El Tribunal Constitucional avala la ley de eutanasia

Reunión del Pleno del Tribunal Constitucional.

El Tribunal Constitucional da el visto bueno a la Ley de Eutanasia. En su reunión de este miércoles, el Pleno de la Corte de Garantías ha rechazado por mayoría el recurso interpuesto por Vox contra la norma, aprobada hace justo dos años con los votos en contra de la derecha parlamentaria y que regula el acceso a la muerte digna en nuestro país. Además de la formación ultra, también el PP había llevado la Ley Orgánica 3/2021 ante el máximo intérprete de la Ley Fundamental. Sin embargo, el pronunciamiento de los magistrados sobre este primer escrito ya anticipa un rechazo relativo al recurso de los de Alberto Núñez Feijóo.

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La ley de eutanasia, que entró en vigor en el verano de 2021, permite que las personas enfermas que cumplan ciertos requisitos puedan pedir ayuda para poner fin a su vida. En concreto, debe sufrir "una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante" previamente certificada por un médico y debe ser "capaz y consciente" en el momento de solicitarlo. No obstante, y sobre este último requisito, la norma también prevé que el paciente pueda solicitarlo cuando, no estando consciente, exista "un documento de instrucciones previas, testamento vital, voluntades anticipadas o documentos equivalentes legalmente reconocidos".

De la ponencia sobre la muerte digna se ha hecho cargo Ramón Sáez. Para la ultraderecha, la norma presentaba una "radical inconstitucionalidad" porque sacrificaba "el derecho fundamental a la vida" sobre la besa de una "inconstitucional ponderación con otros bienes constitucionales, en atención a los cuales no puede ceder el derecho fundamental a la vida". Sin embargo, en su borrador de sentencia, el magistrado considera que la norma garantiza el "derecho a la autodeterminación de la persona" sin "dejar desprotegida la vida", a la que se dispensa un grado de protección que no considera "insuficiente".

"La Constitución no acoge una concepción del derecho a la vida y de la protección del bien vida desconectada de la voluntad de su titular, y por ende, indiferente a sus decisiones sobre cómo y cuándo morir", recoge la ponencia, en la que Sáez también señala que el Estado "no puede eludir su responsabilidad" en relación con quien "precisa la ayuda de terceros para ejercer de modo efectivo su derecho en este tipo de situaciones, pues ello podría abocar a la persona a una muerte degradante".

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