Señora de su señor

Uno no pretendía que esta soflama semanal fuera un permanente ejercicio de comentario de textos, pero sus señorías —los "yo no soy usted" de la vida— ejercen un manejo de la lengua y de sus normas de articulación tan retaco que sus togas se tornan en enaguas de transparencias señoreando las vergüenzas peludas de su patente agenda política y, a menudo también, su pobre desempeño con el Derecho. Alguien podría obstar que la inclinación ramplona de nuestros togados al literalismo, esa forma de analfabetismo funcional de la que ya hemos hablado (ya saben: "Incapacidad para decodificar la metáfora, la alegoría, la sinécdoque, la hipérbole, la ironía, la farsa, el sarcasmo, la comedia o cualquier forma de ficción o sentido figurado del lenguaje") que llevó a la cárcel a Pablo Hasel y hostiga al guionista y cómico Héctor de Miguel Quequé, obedece a su deber de ajustamiento a la ley, pero la ley no es solo letra —mal que le pese a un positivista como el que suscribe—, tiene ánima porque tiene ánimo. Es decir, la ley es lo que dice, como los guasaps, pero para la correcta interpretación de lo que pretende, hay que considerar el emoticono que acompaña. Y los emoticonos son dos, principalmente: los principios generales del derecho y la intención del legislador, es decir, el llamado —he aquí el alma— "espíritu de la ley". En España ya sabemos que los segundos son soslayables. En teoría, no deberían, pero con la aplicación del 155 a Catalunya ya vimos que se ignoró la intención de las Cortes Constituyentes, que habían rechazado de forma expresa y en sucesivas votaciones (así consta en las actas) las enmiendas que pretendían incluir en él la capacidad del gobierno central de disolver un parlamento autonómico. 

Así que no cabe sorprenderse ante el hecho de que el Supremo conspire a plena luz del día y a calzón quitado contra el sentido y el propósito de la ley de Amnistía. (Luego aprietan puñitos cuando el Tribunal de Justicia de la Unión Europea les pinta la cara un par de veces por año).

Pero aun con el tremendo margen para interpretar que da el texto, se ve que a la agenda desplegada por sus señorías no les da la manta para tapar los pies y esta semana las Audiencias Provinciales de Badajoz y Madrid se han dedicado a la invención

Sin embargo, los segundos, los principios generales del Derecho, no deberían ser soslayados en ningún caso porque son un ex ante. Por ejemplo, que en una sociedad libre, en una democracia liberal, la carga de la prueba corresponde siempre y sólo al acusador. O que los tipos penales tienen que ser muy precisos y ajustados en su descripción para que no quepan atropellos mediante el concurso de la arbitrariedad judicial. En España esto ya no es así, sobre todo a raíz de la reforma practicada por el exministro y beato Jorge Fernández Díaz en 2015, conocida como ley mordaza, en la que muchos delitos quedaron configurados con una redacción deliberadamente ambigua (y mala, por qué no decirlo) para que cada juez pueda aplicar el procedimiento conocido como “delito es lo que diga el menda”. Las sucesivas reformas, todas punitivistas y todas escritas con una literatura vaga e insidiosa, han permitido que hoy, según la doctrina Marchena —un cruce de menendezpidalismo y rezo del rosario—, el tipo conocido como “malversación” se pueda aplicar a aquellos electos que destinen recursos a iniciativas políticas de signo distinto al que los togados de la adoración nocturna consideran óptimo. 

Pero aun con el tremendo margen para interpretar que da el texto, se ve que a la agenda desplegada por sus señorías no les da la manta para tapar los pies y esta semana las Audiencias Provinciales de Badajoz y Madrid se han dedicado a la invención. Nos han explicado que, donde el código penal dice que un determinado delito —la prevaricación, por ejemplo— es privativo de los funcionarios de la administración pública, esa reserva solo aplica a los que no sean familiares en primer grado de parentesco del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

Con todo, como sudoroso oficiante del lenguaje, los pasajes más irritantes de los disparates judiciales de las Provinciales de Badajoz y Madrid son los que corresponden al uso del lenguaje. Atiendan: "Parece perfectamente verosímil sostener en el caso que nos ocupa y con el canon de la simple probabilidad ahora exigible, que la investigada logró el influjo desplegado desde su privilegiada posición de esposa del Presidente del Gobierno". Ese "canon de la simple probabilidad" debería tener un rango específico porque la palabra probabilidad es anchísima. Entiéndanme, existen probabilidades ciertas de que mañana un meteorito caiga sobre la madrileña plaza de la Villa de París, o que un terremoto con epicentro en ese parquecito abra una sima que se trague al Tribunal Supremo y a la Audiencia Nacional, con todas sus togas, refajos y polainas. Pero esas probabilidades son infinitesimales. Desconocemos el rango que maneja la Audiencia Provincial. 

Las cautelas propias del momento procesal no explican que en el breve auto aparezca docena y media de veces conjugado el verbo "parecer", casi siempre acompañado de lo "verosímil", pero no deja de ser otra ambigüedad tenebrosa que queda resuelta con el añadido tremendo —que hiede a rancio machismo—, donde los cinco juristas enseñan la patita de su mundo de club de tenis con artesonados, oleos con lamparita dorada y señoras de: "La sola relación de parentesco por vínculo matrimonial con la más alta autoridad del gobierno de la Nación, en determinados contextos y circunstancias, como los aquí analizados, puede comportar una presión moral eficiente". Es decir, una señora de su señor prevarica cuando sonríe. Aunque sea en forma de "presión moral". Pues así, cada folio. 

Toda vez togados e impostores compartimos la necesidad de componer relato para nuestras producciones literarias, sin duda lo mejor del auto es la descripción que firman los cinco pimpantes de cuál es el plan criminal de Begoña Gómez. Verán, según el auto de la Audiencia Provincial, la señora Gómez usó su tremenda influencia —igual sin querer, que ya hemos dicho que, por razón de esponsales, ella es precorrupta a efectos legales— pero no para obtener dinero, casas, joyas... Ustedes, avezados lectores, se estarán preguntando “entonces, ¿para obtener qué? ¿¿¿QUÉ???”. Pues según estos linces, para obtener influencia. Usó su influencia para obtener influencia. ¿Cómo te quedas? Usó su enorme influencia —recuerden "vínculo matrimonial con la más alta autoridad del gobierno de la Nación"— para obtener otra más chiquitica, concretamente "prestigio personal o reputacional de su carrera académica con acceso a múltiples recursos y eventos". O sea, han escrito y pasado a limpio que Gómez necesitaba esa cátedra para acceder a recursos e ir a eventos. La que, insistimos, está unida por “vínculo matrimonial con la más alta autoridad del Gobierno de la nación”. Hércules Poirot ha saltado del vapor por la borda.

Begoña Gómez necesita delinquir para ir a eventos. ¿Como cuál? ¿La final de un Mundial?

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