ELECCIONES VASCAS

El voto por correo para las elecciones vascas se puede solicitar desde ahora y hasta el 11 de abril

Oficina de Correos en Bilbao.

Los ciudadanos ya pueden solicitar el voto por correo para las elecciones autonómicas vascas que se celebrarán el domingo 21 de abril de 2024. El plazo de solicitudes será hasta el 11 de abril, según ha informado Correos en un comunicado de prensa y ha recogido Europa Press. El Parlamento Vasco ha quedado disuelto este martes con la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco (BOPV) del decreto de convocatoria de elecciones autonómicas para el 21 de abril, firmado por el lehendakari, Iñigo Urkullu.

Por lo tanto, los ciudadanos que lo deseen pueden solicitar ya el voto por correo, de acuerdo a esa convocatoria publicada en el Boletín Oficial del País Vasco. Los electores que decidan votar por correo pueden solicitar hasta el día 11 de abril (inclusive) el Certificado de su inscripción en el Censo Electoral de la comunidad del País Vasco.

Según ha informado Correos, la obtención de este certificado es requisito "imprescindible" para poder emitir el voto por correspondencia y puede solicitarse, por vía telemática a través de la web www.correos.es o presencialmente en cualquier oficina de Correos de España.

Los electores pueden solicitar su voto a través de la web de Correos (www.correos.es), sin tener que acudir en persona a una oficina postal. En este modelo de solicitud, el interesado debe acreditar su identidad mediante autenticación y firma electrónica, aceptándose como sistemas de identificación válidos el sistema de identificación electrónica de Euskadi (BakQ) (mediante el uso de la tarjeta virtual), los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria en su lista de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza y el DNI electrónico (DNI-e).

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Además, la solicitud de voto por correo puede realizarse en todas las oficinas de Correos de España. Esta petición debe ser realizada personalmente por cada elector, salvo en caso de enfermedad o discapacidad -acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición. En este caso puede ser presentada en nombre del elector por otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, Pasaporte o carnet de conducir originales. Con el objetivo de agilizar los trámites y evitar esperas, la compañía ofrece la opción de cita previa para la solicitud del voto en oficinas, a través de la app, la web de Correos o la Oficina Virtual.

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral en el País Vasco, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 1 de abril de 2024, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo. Por último, ha recordado a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo de depósito del voto por correo finalizará el 17 de abril de 2024.

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