El Congreso aprueba por mayoría la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad
El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado este martes por mayoría, con los votos en contra de los 33 diputados de Vox y la abstención de los 137 del PP, la reforma de las leyes de dependencia y discapacidad impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales. El texto plantea una transformación integral del modelo de cuidados en España, con nuevos derechos, servicios y prestaciones para las personas en situación de dependencia y las personas con discapacidad, además de una reducción de la carga burocrática. La reforma deberá ser ahora ratificada por el Senado.
“Es la mayor reforma social en nuestro país en lo que va de siglo”, ha defendido Pablo Bustinduy, el ministro de Derechos Sociales en su intervención desde la tribuna del Congreso. Bustinduy ha asegurado que lo aprobado en la Cámara Baja supone “una revolución y una transformación profunda” del sistema público de cuidados y que responde “a las necesidades tanto de las personas que reciben cuidados como de quienes cuidan”.
La reforma coincide con la ampliación de la financiación del sistema de la dependencia, incluida en el real decreto ley convalidado también este martes. Una nueva financiación que tiene carácter estructural, porque duplica por ley las cuantías del nivel mínimo que la Administración General del Estado (AGE) abona a las comunidades autónomas cada mes y porque permite avanzar hacia el compromiso de que la inversión estatal en dependencia alcance el 50% del coste total del sistema.
El Gobierno prevé alcanzar ese objetivo entre 2026 y 2027, gracias a la ampliación del nivel mínimo y al incremento del nivel acordado. En conjunto, las comunidades autónomas recibirán 6.200 millones de euros adicionales. La aportación estatal alcanzará en 2027 la cifra récord de 7.239,4 millones de euros, el doble que en 2025. Según el Ejecutivo, estos recursos permitirán a los gobiernos autonómicos continuar reduciendo listas de espera, contratar más profesionales, y ofrecer más y mejores servicios.
La reforma de la ley de dependencia
La reforma de la Ley de promoción de la Autonomía Personal y Atención a las Personas en Situación de Dependencia amplía el catálogo de servicios y de prestaciones, refuerza la capacidad de elección de las personas usuarias y agiliza los procesos administrativos para el reconocimiento de las ayudas. Esta reforma incluye medidas como:
Fin del régimen de incompatibilidades
La reforma garantiza que las personas en situación de dependencia puedan recibir diferentes prestaciones de manera simultánea sin que sean incompatibles entre sí. Además, reforzará el derecho de cada persona a elegir el servicio o prestación que mejor se ajuste a sus necesidades. Para ello, se flexibiliza el Programa Individual de Atención que elaboran los servicios sociales de las Comunidades Autónomas. Así, si una persona en situación de dependencia puede quedarse en su casa, podrá combinar, por ejemplo, la asistencia a un centro de día con los cuidados en el entorno familiar o con la teleasistencia.
La asistencia personal se incorpora al catálogo de servicios
La asistencia personal queda blindada como servicio y podrá ofrecerse más allá del entorno domiciliario, que es el ámbito al que hasta ahora estaba limitada. De esta forma, la persona que presta esta asistencia no solo atenderá a la persona usuaria en el domicilio, sino que también podrá acompañarla en actividades básicas de la vida diaria, como hacer la compra o ir al médico.
Ampliación del concepto de cuidadores/as
La norma reconoce la figura del cuidador o cuidadora principal y la complementa con la figura del cuidador/a no profesional. Al mismo tiempo, permite que personas del entorno afectivo o relacional puedan asumir los cuidados, adaptándose así a los diferentes modelos de convivencia. Podrán beneficiarse de este reconocimiento, por ejemplo, dos personas mayores que mantienen una relación sin estar casadas o personas que comparten un hogar sin una relación familiar entre sí.
Teleasistencia como derecho subjetivo
La teleasistencia será reconocida a toda persona que tenga acreditada una situación de dependencia, garantizando así que quede configurado como un derecho subjetivo. El servicio podrá llegar así a personas que antes no podían acceder a él, como las personas con demencia. Además, se refuerza la teleasistencia como herramienta preventiva para evitar o retrasar el ingreso en residencias y permitirá el seguimiento de los usuarios a través de otros dispositivos como, por ejemplo, las pulseras geolocalizables.
Cotizaciones y sustituciones de las cuidadoras
La reforma garantiza por ley que la AGE abone las cotizaciones de las cuidadoras principales (la mayoría son mujeres), así como la continuidad de los cuidados en caso de enfermedad grave u hospitalización de la persona cuidadora.
Reducción de plazos para reconocer las prestaciones
El plazo habilitado al gobierno de cada CCAA para resolver una prestación por dependencia se reduce a la mitad, pasa de seis meses a tres meses.
La reforma en discapacidad
La reforma de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social despliega el mandato del renovado artículo 49 de la Constitución y consolida la inclusión, la accesibilidad universal, la vida independiente y la autonomía personal.
Reconocimiento automático de la discapacidad
Se reconocerá automáticamente un 33% de discapacidad a aquellas personas a las que se les asigne un grado I de dependencia, y a las que obtengan un grado II o III podrán ser reconocidas con el 65% de discapacidad. De esta manera, la medida pretende reducir la burocracia, agilizar los procesos administrativos y reducir las listas de espera.
Accesibilidad universal como derecho
La reforma reconoce la accesibilidad universal como un derecho, de forma que las personas con discapacidad podrán reclamar que los servicios o edificios públicos sean accesibles. Para ello, se creará, además, un Programa Estatal de Promoción de la Accesibilidad Universal que financiará las intervenciones que sean necesarias, como, por ejemplo, la instalación de rampas para sillas de ruedas o la incorporación de audiodescripciones.
Obras de accesibilidad en viviendas
Se modifica la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las administraciones públicas a colaborar económicamente en las obras de accesibilidad de los edificios residenciales. Las comunidades de propietarios tendrán que solicitar estas ayudas si alguna de las personas residentes así lo solicita. Además, se rebajan del 75% al 70% el porcentaje de financiación de la obra a pagar por la comunidad de propietarios. Actualmente, se estima que en España hay 100.000 personas que no pueden salir de sus casas porque sus viviendas no son accesibles.
Atención temprana como derecho subjetivo
La reforma fija por ley que la atención temprana es un derecho subjetivo para garantizar que los gobiernos autonómicos atiendan a todos aquellos niños y niñas de entre cero a seis años que presenten trastornos en el desarrollo o tengan riesgo de desarrollarlo. Las familias podrán exigir ante su administración autonómica el tratamiento correspondiente, con independencia de la disponibilidad presupuestaria o de la existencia de plazas.
Se prohíbe la discriminación en los seguros
La nueva ley de dependencia reconocerá por primera vez la atención temprana como un derecho de los menores
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Se prohíbe por ley que las aseguradoras encarezcan los seguros de hogar o de salud por el hecho de que la persona que quiere contratarlos tenga una discapacidad. Se considera una práctica discriminatoria que será ilegal.
Asistencia en procesos judiciales
La reforma regula la figura de un facilitador procesal que evitará situaciones de indefensión en los procesos judiciales de personas con dificultades de comprensión o comunicación. Esta figura será un puente entre los operadores jurídicos y esas personas.