'Caso Castor'

La Fiscalía del Tribunal de Cuentas da carpetazo a una denuncia de Xnet sobre el 'proyecto Castor'

Fachada del Tribunal de Cuentas.

Carpetazo al proyecto Castor en el Tribunal de Cuentas. El Ministerio Público del órgano fiscalizador ha decidido archivar la denuncia presentada el pasado mes de julio por la plataforma ciudadana Xnet centrada en la decisión del Consejo de Ministros de abonar a Escal UGS –firma controlada en un 66,7% por ACS– 1.350 millones de euros como compensación por la finalización del proyecto gasístico. En un escrito fechado el pasado 30 de septiembre, al que ha tenido acceso infoLibre, el fiscal jefe, Miguel Ángel Torres Morato, da carpetazo al asunto al no apreciar indicios de la responsabilidad contable que puso sobre la mesa el colectivo. “No puede surgir en el contexto de controversias relativas a la oportunidad de una u otra decisión económica o financiera, o en la eficiencia de la administración de los factores productivos o, en la eficacia en la consecución de los objetivos marcados”, señala el representante del Ministerio Público, que recuerda a la plataforma que es a la parte actora a la que corresponde “probar” que se ha ocasionado un “daño económico”.

Xnet, que junto con otros colectivos ya intentó sin éxito que se investigase en la Audiencia Nacional a varios exministros y al empresario Florentino Pérez por el caso Castor, presentó su denuncia ante la Fiscalía del Tribunal de Cuentas el pasado 30 de julio, pocos meses antes de que se cumpliera un lustro del acuerdo del Ejecutivo de Mariano Rajoy por el que se impulsaba el Real Decreto-Ley 13/2014, en el que se fijaba el abono de la indemnización a Escal a través de Enagás Transporte, a la que se reconocía, a su vez, unos derechos de cobro a cargo del sistema gasista por 30 años. La premura se produjo por lo establecido en la disposición adicional tercera de la Ley de Funcionamiento del Tribunal de Cuentas: “Las responsabilidades contables prescriben por el transcurso de cinco años contados desde la fecha en que se hubieren cometido los hechos que las originen”. En este caso, el límite se situaba en el 3 de octubre de este año.

A lo largo de la denuncia, Xnet repasa la armadura jurídica montada durante años alrededor del proyecto gasístico hasta el famoso Real Decreto-Ley 13/2014, tumbado parcialmente por el Tribunal Constitucional. “La nota del Gobierno en relación a Castor ha sido priorización de construir la infraestructura sin tener en cuenta su viabilidad y su impacto ambiental y sin llevar a cabo el más mínimo control de los costes económicos del proyecto, que se llegaron a triplicar”, recoge el escrito. Tras esto, apunta que una vez resultase todo en un “estrepitoso fracaso”, el Estado, “que no estaba obligado a compensar nada a Escal UGS”, optó por otorgar “una ayuda de Estado encubierta” a la empresa propiedad de ACS. Por todo ello, el colectivo plantea una “negligencia grave de los gestores de los fondos públicos” al considerar que la compensación no se hizo por “favorecer el interés general” sino “única y exclusivamente para evitar que se ejecutaran los avales que esta sociedad había otorgado en garantía y que hubieran supuesto la quiebra de la mercantil ACS”.

No aprecia “indicios de responsabilidad contable”

El fiscal jefe del Tribunal de Cuentas, sin embargo, ha decidido archivar el asunto. En un escrito de cuatro páginas, Torres Morato comienza recordando a los denunciantes que la responsabilidad contable “no puede surgir en el contexto de controversias” relativas a la “oportunidad de una u otra decisión económica o financiera, o en la eficiencia en la administración de los factores productivos o, en la eficacia en la consecución de los objetivos marcados”. “Es a la parte actora, en cuanto ejercitante de la acción, a quien corresponde probar, entre otros requisitos, que se ha ocasionado un daño económico, real, efectivo e individualizado en los fondos públicos, y la cuantía del mismo, al ser su resarcimiento lo que se pretende a través del proceso contable”, continúa el fiscal, que no aprecia “indicios de responsabilidad contable por alcance”.

En este sentido, el representante del Ministerio Público expone que la responsabilidad contable es “una responsabilidad por daños”. “Y como tal, aun siendo imprescindible el incumplimiento, por parte del gestor, de las obligaciones que le competen, no deriva directamente del hecho mismo de dicho incumplimiento, sino de la probada existencia y realidad de los daños individualizados ocasionados, ya que no sería concebible que naciera un deber de resarcimiento sin haberse producido y acreditado el perjuicio, carga de la prueba que compete a quien reclama el reintegro”, sigue el escrito, que señala que en este caso “el daño no está individualizado” puesto que “se denuncian incumplimientos genéricos” de la Administración “que no se refieren a cuentas determinadas o a concretos actos de administración, custodia o manejo de caudales públicos” y recuerda que “no compete a esta jurisdicción contable el conocimiento de supuestas infracciones cometidas por la Administración”.

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Más de veinte años de proyecto

Los orígenes de Castor se remontan a 1996, cuando el Gobierno de José María Aznar otorgó a la empresa España Canadá Resources permiso para investigar hidrocarburos frente a las costas de Castellón y Tarragona, una habilitación que fue cedida en 2003 a Escal a través de una orden ministerial. Cinco años después, con José Luis Rodríguez Zapatero al frente del Ejecutivo, se firmó el conocido como decreto Castor, que otorgaba la concesión a la empresa propiedad de ACS e incluía una cláusula en la que se establecía que la adjudicataria tendría derecho a recibir una compensación por “el valor residual de las instalaciones” aunque existiese “dolo o negligencia imputable” a la concesionaria. Un año después, se dio luz verde al almacén de gas frente a las costas de Castellón y Tarragona. De las tres fases en las que se dividió la etapa de explotación, las dos primeras se completaron sin contratiempos. Algo que no ocurrió durante la tercera, cuando se produjeron varios movimientos sísmicos que los expertos relacionaron con la inyección de gas colchón en la zona.

Todos estos problemas llevaron a Escal a renunciar a la explotación de la plataforma. Entonces, el Gobierno de Mariano Rajoy decidió aprobar a finales de 2014 el Real Decreto-ley 13/2014, que establecía la hibernación de las instalaciones, fijaba una compensación de 1.350 millones de euros a la empresa propiedad de ACS en el plazo de 35 días, situaba a Enagás Transporte como nuevo administrador y concedía a esta última unos derechos de cobro frente al sistema gasístico. Sin embargo, tres años después, el Tribunal Constitucional sentenció por unanimidad que los artículos relativos a la indemnización no se ajustaban a la Ley Fundamental. Principalmente, porque no se cumplían las condiciones de urgencia y necesidad exigidas al Ejecutivo para legislar mediante decreto-ley. Para los magistrados, “el ahorro o ventaja económica que pueda derivarse de una determinada operación” no justifican la extrema y urgente necesidad si no se explica por qué la asignación del pago al sistema gasista “ha de llevarse a cabo en unos términos y plazos tan perentorios”.

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