y recibió una gran cobertura mediática", explica en su contribución. "Las sesiones de la vista, que se produjeron sin incidentes notables, fueron íntegramente emitidas por un canal interno a más de 200 periodistas acreditados de medios nacionales e internacionales localizados en las dependencias del Tribunal", sostiene el Supremo ante la Comisión. Su posición contrasta con la que expuso ante el Ejecutivo comunitario la Fiscalía General del Estado, en la que se quejó de las restricciones a los medios como una de las irregularidades del proceso contra García Ortiz.

Diez días antes del inicio del juicio, la oficina de comunicación del Supremo envió un correo a los periodistas que quisieran acreditarse para seguir la vista con las condiciones en las que tendrían acceso a las imágenes y cómo podrían utilizarlas. El email señalaba que, según había dispuesto el presidente de la Sala, Andrés Martínez Arrieta, la señal institucional del juicio podría captarse en los espacios habilitados del tribunal a través de distribuidores de audio analógicos y vídeo. Después advertía de que la señal solo podría usarse "para la elaboración de piezas informativas, de modo que solo podrán difundirse aquellos extractos que consideren precisos para las mismas". Y añadía: "No está permitida la restransmisión íntegra o parcial de la señal ni en directo ni en diferido". "El incumplimiento de estas normas podrá suponer la retirada de la acreditación al medio".

La nueva política de comunicación impuesta por Arrieta fue generalmente interpretada como un retroceso en la transparencia con la que, no solo el Supremo, sino la Audiencia Nacional y otras audiencias provinciales venían actuando. España ha visto en directo y a través de internet cómo la hermana del rey Felipe VI, Cristina de Borbón, se sentó en el banquillo en Palma junto a su exesposo, Iñaki Urdangarín. También asistió en tiempo real a la declaración como testigo de un expresidente del Gobierno, Mariano Rajoy, en la mayor causa de corrupción que ha afectado al PP, el caso Gürtel, cuando aún estaba en el ejercicio de su cargo. En el Supremo, la misma sala que impidió la difusión íntegra del juicio a García Ortiz, la reclamó y autorizó (incluso por internet) en la vista en que condenó a los dirigentes del proceso independentista catalán. La Audiencia Nacional sigue retransmitiendo a través de YouTube sus juicios más mediáticos. Así lo ha hecho en las últimas semanas con el caso Kitchen o el que afecta al expresidente de la Generalitat Jordi Pujol y su familia.

La decisión de Arrieta, que fuentes del Supremo justificaron como un favor a García Ortiz para garantizar su derecho a la intimidad, fue muy contestada entre los periodistas, porque, además de hurtar al ciudadano la posibilidad de asistir sin intermediarios a las sesiones del juicio para poder hacerse su propia idea de lo enjuiciado, provocó una enorme desigualdad entre los diferentes medios. Hacer las "piezas informativas" de las que hablaba el Supremo en el correo enviado a los redactores exigía contar con medios tecnológicos propios para poder digitalizar la señal facilitada por el tribunal y emitir las informaciones elaboradas con ellas. El resto de periódicos digitales tuvieron que conformarse con escuchar las sesiones en las dependencias judiciales y transmitir sus noticias por escrito y sin poder ilustrarlas con imágenes de la vista. Medios como infoLibre o 'Público' enviaron sus quejas por escrito a la oficina de comunicación.

Pese a los recortes a la publicidad ordenados por el Alto Tribunal, el juicio del año, el anuncio del fallo condenatorio y la muy posterior publicación de su justificación en la sentencia causaron una enorme polémica que partió en dos a la judicatura y la Fiscalía. Los dos votos particulares –de las progresistas Ana Ferrer y Susana Polo– mostraron una fractura sin precedentes en la Sala de lo Penal que reflejó dos visiones alternativas de la realidad: de un lado, la condena mayoritaria de la parte conservadora de la Sala y, de otro, las acusaciones de las dos disidentes de que esa condena se había producido vulnerando el derecho de defensa y la presunción de inocencia de García Ortiz y con una valoración errónea de las pruebas. Otro magistrado conservador, Andrés Palomo, redactó durante la instrucción otro voto particular que se oponía al procesamiento del acusado.

La única asociación judicial progresista, Juezas y Jueces para la Democracia, a la que pertenecen Polo y Ferrer, y que es la tercera en representatividad dentro de la carrera, emitió un comunicado en contra del criterio mantenido en la sentencia por el Supremo en el que afirmaba que lo más adecuado hubiera sido la absolución del fiscal general. También fue muy beligerante la Unión Progresista de Fiscales, el segundo colectivo profesional del Ministerio Público, del que fue máximo responsable García Ortiz antes de convertirse en fiscal general. La sentencia, además, fue recurrida al Tribunal Constitucional en amparo no solo por el propio condenado, sino también por la teniente fiscal del Tribunal Supremo (número dos del cuerpo) con el apoyo de la sucesora de García Ortiz, Teresa Peramato. Las críticas a la resolución por la vulneración de derechos fundamentales también vinieron de exmagistrados del Alto Tribunal como Perfecto Andrés o José Antonio Martín Pallín. Y de voces muy respetadas de diversas facultades de Derecho.

La fiscala general informa a la Comisión Europea de las irregularidades en el proceso contra García Ortiz

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Pese a esta enorme controversia que generó el juicio y la condena, el Tribunal Supremo ha utilizado también su contribución al último Informe del Estado de Derecho de la UE de este año para protestar por las críticas recibidas. Entre ellas, sin citarlo por su nombre, la del ministro para la Transformación Digital, Óscar López que, al valorar la sentencia ante los medios, aseguró que "muchos guiones de Hollywood" tenían "menos creatividad", que la resolución. Los magistrados acusan también las declaraciones del eurodiputado y dirigente de Sumar Jaume Asens, que calificó la resolución de "auto de fe puramente inquisitorial" (en referencia a los procesos medievales contra supuestos herejes) por considerar, como otros jueces, fiscales y profesores, que la condena se dictó sin pruebas. El propio defensor de García Ortiz, abogado del Estado, utilizó el término "inquisitorial" para referirse a la instrucción del caso durante el juicio, pero el informe no se refiere a los servicios jurídicos del Estado.

El Supremo también se detiene en las acusaciones de lawfare, "que retratan al acusado como la víctima de un procedimiento motivado políticamente". "Algunos representantes políticos han utilizado expresiones como 'golpe de Estado judicial' [lo hizo Sumar] y han reiterado que la condena forma parte de una operación 'organizada y coordinada' para desestabilizar al Ejecutivo a través de mecanismos judiciales, o 'el uso de la justicia para objetivos políticos'", sostiene el tribunal en su informe a Bruselas. "Muchas de estas declaraciones se hicieron incluso antes de que el texto de la sentencia se hubiera hecho público", añade sin especificar que el fallo condenatorio se hizo público 19 días antes de la notificación de la condena, dando lugar a todo tipo de especulaciones. "El Tribunal Supremo no ha dado respuesta a ninguna de estas manifestaciones", sostiene el documento enviado a la Comisión.

La enorme división que generó la condena en medios judiciales y fiscales también se desprende de la visión que envió a la Comisión la fiscala general, Teresa Peramato, con una visión radicalmente opuesta a la del Supremo. En su escrito denunció "irregularidades" en la instrucción y criticó el contenido de la sentencia. Todo ello, según Peramato, "incrementó la percepción de falta de independencia del Tribunal Supremo".

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