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IGUALDAD

María Salmerón ingresa en prisión tras el plazo dado por el juzgado

Imagen de María Salmerón, superviviente de violencia machista.

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La hija de María Salmerón, la mujer condenada a nueve meses de cárcel por desobediencia al incumplir el régimen de visitas de su hija con el padre de esta, condenado a su vez a cárcel por malos tratos, ha informado este jueves del ingreso de su madre en la cárcel esta misma jornada, pasando el segundo plazo de 15 días que había habilitado el Juzgado de lo Penal número seis para su ingreso voluntario en prisión para cumplir dicha pena, informa Europa Press.

En concreto, la hija de María Salmerón ha comunicado que este jueves ha sido "testigo" del "ingreso" de su madre en prisión, lo que ha constituido, según sus palabras, su "peor pesadilla".

"Estoy rota y llena de rabia e impotencia. Finalmente, esa persona que se propuso arruinarle la vida a mi madre hace más de 20 años y con la que comparto apellido ha conseguido separarnos. Me ha arrebatado al pilar de mi vida, a mi protectora, la mujer que me trajo al mundo y que desde ese día no ha parado de luchar por mi felicidad ni un solo instante", indica en un mensaje difundido a través de Whatsapp la hija de María Salmerón, avisando de que "los representantes del Gobierno y los jueces implicados lo han permitido".

Pide la dimisión de la ministra de Justicia

A tal efecto, reclama la dimisión de la ministra de Justicia, Pilar Llop, a la que considera "responsable" de la entrada de su madre en prisión y de "humillar" a ambas "en los medios de comunicación achacando la denegación del indulto a unos supuestos antecedentes" penales de desobediencia "sin especificar de qué, para ensuciar su imagen", toda vez que según ella tales antecedentes estarían ya prescritos.

Según la ministra de Justicia, el Gobierno no había concedido el nuevo indulto pedido por Salmerón ante su condena por el Juzgado de lo Penal número seis, porque ya no había "margen" para ello, pesando indultos previos a esta mujer por condenas anteriores.

Días atrás, la representación de Salmerón formulaba ante el Ministerio de Justicia un recurso de reposición, contra la decisión de dicho departamento de rechazar sus solicitudes de cancelación de antecedes penales, reclamando anular tales decisiones por "indefensión" y que fuesen cancelados sus antecedentes derivados de condenas emitidas por los juzgados de lo Penal números uno y 15 de Sevilla.

Además, la representación jurídica de esta mujer tenía depositados un recurso de queja ante la Audiencia contra la decisión del Juzgado de lo Penal número seis de dictar el segundo plazo de ingreso voluntario en prisión tras la denegación formal de su petición de nuevo indulto y un recurso de reforma ante dicho juzgado, solicitando en ambos casos la suspensión cautelar del plazo de ingreso en prisión.

El auto de enero

En concreto, en un auto de fecha 28 de enero de 2021, el juzgado daba cuenta de que ante la petición de la representación de María Salmerón de suspender la ejecución de su condena a nueve meses de prisión impuesta en junio de 2019 por esta instancia judicial, tanto la Fiscalía como la acusación particular se opusieron a dicha medida.

Al respecto, el juzgado razonaba que si bien María Salmerón "ha sido condenada en varias ocasiones", lo cierto es que "nunca ha entrado en prisión", ya sea por la concesión de indultos o por la prescripción de los hechos sancionados, con lo que esta condena del Juzgado de lo Penal número seis a nueve meses de cárcel por desobediencia y otra más del Juzgado de lo Penal número uno serían "las únicas" que pesan a todos los efectos sobre Salmerón.

Los otros indultos

Finalmente, el Juzgado de lo Penal número seis consideraba en este auto de enero de 2021 que "la concesión de otros indultos" a Salmerón, aunque el último fuese declarado nulo por el Tribunal Supremo, conducía a resolver que "lo más prudente" era entonces suspender la efectividad de la mencionada condena a nueve meses de cárcel hasta que fuese resuelta la solicitud de Salmerón respecto a un nuevo indulto, con su aceptación o "denegación".

Pero en una providencia posterior de fecha 29 de marzo de este año recogida por Europa Press, el Juzgado de lo Penal número seis indicaba que aquella petición de indulto fue formalizada el 9 de febrero de 2021, toda vez que "la última documentación" solicitada con relación al asunto se remonta al 26 de marzo de aquel año y la regulación estipula que "transcurrido el plazo de un año, debe entenderse desestimada la solicitud de indulto".

Es por eso que el juzgado requería ya a María Salmerón para "el ingreso en prisión a fin de cumplir la pena" impuesta, con un plazo de 15 días para ello desde la notificación de dicha decisión, pesando posteriormente la decisión del Gobierno central de denegar ya de manera expresa su petición de nuevo indulto.

Organizaciones feministas defienden que hay "razones jurídicas suficientes" para suspender la condena

Organizaciones feministas han existen "razones jurídicas suficientes para adoptar una medida como la suspensión de condena no de forma graciosa y arbitraria, sino amparadas en los requisitos legales exigidos para este tipo de supuestos".

En este sentido, denuncian su "malestar" por las "incidencias" que, a su juicio, se han producido en el procedimiento judicial por el que ha entrado finalmente en prisión. Asociación de Mujeres Juristas Themis, Fundación Mujeres, Federación de Mujeres Separadas y Divorciadas o Federación de Asociaciones de Mujeres Rurales (FADEMUR) ven sorprendente cómo el juzgado se ha negado a efectuar la suspensión de la pena de Salmerón, pero también a tramitar el escrito presentado solicitando la suspensión de la misma por cambio de circunstancias.

A su juicio, esto es lo que no ha dado posibilidad de recurrirlo y admitiendo el recurso el día que vencía el ingreso voluntario en prisión, sin suspender la misma.

Así, han explicado que "son hechos de 2014" y, desde entonces, María, según han señalado, "no ha vuelto a cometer delito alguno". Del mismo modo, señalan que "las penas impuestas por procedimientos anteriores se encuentran canceladas o prescritas", también "se ha pagado la responsabilidad civil" y que "la desobediencia se dio porque la menor de 14 años en ese momento se negaba a ir con su padre, condenado anteriormente por maltrato".

La organizaciones recuerda que, desde 2015 "no se la ha vuelto a obligar a la menor a cumplir un régimen de visitas" y "a fecha de hoy es mayor de edad, por lo que no se va a volver a cometer ese delito".

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"La ley actual ha cambiado e inicialmente se suspenden las visitas de los hijos con padres maltratadores", han apuntado además estas entidades.

"Una vez más hemos podido comprobar de primera mano cómo se ponen obstáculos formales a la tramitación de las peticiones que plantean las víctimas de la violencia de género en los juzgados, basándose en argumentos, en muchos casos, más que cuestionables desde una perspectiva estrictamente jurídica", han explicado estas entidades a través de un escrito, recogido por Europa Press.

En este documento, también han expresado su creencia sobre que "situaciones como ésta demuestran que no se está favoreciendo la aplicación de la Justicia cuando se trata de la protección a las víctimas de la violencia machista", algo que, a su juicio, "es el fin último que se debe perseguir por los tribunales de justicia".

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