La Xunta suprime las comarcas

Mapa comarcal vigente en Galicia desde 1997 sobre una imagen del Monte Faro.

El Estatuto de Autonomía dice, en su artículo 27, que es competencia exclusiva de Galicia la “organización y régimen jurídico de las comarcas y parroquias rurales como entidades locales propias de Galicia”. En desarrollo de esa competencia, la Xunta de Manuel Fraga aprobó en 1996 una ley comarcal y dividió Galicia en 53 comarcas.

El incipiente desarrollo formal de esas comarcas fue liquidado de hecho en la práctica en la pasada década durante los mandatos de Alberto Núñez Feijóo y ahora el Gobierno de Alfonso Rueda dará el paso definitivo y las derogará expresa y legalmente a través de la nueva Ley de Administración Local de Galicia que está tramitando.

La nueva ley local impulsada por el actual Gobierno gallego, con la que podrá imponer fusiones de ayuntamientos en crisis, contempla en su disposición derogatoria única la derogación expresa de la ley 7/1996, de 10 de julio, de desarrollo comarcal. Esa ley impulsada por Fraga derivó unos meses después en un decreto que estableció 53 comarcas. Pero su desarrollo fue escaso.

Un año más tarde, la ley 5/1997 de administración local, la que ahora va a actualizar la Xunta, siguió contemplando las comarcas y apostó por planes de desarrollo comarcal, pero renunció expresamente a dotarlas de personalidad jurídica para no duplicar funciones y costes. Fraga apostó, por el contrario, por crear fundaciones comarcales centradas en actividades de desarrollo rural.

Aquellas fundaciones comarcales comenzaron a ser desactivadas por la Xunta del PSdeG y el BNG y Feijóo culminó su supresión en 2012 argumentando que así se lograría un ahorro en 53 chiringuitos que para el Consello de Contas fue “residual”. Al mismo tiempo, los gerentes de esas fundaciones comarcales, parte de ellos cargos del PP, fueron recolocados en otros puestos.

Tras quedar así en 2012 las comarcas vacías de contenido, en 2016 Feijóo también las liquidaría sobre el mapa al impulsar la fusión de los ayuntamientos de Cerdedo y Cotobade, que previamente formaban parte de dos comarcas distintas, la de Tabeirós-Terra de Montes el primero y la de Pontevedra el segundo.

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Ahora la nueva ley local que tramita la Xunta deroga expresamente la ley comarcal de 1996. Opta al mismo tiempo por “reforzar el papel de las diputaciones provinciales” y “consolidar la existencia de otras entidades locales diferentes de los municipios y de las provincias, como son las mancomunidades de municipios, apostando claramente por estas figuras y fomentando el asociacionismo municipal con la finalidad de lograr una mejora en la calidad de la prestación de los servicios públicos”.

Nada dice la nueva norma respecto a las parroquias, el otro tipo de entidades locales “propias de Galicia”, según el Estatuto de Autonomía. La anterior ley local de 1997 se limitaba a reiterar la posibilidad de desarrollo contemplada en el Estatuto, pero aplazándola a un futuro indeterminado al señalar que “la organización, el funcionamiento y las competencias de la parroquia rural serán regulados, en su día, por una ley del Parlamento de Galicia”.

La nueva ley local no cita el concepto de parroquia en absoluto. Se limita a reiterar la legislación previa para las nueve entidades locales menores existentes en Galicia.

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