Igualdad

Los juzgados de violencia sobre la mujer reciben casi dos millones de denuncias en 15 años

Una mujer sostiene una pancarta en la que se lee 'No nací mujer para morir por serlo'.

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Entre el 29 de junio de 2005, fecha de la puesta en marcha de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y el 30 de junio de 2020 se han recibido en los juzgados de violencia contra la mujer 1.896.328 denuncias, según los datos que este martes ha hecho públicos el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). Dejando de lado 2020, muy condicionado por la crisis sanitaria del covid19, el número más bajo de denuncias presentadas fue en 2013 con 124.894. A partir de ese ejercicio, indican los expertos, fueron aumentando hasta las 168.057 de 2019.

Por comunidad autónoma, el mayor número de denuncias de todo el periodo analizado se dio en Andalucía, con 398.010; seguida de la Comunidad de Madrid, con 294.762; Cataluña, con 262.373; y la Comunidad Valenciana, con 260.011. Esta información se recoge en un informe realizado por el servicio de Estadística Judicial del CGPJ, con el que se pretende mostrar la aplicación de la Ley de Violencia de Género durante sus quince años de vigencia en cada uno de los tipos de órganos judiciales implicados en la lucha contra esta lacra.

Órdenes de protección

Así, también recoge que, en este periodo, se han acordado 375.892 órdenes de protección y los órganos judiciales (juzgados de violencia sobre la mujer, juzgados de lo penal y audiencias provinciales) han dictado un total de 704.749 sentencias, con un porcentaje medio de condenas del 72,7%. En concreto, indica que los juzgados de instrucción y los de primera instancia acordaron medidas (con o sin orden de protección) en el 56,9% del total de 207.497 asuntos de violencia contra la mujer que recibieron cuando estaban de guardia. Además, el 43% de esas medidas se acordaron en el marco de una orden de protección.

El CGPJ señala que no acordó ningún tipo de medida en otro 43,1% de asuntos, un dato que, según apunta, no significa necesariamente "que la mujer haya quedado desprotegida". "Las medidas pueden adoptarse también sin orden de protección", ha indicado.

El estudio recoge que el porcentaje de órdenes de protección acordadas por los juzgados en funciones de guardia en relación con el número de solicitadas alcanzó su nivel mínimo en 2013, al situarse en el 69,3%. A partir de ese año, indica el informe, las órdenes de protección acordadas aumentaron de forma progresiva hasta alcanzar, en el primer semestre de 2020, el 78,2% de las solicitadas.

Alejamiento y prohibición de comunicación, las más habituales

Por su parte, los juzgados de violencia sobre la mujer puros adoptaron el 62,9% de las órdenes de protección incoadas y el porcentaje aumenta hasta el 72% en los juzgados mixtos, una tendencia que, según el CGPJ, se ha mantenido constante en todo el periodo analizado.

Las medidas penales que más se han adoptado dentro del marco de la orden de protección han sido el alejamiento y la prohibición de comunicación. En general, las medidas se han adoptado, en más de un 90 % de los casos, a petición de la víctima, con la excepción de la privación de libertad, que se ha acordado a instancia de la víctima en el 63,9% de los casos y a instancia del fiscal en el 33,4%.

En cuanto a las medidas de naturaleza civil, las más frecuentes han sido la atribución de vivienda y la prestación de alimentos, concedidas en el 94% de los casos a petición de la víctima. Respecto al origen de las denuncias, el estudio indica que el 80,3% se recibieron en los juzgados por atestado policial, incluyendo este porcentaje las presentadas por la propia víctima, por familiares o por intervención directa de la policía.

Afecta más a las mujeres extranjeras

Las denuncias presentadas directamente por víctima o familiares ante el juzgado alcanzaron su máximo nivel en 2007 (11,6 %) y, desde 2014, experimentaron un descenso hasta llegar al 2,9% de 2019 o al 2,4% del primer semestre de 2020.

Si se tiene en cuenta el número de denuncias por cada 10.000 mujeres mayores de edad (medidas con las cifras oficiales de españolas y extranjeras empadronadas), la media global del periodo es de 48,6 víctimas españolas por cada 10.000 mujeres españolas y de 223,1 extranjeras por cada 10.000 de otras nacionalidades diferentes a la española.

El dato, que en este caso se empezó a desglosar en 2011, indica que la violencia de género es más grave entre las mujeres extranjeras, aunque el CGPJ cree que esto debe matizarse, teniendo en cuenta que entre las denunciantes puede haber mujeres no empadronadas.

Condenados un 53% de los enjuiciados

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Finalmente, el estudio hace referencia a las condenas por violencia de género según el tipo de órgano judicial. Así, ha indicado que el porcentaje medio de condenas de todo el periodo es superior en órganos no especializados en esta materia (53,5 %) que en los que sí lo están (52,4 %).

El número de personas enjuiciadas por los juzgados de lo penal ha sido de 424.875, de las que el 96,7% eran varones, y fueron condenadas un total de 224.820 personas, lo que representa el 52,9% de las enjuiciadas. Entre los condenados, 219.891 eran hombres, siendo 152.963 españoles y 66.928, extranjeros.

Por su parte, el número de mujeres condenadas ascendió a 4.929, de las que 3.316 eran españolas y 1.613, extranjeras. Del mismo modo, los juzgados de lo penal absolvieron a 200.055 personas, 191.094 de las cuales eran hombres y 8.961, mujeres.

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